Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 386683
Bases de la convocatoria de los remis Pollença de Literatura 2026
Versión PDF
Base datos nacional de subvenciones núm. 907594
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/907594)
Artículo 1. Objeto
El objeto de los Premis Pollença de Literatura es impulsar y promover la creación literaria en lengua catalana.
Artículo 2. Dotación económica y modalidades
1. Los Premis Pollença de Literatura, convocados por el Àrea de Normalització Lingüística del Ajuntament de Pollença, tienen una dotación de 10.000 € distribuida en las siguientes modalidades:
Premi Pollença de Narrativa (decimoséptima edición): 6.500 €, de los cuales 2.000 € se entregarán al ganador/a en concepto de adelanto de derechos de autor, y los otros 4.500 € le serán entregados propiamente como premio.
Premi Pollença de Poesia (decimosexta edición): 3.500 €, de los cuales 1.000 € se entregarán al ganador/a en concepto de adelanto de derechos de autor, y los otros 2.500 € le serán entregados propiamente como premio.
Todos los premios serán objeto de la retención fiscal que corresponda y estarán sujetos a la normativa legal vigente.
La concesión de los premios queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto al que deban ser imputados en el momento de la resolución de la concesión.
Artículo 3. Destinatarios
Los Premis Pollença de Literatura están abiertos a cualquier persona física que quiera participar.
Artículo 4. Condiciones
Las obras que se presenten deberán estar escritas correctamente en catalán y ser originales e inéditas. No podrán optar a los Premis Pollença de Literatura las obras que hayan sido galardonadas anteriormente o que lo resulten durante todo el año 2026.
Las obras que concurran al premio de narrativa deberán tener una extensión mínima de 150 páginas, en fuente Arial y cuerpo 12, a espacio y medio (1,5).
Las obras que concurran al premio de poesía deberán tener un mínimo de 300 versos.
Una vez presentada al premio, ninguna obra podrá ser retirada por su autor o autora para realizar correcciones ni para ampliar el texto. No obstante, el autor/a podrá decidir retirar su obra de la convocatoria siempre que lo haga antes del 30 de octubre de 2026.
Artículo 5. Envío
Las obras deberán enviarse en formato PDF a la dirección electrónica serveiling@ajpollenca.net
Además, deberá rellenarse la solicitud específica que encontraréis adjunta a estas bases como anexo y presentarla en el Registro General del Ajuntament de Pollença.
Para mantener el anonimato de la autoría, el nombre del autor o autora, o cualquier signo que lo identifique, no podrá constar en el PDF de la obra. Este archivo PDF, que deberá ir encabezado por el título de la obra y el pseudónimo del autor o autora, es el único documento al que tiene acceso el jurado, que en ningún momento podrá acceder a los datos del formulario de inscripción.
Recibiréis un correo de respuesta como confirmación de la recepción de la obra. Si no tenéis esta confirmación, el trabajo no constará como recibido.
Artículo 6. Plazo
El plazo para presentar las obras comienza al día siguiente de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears y finaliza el 7 de agosto de 2026 a las 23.59 horas.
Artículo 7. Jurado
La concejalía delegada de Normalització Lingüística del Ajuntament de Pollença es la encargada de designar a los miembros del jurado, que en esta edición son:
Narrativa
Lucia Pietrelli
Silvana Vogt
Paco Esteve i Beneito
Poesía
Joan Manuel Homar
Jaume Mesquida
Teresa Pascual
Actuará como secretaria Catalina Quetglas Barceló, asesora lingüística del Ajuntament de Pollença, con voz y sin voto.
Cada jurado se reunirá, de manera presencial o telemática, para valorar las obras las veces que considere necesarias, siempre antes del 31 de octubre del año en curso.
Los premios son indivisibles y se otorgarán a la obra que obtenga el mayor número de votos del jurado. No obstante, si el jurado decide por mayoría de votos que ninguna de las obras presentadas alcanza la calidad mínima para ser galardonada, el premio quedará desierto.
Cuando el jurado tenga el nombre de la obra ganadora, deberá notificarlo a la secretaria de los Premis, que deberá extender el acta de la reunión, la cual tendrá todos los efectos administrativos tanto en lo relativo al pago del premio como en lo relativo a los honorarios de los miembros de los jurados. El importe de cada premio se abonará en un único ingreso en una cuenta bancaria a nombre de la persona ganadora.
Los miembros de los jurados están obligados a relacionarse electrónicamente con el Ajuntament de Pollença para tramitar el pago de los honorarios correspondientes.
Artículo 8. Veredictos
Los veredictos, que serán inapelables, permanecerán secretos hasta la fecha de entrega del premio, para la cual se organizará un acto institucional durante el mes de noviembre del año en curso, momento en que se revelará el nombre de las obras y autores ganadores en cada una de las dos categorías.
Después del veredicto, los miembros del jurado se comprometen a destruir los archivos, así como las impresiones que hayan podido realizar. Asimismo, se destruirán los archivos recibidos.
Artículo 9. Resolución y notificación
Con el veredicto del jurado y en base a la propuesta realizada por la concejala delegada de Normalització Lingüística, la Junta de Gobierno Local acordará definitivamente los premios. Con carácter previo a la adopción del acuerdo, los candidatos propuestos deberán acreditar estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Este acuerdo pone fin a la vía administrativa y podrá interponerse recurso de reposición, con carácter previo y potestativo, ante el propio órgano que lo haya dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o alternativamente en el plazo de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en la forma establecida en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
No obstante lo anterior, podrá interponerse, en su caso, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 45.1 b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se notificará la concesión del premio mediante su publicación en la web del Ajuntament de Pollença.
Artículo 10. Incompatibilidades
El hecho de que las personas ganadoras no recojan el premio el día del acto de entrega, no colaboren con la editorial encargada de editar la obra o no participen en los actos de promoción de la obra que se organicen durante el año posterior a la entrega del premio (excepto por causas de fuerza mayor) provocará la revocación de la concesión y, consecuentemente, el reintegro total o parcial de las cantidades recibidas.
Del mismo modo, el acuerdo de concesión podrá modificarse en los casos en que se alteren las condiciones o se obtengan ayudas concurrentes.
Artículo 11. Edición y publicación de las obras ganadoras
La participación en este certamen implica la cesión a favor del Ajuntament de Pollença, de forma exclusiva, de los derechos de explotación de las obras premiadas, así como los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, en cualquier soporte y formato, para todo el mundo y durante el plazo máximo permitido por la legislación vigente, así como la promoción de la edición propia o a través de terceros de las obras premiadas.
La institución se compromete a hacer constar la autoría de la obra en cualquier uso que haga de ella.
Las obras no premiadas no quedarán sujetas a esta cesión y sus derechos permanecerán en poder de las personas autoras.
Artículo 12. Publicidad
La convocatoria derivada de las presentes bases se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se publicará un extracto en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Los sucesivos anuncios relativos a estos premios se publicarán en la web municipal y, en su caso, en el tablón de anuncios del Ajuntament de Pollença.
Artículo 13. Norma final
La solicitud de participación en esta convocatoria implica el pleno conocimiento y aceptación de estas bases en su totalidad, el cumplimiento de los requisitos de participación exigidos, asumir la deliberación del jurado y, en su caso, la interpretación que haga el jurado de estas bases. En caso de duda sobre el contenido de esta convocatoria, el Ajuntament de Pollença se reserva el derecho de interpretación.
Pollença, fecha de firma electrónica (26 de mayo de 2026
El alcalde Martí X. March Cerdà)