Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 388202
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 25 de mayo de 2026 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024
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Hechos
1. Mediante un acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de abril (BOIB n.º 52, de 20 de abril), fue aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026.
2. El Servicio de Ocupación de las Illes Balears (Consejería de Trabajo, Función Pública y Dialogo Social) ha instado la modificación del anexo del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente del punto 6 («Oportunidad de ocupación»), ambos del objetivo II («Ocupación estable y de calidad») en el sentido de modificar la línea II.6.4, relativa a las ayudas para financiar los costes laborales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, con la finalidad de posibilitar la convocatoria el año 2026 y ampliar la tipología de posibles personas contratantes, de manera que, además de que puedan ser contratados por autónomos, lo puedan ser por otros empresarios personas jurídicas. Así mismo, se aprovecha la modificación para reflejar el incremento del crédito destinado a esta línea.
3. El apartado tercero del mencionado acuerdo de Consejo de Gobierno establece que las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegarán en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.
4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delegará en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
2. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024, en el sentido de modificar la línea II.6.4, que queda redactada en los siguientes términos:
II.6.4
Entidad: Servicio de Ocupación de las Illes Balears
Fuente de financiación: capítulo 4 FF 021
Descripción: ayudas para financiar los costes laborales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, que se deriven de la contratación de personas cualificadas desempleadas, inscritas como demandantes de empleo en el SOIB, que sean contratadas por trabajadores autónomos y por otros empresarios personas jurídicas
Finalidades y efectos: proporcionar a personas cualificadas una ocupación adecuada a su formación en el sector privado, que les otorgue experiencia profesional, de manera que resulte una oportunidad de volver al mercado laboral o de reconocimiento de su experiencia laboral; fomentar la igualdad de oportunidades para mejorar la empleabilidad de las personas demandantes de empleo
Convocatoria: anual
Coste: 3.000.000 €
Indicadores: número de beneficiarios y número de personas contratadas
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (25 de mayo de 2026)
La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/2023)