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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE FAMILIAS, BIENESTAR SOCIAL Y ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA

Núm. 364842
Resolución de la Consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia de revisión del precio de mercado y al módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de acompañamiento de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración para el periodo 20203-2026

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Texto

Hechos

1. En fecha 16 de marzo de 20203 se publicó en el BOIB núm. 21 la Resolución de 14 de febrero de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes por la cual se aprueba la convocatoria de acción concertada del servicio de acompañamiento de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración por el periodo 2023-2026.

2. El precio de referencia máximo por plaza y persona usuaria, de acuerdo con el informe de precios emitido por el jefe de servicio de Familias de la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias, el 24 de febrero de 2023 que actualiza los precios para el Concierto Social 2022-2026 y que será aplicable también para este concierto, es el siguiente:

- Coste usuario/a del servicio de acompañamiento para el año 2022: 285,37€/mes.

- Coste usuario/a del servicio de acompañamiento para el año 2023: 289,68€/mes.

- Coste usuario/a del servicio de acompañamiento para el año 2024: 297,94€/mes

- Coste usuario/a del servicio de acompañamiento para el año 2025: 307,96€/mes

- Coste usuario/a del servicio de acompañamiento para el año 2026: 318,34€/mes

3. Una vez tramitados los diferentes expedientes de concertación, se formalizaron los conciertos siguientes:

  • Concierto con el "Grupo de Educadores de Calle y Trabajo con Menores" GREC con CIF G07267628, para 145 plazas de acompañamiento que se formalizó día 25 de mayo de 2023 con vigencia hasta el 31 de octubre de 2026.
  • Concierto con la Fundació Solidaritat Amaranta con CIF G84913946, para 15 plazas de acompañamiento que se formalizó día 25 de mayo de 2023 con vigencia hasta el 31 de octubre de 2026.

4. Día 10 de abril de 2025 se publicó en el BOIB núm. 44 la Resolución del consejero de Empresa, Ocupación y Energía por la cual se dispone la inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos de las Illes Balears del acta de acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio colectivo autonómico de Reforma Juvenil y Protección de Menores de las Illes Balears y su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears (código de convenio 07100585012018) que señala:

«Habiéndose acordado en fecha 14 de febrero de 2025 una modificación del convenio se notifica para su publicación en el BOIB. La modificación es la siguiente:

1) Artículo 70.

Donde dice:

“Artículo 70. Plus de residencia e insularidad

Todo el personal tendrá derecho al plus de residencia e insularidad cuando resida en las Illes Balears. Su cuantía será pactada por las partes legitimadas en el ámbito autonómico.

El plus de residencia e insularidad queda condicionado al pago por parte de la administración pública correspondiente, sin que la empresa tenga que abonar ninguna cantidad por este concepto.”

Debe decir:

“Artículo 70. Plus de residencia e insularidad

El plus de residencia e insularidad se establece en las siguientes cuantías:

Mallorca y Menorca 91,05 euros mensuales (1.274,71 anuales)

Islas Pitiusas 182,10 euros mensuales (2.549,92 anuales)

La cuantía se abonará en 14 pagas y se actualizará anualmente en el porcentaje en que se incrementen las tablas salariales del convenio colectivo.

El abono por parte de las empresas de este plus está condicionado a su previo financiamiento por parte de la Administración pública, de manera que la falta del abono por parte de ésta, impedirá su efectividad y la exigencia de la responsabilidad a las empresas. De esta manera, los derechos económicos que puedan derivarse del presente artículo a favor de los trabajadores individualmente, se originarían en el caso que la administración competente haga efectivos los correspondientes pagos».

5. Después de diferentes reuniones de las entidades proveedoras del servicio y de los representantes sindicales de los profesionales (CCOO principalmente), con la Dirección General de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad, la comunicación que trasladan es que el plus de residencia e insularidad se abonarán por parte de las entidades proveedoras del servicio desde el momento en que la Administración financie este complemento.

6. Esta dirección general considera necesario y conveniente llevar a cabo una actualización del módulo económico de la acción concertada del servicio de acompañamiento para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración correspondiente a la convocatoria referida en el punto 1 de este informe a efectos de financiar el plus de residencia e insularidad, el cual no se tuvo inicialmente en cuenta en el cálculo económico con efectos retroactivos a día 1 de abril de 2025.

7. En fecha de 30 de marzo de 2026, el jefe del Departamento de Menores y Familias de la Dirección General de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad emitió un informe económico de revisión del precio de mercado y el módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de acompañamiento para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración, durante el periodo 2023-2026 en relación a la financiación por parte de la Administración pública del plus de residencia e insularidad del personal profesional de las entidades proveedoras de este concierto social.

Para el cálculo del nuevo precio del módulo se tendrán en cuenta:

1. Para las anualidades de 2025 y 2026, a la hora de calcular los costes de las retribuciones del personal, se incorpora el omplemento retributivo del plus de residencia e insularidad.

2. El resto de conceptos, tanto vinculados a los costes directos de personal (formación, absentismo) como otros conceptos directos y los costes indirectos se mantienen sin variación, y por tanto, continúan los mismos importes establecidos en el informe de precios emitido por el jefe del servicio de Familias de la Dirección General de Infancia, Juventud y Familias el 24 de febrero de 2023.

