Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Núm. 394728
Resolución de la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio de nombramiento de los jurados de los Premios Krekoart 2026
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La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva del Departamento de Cultura y Patrimonio ha dictado, el 25 de febrero de 2025, la resolución que transcribo literalmente a continuación:
¨Antecedentes
1. En fecha 25 de febrero de 2026, la vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio dictó la Resolución de aprobación de la convocatoria de los Premios Krekoart (BOIB nº. 60, de 12 de mayo).
2. El artículo 9 de las bases reguladoras de la convocatoria de los Premios Krekoart 2026 dispone que el jurado estará formado por cinco miembros de reconocido prestigio dentro del ámbito de las artes plásticas designados por la consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio del Consejo de Mallorca, quien tiene que nombrar a uno para presidirlo. Además, también tiene que nombrar a una persona del Departamento de Cultura y Patrimonio para que actúe de secretario, con voz y sin voto. La composición del jurado se tiene que publicar en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Por todo eso, dicto la siguiente
Resolución
1. Nombrar como jurados de los Premios Krekoart 2026 a las siguientes personas:
- Sra. Magdalena Aguiló Victory, comisaria y gestora cultural que actuará como representante de la Asociación de Críticos y Comisarios de Arte de las Islas Baleares.
- Sra. Maria Gràcia Salvà Picó, Directora del Museo de Mallorca.
- Sra. Bel Fullana Riera, artista visual.
- Sr. Jordi Pallarès Olivé, investigador y curador que actuará como representante de Mesa Asociación de Educadoras Culturales de Mallorca.
- Sr. Climent Romaguera Rubí, Jefe de Unidad de la sección de Museos del Departamento de Cultura del Consejo de Mallorca, que ejercerá de presidente del jurado.
Todo ello sin perjuicio del cumplimiento de la normativa relativa a las causas de abstención y recusación de los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
2. Nombrar como secretario del jurado, con voz y sin voto, a Caterina Gelabert Perelló, técnica de grado medio del Departamento de Cultura y Patrimonio.
3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada, dentro del plazo de un mes, ante esta consejera ejecutiva o ante el Consejo Ejecutivo, que es el órgano competente para resolverlo, a contar a partir del día siguiente de su publicación.
Contra la desestimación expresa del recurso de alzada, podéis interponer un recurso contencioso administrativo ante la sección Contenciosa Administrativa del Tribunal de Instancia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la desestimación de dicho recurso.
Una vez transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habiéndose recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la sección Contenciosa Administrativa del Tribunal de Instancia, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, se puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que se considere oportuno; todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.¨
(Firmado electrónicamente: 27 de mayo de 2026
La vicepresidenta primera y consejera ejecutiva de Cultura y Patrimonio Antònia Roca Bellinfante)