Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 398757
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza el cambio de denominación del centro privado de formación profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears, con código de centro 07015914, y se asigna un código de centro a su sede de Eivissa
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Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 29 de julio de 2019, se autorizó la apertura y el funcionamiento de la Escola d'Hoteleria de les Illes Balears como centro privado de formación profesional con dos unidades de formación profesional de grado medio, de Cocina y Gastronomía y de Servicios en Restauración, y dos unidades de formación profesional de grado superior, de Dirección de Cocina y de Dirección en Servicios de Restauración (BOIB núm. 110, de 10 de agosto). Como consecuencia de esta autorización el centro quedó configurado de la siguiente manera:
Enseñanzas autorizadas:
Estudios de la familia profesional d'Hoteleria y Turismo
- Ciclos formativos de grado medio:
Cocina y Gastronomía (HOT 21): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Servicios en Restauración (HOT 22): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Ciclos formativos de grado superior:
Dirección de Cocina (HOT 34): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Dirección en Servicios de Restauración (HOT 35): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Adscripción administrativa: los estudios de los ciclos formativos de grado medio y grado superior quedan adscritos al Centro Integrado de Formación Profesional Juníper Serra (código: 07015872).
2. Posteriormente, la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 11 de septiembre de 2025, autorizó la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional (CPFP) Escola d'Hoteleria de les Illes Balears con la apertura y funcionamiento de una nueva sede en Eivissa (BOIB núm. 122, de 17 de septiembre).
3. La última Resolución del consejero de Educación y Universidades de 6 de mayo de 2026, autorizó la modificación de la configuración del centro privado de formación profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears, con la implantación de una doble titulación de grado superior de Dirección de cocina y Dirección en servicios de restauración en la sede de Eivissa, con efectos del inicio del curso escolar 2026-2027 (BOIB núm. 60, de 12 de mayo). Como consecuencia de esta modificación, la Seu d'Eivissa del centro privado de formación profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears quedó configurada de la siguiente manera:
Sede de Eivissa
Enseñanzas autorizadas:
Estudios de la familia profesional de Hotelería y Turismo (HOT)
Ciclos formativos de grado medio:
- Técnico en Cocina y gastronomía (HOT21): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares
- Técnico en Servicios de restauración (HOT22): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Ciclos formativos de grado superior:
- Técnico superior en Dirección de cocina (HOT34): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico superior en Dirección en servicios de restauración (HOT35): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico superior en gestión de alojamientos turísticos (HOT31): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Doble titulación de grado D: CFGS de Dirección de cocina (HOT34) y CFGS de Dirección en servicios de restauración (HOT35): 1 unidad
- Curso de Especialización en Panadería y bollería artesanales: 2 unidades y 30 plazas escolares.
Adscripción administrativa: los estudios de los ciclos formativos de grado medio y grado superior de la sede de Eivissa quedan adscritos al IES Sa Serra con código de centro 07014144.
4. En fecha 14 de mayo de 2026, la directora gerente de la Escola d'Hoteleria de les Illes Balears presentó un escrito mediante el cual solicitaba que cada una de las dos sedes tuviera un código de centro independiente, por motivos de gestión administrativa y de eficiencia. En concreto, solicitaba que la sede de Mallorca mantuviera el código de centro 07015914 y pasara a denominarse Escola d'Hoteleria de les Illes Balears Mallorca, y que se asignara un nuevo código de centro a la sede de Eivissa, con la denominación Escola d'Hoteleria de les Illes Balears Eivissa.
5. En fecha 25 de mayo de 2026, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización del cambio de denominación del centro privado de formación profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears, con código de centro 07015914, y la asignación de un código de centro en su sede de Eivissa.
6. En fecha 26 de mayo de 2026, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso la autorización del cambio de denominación del centro privado de formación profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears, con código de centro 07015914, y la asignación de un código de centro en su sede de Eivissa.
Fundamentos de derecho
1. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo, y suplemento en catalán núm. 9, de 16 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
2. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
3. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
5. Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102 de creación de centros, que la creación, la supresión y la transformación de centros privados deben someterse a la autorización administrativa correspondiente (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
6. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, (BOE núm. 62, de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España, y el Real Decreto 321/1994, de 25 de febrero, de autorización a centros docentes privados para impartir enseñanzas artísticas, para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
7. El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE núm. 174, de 22 de julio), por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional.
8. El Decreto 39/2025, de 1 de agosto, de ordenación de la formación profesional en las Illes Balears (BOIB núm. 104, de 5 de agosto).
