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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA

Núm. 388058
Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función Pública por la cual se aprueba la constitución de la bolsa de trabajo de personal laboral temporal derivada del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos de la categoría de peón especialista forestal del grupo AP (Oferta de empleo público extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019)

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Texto

Antecedentes

1. Fecha 29 de noviembre de 2022 el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública resolvió aprobar la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal laboral fijo de las categorías (o especialidades) de los subgrupos C1, C2 y grupo E/AP derivada de la oferta de empleo público extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019 (BOIB nº. 157, de 3 de diciembre). 

De acuerdo con el Anexo I de esta Resolución se convocaron dos (2) plazas de la categoría de peón especialista forestal.

2. En fecha 18 de diciembre de 2024, el Tribunal Calificador acordó aprobar, entre otras las listas definitivas de méritos con resolución de empates del proceso selectivo de estabilización por el sistema de concurso excepcional para el ingreso como personal laboral fijo del grupo AP, categoría/especialidad peón especialista forestal del Consejo Insular de Mallorca y el ofrecimiento de puestos del Consejo Insular de Mallorca.

3. En fecha 9 de mayo de 2025 el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública dictó la resolución de declaración de la suspensión del plazo de acreditación de los documentos originales correspondientes a los requisitos, del nombramiento y de la contratación laboral fijo del Sr. I.A.M., con DNI ***6542**, como personal laboral fijo, categoría/especialidad peón forestal del Consejo Insular de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio hasta que no cesaran los motivos de fuerza mayor que motivaron la petición de suspensión.

4. En fecha 18 de junio de 2025, el consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública dictó la resolución de aprobación del Acuerdo del Tribunal Calificador de día 14 de mayo de 2025, de la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso para el ingreso como personal laboral temporal, grupo AP, categoría/especialidad de peón especialista forestal del Consejo Insular de Mallorca, de nombramiento como personal laboral fijo y de la adjudicación de puestos de trabajo (BOIB nº. 80 de 24 de junio de 2025).

5. En fecha 20 de mayo de 2026, el Tribunal Calificador ha acordado enviar la lista integra de personas aspirantes para formar parte de la bolsa de trabajo para nombrar personal laboral temporal derivada del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso del grupo AP, de la categoría/especialidad peón especialista forestal (Oferta de empleo público extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019).

En este acuerdo únicamente constan las personas que no fueron nombradas personal laboral fijo del grupo AP, categoría/especialidad peón especialista forestal del Consejo Insular de Mallorca.

Fundamentos de derecho 

1. Los artículos 8 y 11 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.

2. Los artículos 13 y 18 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

3. El Decreto 6/2022, de 13 de junio, de nuevas medidas urgentes para reducir la temporalidad en el empleo público de las Illes Balears dispone en el artículo 24.2 que “Las convocatorias de estabilización, por el sistema de concurso de méritos, tienen que prever que las personas que no superen el proceso selectivo, y que no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso oposición, por no haber plazas del mismo cuerpo, escala, subescala, clase, especialidad o categoría profesional, convocadas por el sistema de concurso oposición, se tienen que incluir en bolsas de personal funcionario interino o de personal laboral temporal, específicas y preferentes en las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes en cada una de las administraciones. En estas bolsas se tienen que integrar los candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos”.

4. La Resolución del consejero ejecutivo de Hacienda y Función Pública por la cual se aprueba la convocatoria del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos para cubrir las plazas de personal laboral fijo de las categorías (o especialidades) de los subgrupos C1, C2 y grupo E/AP derivada de la oferta de empleo públio  extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019.

En la base 10 de la convocatoria se dispone que “Las personas que no superen el proceso selectivo de las categorías -o especialidades- convocadas y que no tengan la posibilidad de participar en el proceso de estabilización por el sistema de concurso oposición, por no haber plazas de la misma categoría-o especialidad-, se incluirán en bolsas de personal laboral temporal, específicas y preferentes en las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes.

En estas bolsas se tienen que integrar las personas candidatas que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos(...).

El tribunal revisará y baremará los méritos declarados según el procedimiento establecido, y conformará una lista por orden de puntuación(...).

Una vez comprobados los méritos de todas las personas aspirantes que hayan obtenido la puntuación mínima de 10 puntos, se tiene que constituir las bolsas de personal laboral temporal de cada categoria -o especialidad- correspondiente, derivadas de esta convocatoria y que quedarán formadas según el mayor número de puntuación obtenida.”

