Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 371484
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se aprueba el expediente de anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears de la prórroga tácita del contrato de arrendamiento de los locales situados en la calle de Abad y Lasierra, núm. 47, bajos derecha e izquierda, y de la plaza de aparcamiento núm. 28 situada en la calle de Vicente Serra Orvay, núm. 22, de Eivissa (PRO02 2026/9509)
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Hechos
1. El 15 de junio de 2004, se firmó un contracto de alquiler de dos locales situados en la calle de Abad i Lasierra, núm. 47 bajos (derecha e izquierda), de Ibiza, entre la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la señora Maria del Carmen Castelló Viñas, titular de los locales, por un plazo de dos años, des de 1 de juny de 2004 hasta el 31 de mayo de 2006, destinados al servicio del Punto de Atención a la Ciudadania y al Servicio de Valoración de la Discapacidad y Dependencia.
La clàusula tercera de este contracto estipula que: «Una vez transcurrido el plazo inicial de este contrato, ambas partes pueden dar por finalizado el arrendamiento o prorrogarlo por igual período, siempre que ambas partes esten de acuerdo al menos con un mes de antelación».
El contracto se prorrogó de forma expresa por dos años más, hasta el 31 de mayo de 2008 con las mismas condiciones.
2. El 31 de mayo de 2008, se formalizó la segunda prórroga, que incluyó en la cláusula segunda una modificación del contracto de arrendamiento: el arrendamiento de la plaza de aparcamiento núm. 28 situada en la calle de Vicente Serra Orvay, núm. 22, de Ibiza, de la que también es titular la señora María del Carmen Castelló Viñas.
3. El 1 de junio de 2010, se firmó la tercera prórroga expresa y en la cláusula primera se incluyó la modificación de la cláusula tercera del contracto de arrendamiento, consistente en establecer la prórroga tácita, que producirá efectos «si no hay un preaviso en sentido contrario comunicado por cualquiera de las dos partes (...) con tres meses de antelación al vencimiento».
4. Dado que las necesidades de espacio han continuado a lo largo del tiempo, su ubicación, la adecuación funcional del local y que ninguna de las dos partes firmantes del contracto ha comunicado la voluntad de no prorrogarlo, se han ido realizando sucesivas renovaciones bienales, la última de las cuales se concertó por el período comprendido entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de mayo de 2026 (PRO02 2024/5453 i SP 58/2024).
5. Los locales constan inscritos en el Registro de la Propietad núm. 1 de Ibiza, en el tomo 1481, libro 102, fincas núm. 9244 i 9245, con las referencias catastrales 3683103CD6038S0008EQ y 3683103CD6038S0009RW.
La plaza de aparcamiento consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 1 de Ibiza, en el tomo 1484, libro 103, finca núm. 9275, con la referencia catastral 3683103CD6038S0037MZ.
6. El número de activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears es el 100000001815-0.
7. El 22 de abril de 2026 tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio (VALIB núm. identificador 474961), un oficio de la secretaria general de la Conselleria de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, con documentación adjunta, para la tramitación de la prórroga del arrendamiento de los locales situados en la calle de Abad i Lasierra, núm. 47, bajos derecha e izquierda, y de la plaza de aparcamiento situada en la calle de Vicente Serra Orvay, núm. 22, de Ibiza, por el período comprendido entre el 1 de junio de 2026 i el 31 de mayo de 2028.
8. La documentación adjunta con la solicitud es la siguiente:
Informe de adecuación del precio de mercado de arrendamiento emitido por el Servicio de Arquitectura de Patrimonio, de 30 de marzo de 2026.
Informe justificativo de la jefa del departamento de Asuntos Generales de la Conselleria de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, de 13 de abril de 2026, con el visto bueno de la secretaria general, sobre la necesidad de prorrogar el contrato de arrendamiento.
Resolución de la consejera de Famílias, Bienestar Social i Atención a la Dependencia, de 14 de abril de 2026, firmada por la secretaria general por delegación, por ello se insta al consejero de Economia, Hacienda e Innovación a iniciar el expediente de contratación de la prórroga.
Conformidad con la prórroga y con la renta mensual por parte del arrendador, de fecha 16 de abril de 2026.
Resolución del consejero de Economia, Hacienda e Innovación, de 16 de abril de 2026, firmada por la secretaria general de la Consejería de Famílias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia por delegación, de autoritzación de imputación del gasto a ejercicios futuros del expediente de prórroga.