Una vez se incluye el plus de residencia e insularidad en el cálculo de los costes de personal, el nuevo módulo económico que se debe aplicar a los conciertos formalizados con las entidades proveedoras del servicio de acompañamiento derivados de la convocatoria de acción concertada aprobada por la Resolución de 14 de febrero de 20203 de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes para las anualidades de 2025 y 2026:

Anualidad 2025: 318,21 euros/mes para cada plaza de acompañamiento concertada en el marco de la convocatoria citada.

Anualidad 2026: 328,95 euros/mes por cada plaza de acompañamiento concertada en el marco de la convocatoria citada.

8. En fecha 31 de marzo de 2026 la directora genera del Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad dictó un informe justificativo relativo a la necesidad de revisión del precio de mercado y el módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de acompañamiento de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración para el periodo 2023 – 2026 y análisis del impacto económico en relación a la financiación por parte de la Administración pública del plus de residencia e insularidad del personal profesional de las entidades proveedoras de este concierto social.

9. En fecha 01 de abril de 2026 la secretaria general de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia dictó (por delegación de competencia de la consejera BOIB núm, 103/2023) una Resolución de inicio por la cual se ordena el inicio del procedimiento relativo a la revisión del precio de mercado y al módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de acompañamiento de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados para la Administración para el periodo 20203-2026.

10. En fecha 07 de abril de 2026 la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad dictó una Resolución por la que se designan los miembros del Comité Técnico de Asesoramiento relativo a la revisión del precio de mercado y al módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de acompañamiento de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración para el periodo 2023-2026.

11. En fecha 13 de abril de 2026, el Comité Técnico de Asesoramiento se reunió y emitió por unanimidad el siguiente informe:

«1. Se informa favorablemente sobre los nuevos precios que han de aplicarse a los conciertos del servicio de acompañamiento suscritos durante el año 2023, los cuales quedan de la siguiente forma:

Anualidad 2025: 318,21 euros/mes para cada plaza de acompañamiento concertada en el marco de la convocatoria citada.

Anualidad 2026: 328,95 euros/mes por cada plaza de acompañamiento concertada en el marco de la convocatoria citada.

2. El nuevo precio/plaza mensual de acompañamiento de emancipación se aplicará desde el día 1 de abril de 2025 hasta el día 31 de octubre de 2026.»

12. Se ha dado trámite de audiencia a todas las las entidades, en fecha 13 de abril de 2026, que tienen conciertos formalizados con la consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia y que resulten afectadas por la revisión de precios objeto de esta propuesta de resolución otorgando un plazo de 5 días hábiles desde el día siguiente de la notificación del Acuerdo para presentar alegaciones o bien manifestar su conformidad con la propuesta de nuevos precios.

Al respecto, hay que indicar que las siguientes entidades han manifestado la conformidad en la fecha indicada:

  • "Grupo de Educadores de Calle y Trabajo con Menores" GREC con CIF G07267628 en fecha 14 de abril de 2026.
  • Fundació Solidaritat Amaranta con CIF G84913946 en fecha 24 de abril de 2026.

14. En fecha 4 de mayo de 2026 la directora general de Familias, Infancia, Juventud, Diversidad e Igualdad propone la actualización del precio de mercado y el módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de acompañamiento de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración para el periodo 2023-2026, de conformidad con el artículo 117 apartado 2 de la Ley 14 de 2014, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

15. En fecha 14 de mayo de 2026, Intervención General emitió un informe de fiscalización previa favorable sobre la actualización del precio de mercado y el módulo económico máximo a aplicar al concierto social del servicio de acompañamiento de emancipación para jóvenes de 18 a 25 años que han sido tutelados por la Administración para el periodo 2023-2026, de conformidad con el artículo 117 apartado 2 de la Ley 14 de 2014, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 30.15 del Estatuto de autonomía de las Illes Balears, establece que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears tiene competencias exclusivas en materia de políticas de atención a personas dependientes, de acción y bienestar social y políticas de atención a las personas y a los colectivos en situación de pobreza o necesidad social.

2. El artículo 58 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que los procedimientos se inician de oficio por acuerdo del órgano competente, por iniciativa propia o como consecuencia de una orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia.

3. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social de la comunidad autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 146, de 22 de noviembre de 2018).

4. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el cual se establecen los principios generales a los cuales deben someterse los conciertos sociales (BOIB núm. 132, de 28 de octubre de 2017).

5. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de las presidenta de las Illes Balears, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

6. El Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el cese y nombramiento de miembros del Govern de les Illes Balears.

7. El Decreto 48/2025, de 29 de agosto, por el cual se dispone el nombramiento de un alto cargo de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia.

8. La Resolución de la consejera de Familias y Asuntos Sociales de 21 de julio de 2023 por el cual se delegan diferentes competencias y la firma en determinados órganos directivos de la Consejería, y se establece el régimen de suplencia (BOIB núm. 103, de 22 de julio de 2023).

Por todo lo anterior, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la actualización de los precios que se deben aplicar a los conciertos del servicio de acompañamiento suscritos durante el año 2023, los cuales quedan de la siguiente forma:

Anualidad 2025: 318,21 euros/mes para cada plaza de acompañamiento concertada en el marco de la convocatoria citada.

Anualidad 2026: 328,95 euros/mes por cada plaza de acompañamiento concertada en el marco de la convocatoria citada.

2. El nuevo precio/plaza mensual de acompañamiento de emancipación se aplicará desde el día 1 de abril de 2025 hasta el día 31 de octubre de 2026.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (19 de mayo de 2026)

La consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia Sandra Fernández Herranz