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AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Núm. 362806
Extracto de la Resolución de la Alcaldia n.º 0555 de día 14 de mayo de 2026, por la cual se aprueba la convocatoria y las bases de ayudas por la realización de actividades educativas organizadas al término de Es Mercadal por asociaciones de padres y madres de alumnas
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De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica lo extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/906050)
Primero. Beneficiarios:
Los solicitantes que se quieran acoger a estas ayudas tendrán que reunir los siguientes requisitos:
• Ser entidades privadas sin ánimo lucrativo.
• Realizar actividades educativas, extraescolares o complementarias (de apoyo en los centros educativos) dentro del término des Mercadal que se relacionan en el apartado 3 de este artículo.
• No incurrir en ninguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones (LGS).
• No estar sujetos a las causas de prohibición previstas en los apartado 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, así como en el artículo 30.4. de la misma.
Quedan expresamente excluidas:
1. Entidades con finalidad lucrativa, en particular todas las sociedades mercantiles y civiles.
2. Cooperativas
3. Centros docentes o de enseñanza
4. Entidades políticas o sindicales
Segundo. Finalidad:
Es objetivo de estas bases colaborar con las asociaciones de padres y madres de alumnas que realizan actividades educativas y extraescolares dentro del término municipal de Es Mercadal, según las bases reguladoras incluidas en el artículo 17 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2026, aprobado definitivamente por el Pleno ordinario de día 28 de enero de 2026 y publicado en el BOIB n.º 15, del 31 de enero de 2026.
Tercero. Bases reguladoras:
Las bases de la convocatoria y la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Es Mercadal de día 11 de octubre de 2005 y publicada la aprobación definitiva y el texto íntegro en el BOIB n.º 189, de 17 de diciembre de 2005.
Cuarto. Importe:
El importe máximo por solicitante será de 7.000 euros y en ningún caso superará el 50% del presupuesto presentado.
Las ayudas concedidas serán atendidos con cargo a la aplicación presupuestaria 10.323.48300 del Presupuesto General de 2026, con un importe máximo conjunto de 20.900,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el día 12 de junio de 2026
Firmado en Es Mercadal en la fecha de la firma electrónica (15 de mayo de 2026)
El alcalde del Ayuntamiento des Mercadal Joan Palliser Riudavets