Propuesta de resolución de la secretaría general de la Consejería de Famílias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, de 21 de abril de 2026, de autorización y disposición del gasto. El gasto total previsto es de 76.077,36 € (IVA incluido), con cargo a la partida presupuestaria 17101 G/313K01/20200/00 y distribuido en tres anualidades: una de 22.189,23€ para el año 2026, otro de 38.038,68€ para el año 2027 y otro de 15.849,45€ para el año 2028.
Copia del contracto inicial de arrendamiento.
Certificado de eficiencia energética de los locales.
Resolución de la secretaría general de la Consejería de Famílias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, de 6 de noviembre de 2025, por la cual se aprueba el expediente de actualización de la renta y se autoriza y dispone el incremento del gasto de la renta del contracto de arrendamiento de los locales situados en la calle de Abad y Lasierra (incremento de la renta por IPC 2025).
9. La renta mensual que se abona es de 2.672,14 €, IVA excluído, más 497,75 € de IVA al 21%, lo que supone una renta total de 3.169,89 € al mes. El importe total de la prórroga asciende a 76.077,36 €, IVA incluído con cargo a la partida presupuestaria 17101 G/313K01/20200/00 (o equivalente) y distribuida en tres anualidades: una de 22.189,23€ para el año 2026, otra de 38.038,68€ para el año 2027 y otra de 15.849,45€ para el año 2028.
La cláusula sexta del contracto prevé que la renta se revisará anualmente de acuerdo con el índice de precios al consumo que determina anualmente el Instituto Nacional de Estadística (INE). Estas variaciones deberán aplicarse siempre sobre la renta actualitzada del ejercicio anterior y, para su aplicación, bastará con la notificación fehaciente de la certificación del INE en la que conste la variación del índice de precios al consumo de los últimos doce meses transcurridos. La primera revisión de la renta mensual tuvo lugar el 1 de junio de 2005.
La última actualización del incremento de la renta se llevó a cabo mediante una resolución de la secretaría general de la Consejería de Famílias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, de 6 de noviembre de 2025 (expediente RVAJU 2025/24942), en la que se fijó el importe actual de 3.169,89 €, de acuerdo con la variación del IPC de ámbito nacional en el período comprendido entre mayo de 2024 y mayo de 2025, que fue del 2%.
La próxima revisión de la renta, si la propietaria la solicitase, se haría de acuerdo con la variación del IPC de ámbito nacional en el período comprendido entre mayo de 2025 y mayo de 2026 con efectos de 1 de junio de 2026.
10. El 29 de de abril de 2026, la directora general del Tesoro, Política Financera y Patrimonio, firmó la resolución de inicio del expediente.
11. El 4 de mayo de 2026, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.
12. El 8 de mayo de 2026 la Intervenció General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears emitió un informe favorable de fiscalización previa limitada.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos y sus modificaciones posteriores.
2. El contracto de arrendamiento de 15 de junio de 2004 y las novaciones de 31 de mayo de 2008 y de 1 de junio de 2010.
3. El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril)
4. Los artículos 131 y siguientes del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005).
5. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 8/2025, d'11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 89, de 12 de julio de 2025).
6. El Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el que se dispone el nombramiento de altos cargos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 103/2023, de 22 de julio).
7. El Decreto 7/2025, d'11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 89/2025, de 12 de julio).
8. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen les competencias y la estructura orgánica básica de les consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91/2025, de 14 de julio).
Por todo ello, dicto lo siguiente
Resolución
1. Anotar en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la prórroga tácita del contracto de arrendamiento de los locales situados en la calle Abad y Lasierra, núm. 47, bajos derecha e izquierda, y de la plaza de aparcamiento núm. 28 situada al carrer de Vicente Serra Orvay, núm. 22, de Eivissa por el período comprendido entre el 1 de junio de 2026 y el 31 de mayo de 2028, con una renta mensual de 2.672,14 €, IVA excluido, más 497,75 € de IVA (21%), lo que hace una renta total de 3.169,89 € al mes.
2. El gasto total del expediente de prórroga es de 76.077,36 €, IVA incluido, con cargo a la partida presupuestaria 17101 G/313K01/20200/00 (o equivalente) y distribuido en tres anualidades: una de 22.189,23€ para el año 2026, otra de 38.038,68€ para el año 2027 y otra de 15.849,45€ para el año 2028.
3. Notificar esta resolución a la Conselleria de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, sin perjuicio de que deba de tramitarse el correspondiente procedimento económico-financiero.
4. Publicar aquesta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la via administrativa, puede interponerse un recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
(Fecha de firma electrónica 11 de mayo de 2026)
La directora general del Tresoro, Política Financiera y Patrimonio Susana Fátima Pérez Sánchez