5. Según el Acuerdo del Consejo Ejecutivo de día 28 de septiembre de 2022, por el cual se acuerda la delegación de determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública, en materia de personal (BOIB nº 128, de 1 de octubre de 2022), se delega en el consejero ejecutivo o consejera ejecutiva de Hacienda y Función Pública todas las atribuciones en materia de personal, excepto la aprobación de la relación de puestos de trabajo, la sanción de separación del servicio de los funcionarios y el despido del personal laboral y la aprobación del número y régimen del personal eventual.

Por todo eso, dicta la siguiente 

RESOLUCIÓN

1. Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo de personal laboral temporal, derivada del proceso selectivo de estabilización por el sistema excepcional de concurso de méritos del grupo AP, de la categoría/especialidad peón especialista forestal derivada de la oferta de empleo público extraordinaria del Consejo de Mallorca y de la Agencia de Defensa del Territorio para el año 2022 y acumuladas de 2017 y de 2019 con la lista íntegra de las personas aspirantes que figuran ordenadas por orden de prelación de mayor a menor puntuación obtenida en el Anexo I de esta resolución.

2. Establecer que esta bolsa de trabajo es preferente en las bolsas ordinarias y/o extraordinarias vigentes, entrará en vigor al día siguiente de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears y tendrá una vigencia limitada hasta la creación de nuevas bolsas derivadas del resultado de nuevos procesos selectivos de estas especialidades o categorías.

3. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el tablón de anuncios electrónico del Consejo de Mallorca y en el portal de selección del Consejo de Mallorca.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente de recibir esta notificación. El recurso se puede interponer ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la Sección contenciosa administrativa del Tribunal de Instancia de Palma, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada. 

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la Sección contenciosa administrativa del Tribunal de Instancia de Palma, en el plazo de seis meses, contadores a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

No obstante el anterior, puede interponer, si procede, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (26 de mayo de 2026)

El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda, Innovación y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según Acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans

​​​​​​​​​​​

ANEXO I LISTA ÍNTEGRA DE LA BOLSA DE TRABAJO DE PERSONAL LABORAL TEMPORAL DERIVADA DEL PROCESO SELECTIVO DE ESTABILIZACIÓN POR EL SISTEMA EXCEPCIONAL DE CONCURSO DE MÉRITOS DEL SUBGRUPO AP, DE LA CATEGORÍA/ESPECIALIDAD PEÓN ESPECIALISTA FORESTAL DERIVADA DE LA OFERTA PÚBLICA EXTRAORDINARIA DEL CONSEJO DE MALLORCA Y DE LA AGENCIA DE DEFENSA DEL TERRITORIO PARA EL AÑO 2022 Y ACUMULADAS DEL 2017 Y DE 2019 

ORDRE DE PRELACIÓN

APELLIDOS

NOMBRE

DNI

PUNTUACIÓN DEFINITIVA

1

FORTEZA ORTEGA

GENOVEVA JERONIMA

***9271**

61,2000

2

MORA COLL

BARTOLOMÉ

***1838**

47,7000

3

MIRALLES TAULER

ALEXANDRA

***4396**

47,3000

4

MIR CAPÓ

JOAN

***1693**

45,1000

5

PUJADAS NUÑEZ

ANTONIO

***7613**

43,8000

6

BARCELÓ RIUTORT

JAUME

***2695**

40,2000

7

SERRA RIPOLL

SEBASTIAN

***9864**

39,8000

8

ADROVER FULLANA

ANDREU

***4131**

38,5000

9

AMER ALBA

PEDRO

***9417**

38,4000

10

RODRIGUEZ SERVERA

GEMMA

***7458**

37,9000

11

MARTINEZ FUENTES

JULIO FRANCISCO

***0616**

35,4000

12

PALMER CASTELL

GABRIEL

***5937**

30,2000

13

PERALES CAPÓ

BARTOMEU

***9792**

28,7000

14

SCHIMPF

ANDREA

***4924**

28,4000

15

RODRIGUEZ MORENO

LUIS

***5008**

26,2666

16

MATAMALAS PONT

IRAN

***5761**

19,0000

17

CARRETERO PIZÁ

PEDRO

***9621**

17,0000 (*)

18

GARROFE MARIMÓN

ALBERT

***3457**

17,0000 (*)

19

FERRER NICOLAUI

ANTONI

***7281**

15,0000

20

RIPOLL MARTORELL

ANTONI

***2838**

10,0000