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AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Núm. 362805
Extracto de la Resolución de Alcaldia n.º 0552 del día 14 de mayo de 2026, por la cual se aprueban la convocatoria y las bases de las ayudas para colaborar con las entidades comerciales sin ánimo de lucro que realicen actividades en su ámbito de actuación al término des Mercadal
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De conformidad con el que prevén los artículos 17.3.by 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo se puede consultar a la base de datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/906040):
Primero. Beneficiarios:
1. Las personas o entidades solicitantes que se quieran acoger a estas ayudas tendrán que reunir los siguientes requisitos:
a) Ser entidades privadas sin ánimo lucrativo y legalmente establecidas.
b) Realizar actuaciones en el ámbito comercial dentro del término de Es Mercadal.
c) No incurrir en jefe de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones (LGS).
d) No estar incluidas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, así como en el artículo 30.4 de la mencionada Ley.
2. Quedan expresamente excluidas:
a) Entidades con finalidad lucrativa, en particular todas las sociedades mercantiles y civiles.
b) Cooperativas.
c) Centros docentes o de enseñanza.
d) Entidades políticas o sindicales.
e) Entidades culturales, deportivas y artísticas.
Segundo. Finalidad:
Es objetivo de estos bases colaborar con las entidades comerciales sin ánimo de lucro en la realización de actividades en su ámbito de actuación dentro del término municipal de Es Mercadal, según la regulación incluida en la base en el artículo 17 de las Bases de Ejecución del Presupuesto de 2026, aprobado definitivamente por el Pleno ordinario de día 28 de enero de 2026 y publicado al BOIB n.º 15, del 31 de enero de 2026.
Tercero. Bases reguladoras:
Las bases de la convocatoria y la Ordenanza general reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento des Mercadal de día 11 de octubre de 2005 y publicada la aprobación definitiva y el texto íntegro en el BOIB n.º 189, de 17 de diciembre de 2005.
Cuarto. Importe:
Las ayudas concedidas serán atendidos con cargo a la aplicación presupuestaria 70.4313.48300 del Presupuesto General de 2026, con un importe máximo conjunto de 9000 euros.
El importe máximo por solicitante será de 8.000 euros y en ningún caso superará el 80% del presupuesto presentado.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el día 12 de JUNIO 2026.
Firmado en Es Mercadal, en la fecha de la firma electrónica (15 de mayo de 2026)
El alcalde del Ayuntamiento des Mercadal Joan Palliser Riudavets