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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 370606
Modificación de la restricción de la circulación de vehículos en parte del centro de la villa en determinadas horas y épocas del año

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Texto

El actual sistema de cierre de trafico rodado del centro de la villa de Alaró ha provocado quejas debido a su insuficiencia con la llegada del buen tiempo, sobre todo en el mes de mayo.

De forma inicial, en mayo de 2025 se procedió al cierre del tráfico en un horario más amplio que el aprobado durante el mes de mayo y la iniciativa funcionó correctamente entre los peatones y usuarios de las vías públicas del centro de la villa.

Per todo ello, se considera conveniente aumentar algunas de las restricciones temporales al paso de vehículos en las vías públicass que es indicarán, lo que permitirá disfrutar de unos espacios con mayor Seguridad para los peatones.

Oída la opinión del oficial jede de la Policía Local.

Visto lo previsto en el articulo 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre. Por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre trafico, circulación de vehículos a motor y Seguridad vial.

En ejercicio de la atribución que me confiere el art. 41.8 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, Reglamento de organitzación, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales,

Resuelvo

Restringir desde el segundo fin de semana de octubre hasta el último de abril la circulación de vehículos a motor en las siguientes vías públicas:

Pl. de la Vila

C/ Petit

C/ del Campanar

Días y horario de cierre: de viernes a domingo, de 16 horas a 19 h.

Restringir durante el mes de mayo la circulación de vehículos a motor en las siguientes vías públicas:

Pl. de la Vila

C/ Petit

C/ del Campanar

Días y horario de cierre: de viernes a dormingo, de 16 horas a 0'30 h. del día siguiente.

Restringir del 1 de junio al primer fin de semana de octubre (Feria Gremial) la circulación de vehículos a motor en las siguientes vías públicas:

Pl. de la Vila

Avda. de la Constitució (a partir del C/ Joan Alcover)

C/ de can Retat

C/ d'Alexandre Rosselló

C/ de can Ros

C/ Petit

C/ del Campanar

Días y horario de cierre: de domingo a jueves, de 19 horas a 0'30 h. del día siguiente; viernes, sábados y día antes de festivos, de 19 hores a 2 h. del día siguiente.

Se deroga y se deja la resolución de alcaldia núm. 831-2019, de 11 de julio (BOIB núm. 97, de 16.07.2019), así como cualquier otra resolución o instrucción interna que contradia la presente.

Lo que se hace público para general conocimiento y cumplimiento.

Recursos.

Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, podran interponerse, alternativamente, los siguientes recursos:

a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.

b) El recurso de reposición potestativo ante la alcaldía, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirápor el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse reurso contencioso administrativo, ante el Juzgado del Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de sis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

No obstante lo anterior, ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimento administrativo común de las administraciones públicas

 

Alaró, en fecha de la firma electrónica (19 de mayo de 2026)

El alcalde Llorenç Perelló Rosselló