Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE FAMILIAS, BIENESTAR SOCIAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA
Núm. 364846
Resolución de la Consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia de actualización del precio de mercado y el módulo económico máximo a aplicar en el concierto del servicio de vivienda de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración, en las Islas de Mallorca e Ibiza 2023-2026
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Hechos
1. En fecha de 16 de febrero de 2023 se publicó en el BOIB núm. 21 la Resolución de 14 de febrero de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la cual se aprueba la convocatoria de acción concertada del servicio de vivienda de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración, en las islas de Mallorca e Ibiza.
2. El precio de referencia máximo por plaza y persona usuaria, de acuerdo con el informe de precios emitido por el jefe del servicio de Familias de la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias el 7 de febrero de 2023 que actualiza los precios para el Concierto Social 2023-2026 y que será aplicable también para este concierto, es el siguiente:
3. Una vez tramitados los distintos expedientes de concertación, se formalizaron los siguientes conciertos:
4. Posteriormente, se han llevado a cabo diferentes ampliaciones de plazas respecto a varios de estos conciertos sociales; en concreto:
a) Día 26 de marzo de 2025, por resolución de la consejera de Familias i Asuntos Sociales, a propuesta de la directora general de Infancia, Juventud, Familias, Igualdad y Diversidad, relativa a la ampliación de una plaza de emancipación del Acuerdo de acción concertada entre la Consejería de Familias i Asuntos Sociales del Govern de les Illes Balears y la Fundació Natzaret, para llevar a cabo el servicio de vivienda en la Red de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años extutelados por la Administración Pública suscrito día 4 de mayo de 2023. Esta ampliación tiene una vigencia entre día 1 de abril de 2025 y día 31 de octubre de 2026.
b) Día 4 de abril de 2025, por resolución de la consejera de Familias i Asuntos Sociales se amplió en 6 plazas de viviendas de emancipación del concierto social entre la Consejería de Familias i Asuntos Sociales del Govern de les Illes Balears y la Fundació Aldaba, para llevar a cabo el servicio de vivienda de la “Red de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años extutelados por la Administración Pública” suscrito día 4 de mayo de 2023. Esta ampliación tiene una vigencia entre día 1 de abril de 2025 y día 31 de octubre de 2026.
c) Día 10 de enero de 2026, por resolución de la consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, a propuesta de la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad, se amplió una plaza de vivienda de emancipación del concierto social entre la Consejería de Familias y Asuntos Sociales del Govern de les Illes Balears y la Fundació Solidaridad Amaranta para llevar a cabo el servicio de vivienda de la Red de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años extutelados por la Administración Pública suscrito día 9 de mayo de 2026. Esta ampliación tiene una vigencia entre día 16 de febrero y día 31 de octubre de 2026.
5. Día 10 de abril de 2025 se publicó en el BOIB núm. 44 la Resolución del consejero de Empresa, Ocupación y Energía por la cual se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears del acta de acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo autonómico de Reforma Juvenil y Protección de Menores de las Illes Balears y su publicación en el BOIB (código de convenio 07100585012018) que indica:
«Habiéndose acordado en fecha 14 de febrero de 2025 una modificación del convenio se notifica para su publicación en el BOIB. La modificación es la siguiente:
1) Artículo 70.
Donde dice:
“Artículo 70. Plus de residencia e insularidad
Todo el personal tendrá derecho al plus de residencia e insularidad cuando resida en las Illes Balears. Su cuantía será pactada por las partes legitimadas en el ámbito autonómico.
El plus de residencia e insularidad queda condicionado al pago por parte de la administración pública correspondiente, sin que la empresa tenga que abonar ninguna cantidad por este concepto.”
Tiene que decir:
“Artículo 70. Plus de residencia e insularidad
El plus de residencia e insularidad se establece en las siguiente cantidades:
Mallorca y Menorca 91,05 euros mensuales (1.274,71 anuales)
Islas Pitiusas 182,10 euros mensuales (2.549,92 anuales)
La cantidad se abonará en 14 pagas y se actualizará anualmente en el porcentaje en que se incrementen las tablas salariales del convenio colectivo.
El abono por parte de las empresas de este plus está condicionado a su previo financiamiento por parte de la Administración pública, de manera que la falta de abono por parte de esta, impedirá su efectividad, y la exigencia de la responsabilidad a las empresas. De esta manera, los derechos económicos que puedan derivarse del presente artículo a favor de los trabajadores individualmente, se originaron en el caso que la administración competente haga efectivo los correspondientes pagos.»
6. Después de diferentes reuniones de las entidades proveedoras del servicio y de los representantes sindicales de los profesionales (CCOO principalmente), con la Dirección General de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad, la comunicación que trasladan es que el plus de residencia e insularidad se abonarán por parte de las entidades proveedoras del servicio desde el momento que la Administración financie este complemento.
