Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN BALEAR DE INNOVACIÓN Y TECNOLOGIA (FUNDACIÓN BIT)
Núm. 371009
Resolución del vicepresidente del Patronato de la Fundación Balear d’Innovació i Tecnologia por la cual se da por finalizado el proceso selectivo correspondiente a la oferta pública ordinaria de 2023 para la contratación, con carácter indefinido y a tiempo completo, por el turno libre, de uno/a operador/a ordenador para prestar servicios en el área TIC Innovación (referencia OPODTLL02-25)
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Antecedentes
1. Mediante resolución de la Gerencia de la Fundació Balear d'Innovació i Tecnologia (en adelante Fundació Bit), se inició el proceso selectivo correspondiente a la oferta pública ordinaria de 2023 para la contratación, por medio de un concurso oposición y con carácter indefinido y a tiempo completo, por el turno libre, de un operador/a ordenador adscrito al área TIC Innovació.
2. Las bases específicas que rigen este proceso selectivo se publicaron en el BOIB de día 30 de diciembre de 2025.
3. De acuerdo con el que establecen las bases específicas, el proceso selectivo se ha desarrollado y con fecha de 18 de mayo de 2026, la Comisión de Selección publicó la lista definitiva con las puntuaciones finales obtenidas por las personas aspirantes en las fases de oposición y de concurso de méritos, así como el orden de prelación resultante del proceso selectivo.
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la lista definitiva de personas aspirantes con indicación de la puntuación final obtenida en el proceso selectivo:
| DNI* |
PRUEBA DE CONOCIMIENTOS (Máximo 80 puntos) |
EXPERIENCIA PROFESIONAL PREVIA (Máximo 8 puntos) |
CONOCIMIENTOS SUPERIORES CATALÁN (Máximo 4 puntos) |
FORMACIÓN REGLADA (Máximo 4 puntos) |
FORMACIÓN NO REGLADA (Máximo 4 puntos) |
TOTAL |
ORDEN |
| ***1493** |
64,41 |
0 |
3 |
0 |
0 |
67,41 |
1 |
| ***3983** |
53,74 |
0 |
3 |
0 |
0 |
56,74 |
2 |
*Siguiendo la recomendación de lo Agencia Española de Protección de Datos se publican los DNI de la siguiente forma: dado el DNI con formato 12345678X, se publicará : **4567**.
2. Declarar que la persona aspirante con DNI **1493** ha obtenido la puntuación más alta del proceso selectivo para ocupar el puesto de trabajo de Operador/a de Ordenador TIC Innovació para prestar servicios en el área TIC Innovación, con código L03080042 de la Relación de Puestos de Trabajo.
3. Requerir a la persona aspirante seleccionada para que aporte la documentación original acreditativa de los requisitos y de los méritos alegados durante el proceso selectivo.
4. Establecer que el plazo para la formalización del contrato laboral y para la incorporación efectiva al puesto de trabajo será de cinco días hábiles contados desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOIB.
El personal de nuevo ingreso tiene que superar un periodo de prueba, tal como establece el V convenio colectivo para el personal laboral al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, establecido para esta categoría profesional en dos meses.
5. Constituir una bolsa de personal laboral temporal, específica y preferente respecto de las bolsas ordinarias y de la bolsa derivada de la oferta pública extraordinaria de estabilización, integrada por las personas candidatas que, habiendo participado en el proceso selectivo y no habiéndolo superado, hayan obtenido una puntuación mínima de 40 puntos en la fase de oposición. Esta bolsa específica y preferente tendrá una vigencia de tres años desde la publicación de la resolución de su constitución.
6. Ordenar la publicación de esta resolución en el BOIB, en la web de la Fundació Bit https://www.fundaciobit.org y en el tablón de anuncios en las oficinas de la Fundació Bit.
Interposición de recursos:
El orden jurisdiccional social es el competente para resolver las controversias derivadas de esta resolución, de acuerdo con la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, sin que se pueda interponer ningún recurso en vía administrativa ni ninguna reclamación previa a la vía judicial social, sin perjuicio que se pueda presentar una reclamación ante el órgano que dicta esta resolución.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de mayo de 2026)
El vicepresidente Sebastián González Cardalliaguet