Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 367979
Acuerdo del Pleno de la Central de Contratación por el cual se delegan determinadas competencias en la secretaria de la Central
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El Decreto 56/2012, de 13 de julio, por el cual se crea la Central de Contratación, se regula la contratación centralizada y se distribuyen competencias en esta materia en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y de los entes que integran el sector público autonómico, regula este órgano administrativo especializado.
De acuerdo con el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y el artículo 25 in fine de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, relativo a la delegación interorgánica de competencias, los órganos de las diferentes administraciones públicas pueden delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración, aunque no sean jerárquicamente dependientes, o en los organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes de aquellas.
Por todo ello, reunido en sesión ordinaria el día 17 de marzo de 2026, el Pleno de la Central de Contratación de las Illes Balears adoptó el siguiente
Acuerdo
Palma, en la fecha de la firma electrónica (18 de mayo de 2026)
La secretaria de la Central de Contratación Assumpta Iturbide Bernaus