9. El Real Decreto 687/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Superior en Dirección de Cocina y se fijan las enseñanzas mínimas (BOE nº 143, de 12 de junio).
10. La Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de técnico superior en dirección de cocina (BOE núm. 272, de 10 de noviembre).
11. El Real Decreto 688/2010, de 20 de mayo, por el que se establece el título de técnico superior en dirección de servicios de restauración y se fijan las enseñanzas mínimas (BOE núm. 143 , de 12 de junio).
12. El Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo (BOE núm. 129 de 28 de mayo), por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas.
13. La Orden EDU/2884/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico superior en Dirección de servicios en restauración (BOE núm. 272, de 10 de noviembre).
14. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91, de 14 de julio).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas, en fecha 26 de mayo de 2026, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar el cambio de denominación específica del centro privado de formación profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears, con código de centro 07015914, que pasa a denominarse Escola d'Hoteleria de les Illes Balears Mallorca.
2. Asignar a la sede de Eivissa del centro privado de formación profesional Escola d'Hoteleria de les Illes Balears el código de centro 07017108, con la denominación específica Escola d'Hoteleria de les Illes Balears Eivissa.
3. Determinar que, como consecuencia de esta modificación, los centros quedan configurados de la siguiente manera:
CPFP Escola d'Hoteleria de les Illes Balears Mallorca
Código de centro: 07015914
Denominación genérica: centro privado de formación profesional
Denominación específica: Escola d'Hoteleria de les Illes Balears Mallorca
Titular: Consorcio Escola d'Hoteleria de las Illes Balears (CIF Q5755013I)
Domicilio: ctra. de Valldemossa, km 7,5, edificio Arxiduc Lluís Salvador (campus universitario de la UIB)
Localidad: Palma
Municipio: Palma
Isla: Mallorca
CP:07122
Enseñanzas autorizadas:
Estudios de la familia profesional d'Hoteleria y Turismo (HOT)
- Ciclos formativos de grado medio:
- Técnico en Cocina y gastronomía (HOT21): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares
-Técnico en Servicios de restauración (HOT22): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Ciclos formativos de grado superior:
-Técnico superior en Dirección de cocina (HOT34): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
-Técnico superior en Dirección en servicios de restauración (HOT35): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
-Técnico superior en gestión de alojamientos turísticos (HOT31): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
Adscripción administrativa: los estudios de los ciclos formativos de grado medio y grado superior de la sede de Mallorca, quedan adscritos al Centro Integrado de Formación Profesional Juníper Serra (código 07015872).
CPFP Escola d'Hoteleria de les Illes Balears Eivissa
Código de centro: 07017108
Denominación genérica: centro privado de formación profesional
Denominación específica: Escola d'Hoteleria de les Illes Balears Eivissa
Titular: Consorcio Escola d'Hoteleria de las Illes Balears (CIF Q5755013I)
Domicilio: Pabellón 402, Parque de Servicios Insulares de Eivissa, km 3,5 de la ctra. C-731 (Antiguo cuartel de Sa Coma)
Localidad: Sant Antoni de Portmany
Municipio: Sant Antoni de Portmany
Isla: Eivissa
CP:07800
Enseñanzas autorizadas:
Estudios de la familia profesional de Hostelería y Turismo (HOT)
- Ciclos formativos de grado medio:
- Técnico en Cocina y gastronomía (HOT21): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares
- Técnico en Servicios de restauración (HOT22): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Ciclos formativos de grado superior:
- Técnico superior en Dirección de cocina (HOT34): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico superior en Dirección en servicios de restauración (HOT35): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Técnico superior en gestión de alojamientos turísticos (HOT31): 1 unidad (2 grupos) y 30 plazas escolares por grupo
- Doble titulación de grado D: CFGS de Dirección de cocina (HOT34) y CFGS de Dirección en servicios de restauración (HOT35): 1 unidad
- Curso de Especialización en Panadería y bollería artesanales: 2 unidades y 30 plazas escolares.
Adscripción administrativa: los estudios de los ciclos formativos de grado medio y grado superior de la sede de Eivissa quedan adscritos al IES Sa Serra con código de centro 07014144.
4. Inscribir esta autorización en el Registro estatal de centros docentes no universitarios del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (RCD) y en el Registro autonómico de la de la Consejería de Educación y Universidades.
5. Comunicar a los centros mencionados que quedan obligados a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. En caso contrario, se revocará la autorización otorgada.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (29 de mayo de 2026)
El consejero de Educación y Universidades
Antoni Vera Alemany