7. Esta dirección general considera necesario y conveniente llevar a cabo una actualización del módulo económico de la acción concertada del servicio de vivienda de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración, en las Islas de Mallorca e Ibiza 2023-2026, incorporando el complemento retributivo del plus de residencia e insularidad, el cual no se tuvo inicialmente en cuenta en el cálculo del modulo económico con efectos retroactivos a día 1 de abril de 2025.
8. Teniendo en cuenta lo anteriormente citado, en fecha de 07 de abril de 2026, el jefe del Departamento de Menores y Familias emitió un informe económico relativo a la modificación del módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de vivienda de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración, en las islas de Mallorca e Ibiza 2023-2026, incorporando el complemento retributivo del plus de residencia e insularidad. Éste concluye que, una vez se incluye el plus de residencia e insularidad en el cálculo de los costes de personal, el nuevo módulo económico que se debe aplicar a los conciertos formalizados con las entidades proveedoras del servicio de vivienda derivados de la convocatoria de acción concertada aprobada por la Resolución de 14 de febrero de 2023 de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes para las anualidades de 2025 y 2026:
1. Mallorca
2. Ibiza:
9. En fecha 07 de abril de 2026 la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad dictó un informe justificativo relativo a la necesidad de revisión del precio de mercado y el módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de vivienda de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración, en las islas de Mallorca e Ibiza 2023-2026 y análisis del impacto económico en relación a la financiación por parte de la Administración pública del plus de residencia e insularidad del personal profesional de las entidades proveedoras de este concierto social.
10. En fecha 07 de abril de 2026 la secretaria general de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia dictó (por delegación de competencia de la consejera BOIB núm. 103/2023) una Resolución de inicio por la que se ordena el inicio del procedimiento relativo a la revisión del precio de mercado y emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración, en las islas de Mallorca e Ibiza 2023-2026.
11. En fecha 07 de abril de 2026 la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad dictó una Resolución por la cual se designan los miembros del Comité Técnico de Asesoramiento relativo a la revisión del precio de mercado y al módulo económico máximo a aplicar en el concierto social del servicio de vivienda de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración, en las islas de Mallorca e Ibiza 2023-2026.
12. En fecha 13 de abril de 2026, el Comité Técnico de Asesoramiento se reunió y emitió por unanimidad el informe siguiente:
«Se informa favorablemente sobre los nuevos precios que se deben aplicar a los conciertos del servicio de viviendas de emancipación suscritos durante el año 2023, que quedan de la forma siguiente:
1. Mallorca
2. Ibiza
2. Se informa favorablemente que estos nuevos precios se apliquen de forma retroactiva a día 1 de abril de 2025 y hasta el día 31 de octubre de 2026»
13. Se ha dado trámite de audiencia a todas las entidades, en fecha 13 de abril de 2026, que tienen conciertos formalizados con la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia y que resultan afectadas por la revisión de precios objeto de esta resolución otorgando un plazo de 5 días hábiles des del día siguiente de la notificación del Acuerdo para presentar alegaciones o bien manifestar su conformidad con la propuesta de nuevos precios.
Al respecto, hay que indicar que las entidades siguientes han manifestado su conformidad en la fecha indicada:
14. En fecha 24 de abril de 2026 la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad propone la actualización del precio de mercado y el módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de vivienda de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración, en las islas de Mallorca e Ibiza 2023-2026.
15. En fecha 07 de mayo de 2026, Intervención General emitió un informe de fiscalización previa favorable sobre la actualización del precio de mercado y el módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de vivienda de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración, en las islas de Mallorca e Ibiza 2023-2026, de conformidad con el artículo 117 apartado 2 de la Ley 14 de 2014, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 30. 15 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, establece que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencias exclusivas en materia de políticas de atención a personas dependientes, de acción y bienestar social y políticas de atención a las personas y a los colectivos en situación de pobreza o necesidad social.
2. El artículo 58 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que los procedimientos se inician de oficio por acuerdo del órgano competente, por iniciativa propia o como consecuencia de una orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia.
3. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 146, de 22 de noviembre de 2018).
4. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el que se establecen los principios generales a los que se deben someter los conciertos sociales (BOIB núm. 132, de 28 d'octubre de 2017).
5. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de les Illes Balears, por el cual se establecen competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
6. El Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el cese y nombramiento de miembros del Govern de les Illes Balears.
7. El Decreto 48/2025, de 29 de agosto, por el cual se dispone el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia.
8. La Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales de 21 de julio de 2023 por el cual se delegan diferentes competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consejería, y se establece el régimen de suplencia (BOIB núm. 103, de 22 de julio de 2023).
Debido a todo lo anterior, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la actualización de los precios que han de aplicarse a los conciertos del servicio de viviendas de emancipación suscritos durante el año 2023, los cuales quedan de la siguiente manera:
1. Mallorca
2. Ibiza
2. Que estos nuevos precios se apliquen de forma retroactiva a día 1 de abril de 2025 y hasta el día 31 de octubre de 2026.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (12 de mayo de 2026)
La consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia Sandra Fernández Herranz