Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE BINISSALEM
Núm. 372471
Delegación de atribuciones del Pleno
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En el pleno de fecha 17/03/2026 se aprobó en el punto “Aprobación expediente contratación y el gasto del suministro por renting, de la renovación del césped artificial del campo de fútbol municipal. Expediente 326/2026”, la siguiente delegación:
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QUINTO. - Delegar por razones de eficacia, en favor del Alcalde, en virtud del establecido en el Artículo 22.4 de la Ley 7/1985 de 2 de Abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el ejercicio de las competencias específicas en materia de contratación respecto del ámbito del presente contrato. La delegación en el ámbito de contratación compran todas aquellas competencias que la normativa básica sobre contratación pública otorga al órgano de contratación que, a título enunciativo, son: adjudicación y formalización del contrato; la renuncia a la celebración del contrato o la dejación en el procedimiento de adjudicación; la adopción de acuerdos relativos a la modificación, interpretación, prórroga, suspensión de los contratos; la revisión de precios si procede; la resolución del contrato y las resoluciones relativas a la exigencia de responsabilidad contractual por incumplimiento del contratista y la imposición de penalidades; las autorizaciones de cesión del contrato y subcontratación en su caso; la declaración de lesividad de los actos anulables y la revisión de oficio de los actos nulos, salvo la determinación de la indemnización atendido su carácter indelegable(artículo 41 de la Ley de contratos del sector público). Y en general todas aquellas competencias que la normativa básica sobre contratación pública atribuye al órgano de contratación con carácter delegable y no hayan estados atribuidos a otros órganos.”
“...”
Lo que se hace público por general conocimiento.
Binissalem, a la fecha de la firma electrónica (20 de mayo de 2026
El alcalde Juan Victor Martí Vallés)