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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 361081
Extracto de la aprobación por Decreto de Alcaldía núm. 2026-2057 del día 30 de abril de 2026, de la convocatoria de subvenciones en materia de ayudas de natalidad en el municipio de Sant Josep de sa Talaia

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Texto

BDNS (Identif.: 905720)

De conformidad con lo establecido en los artículos 17.3.b) i 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 4.1 de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de las convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria de ayudas más arriba referidas. El texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el BOIB núm. 75 de 14 de junio de 2025.

1. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA Y CUANTÍA

La cuantía máxima de las ayudas que podrán concederse en esta convocatoria es de 170.000,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 231 48096 con fondos de financiación municipal. La cuantía de la ayuda será de un máximo de 1.000,00 € por nacimiento, acogimiento o adopción.

2. REQUISITOS GENERALES

a. La persona solicitante tiene que haber tenido un hijo/a, adopción o acogimiento permanente de un menor entre el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.

b. Ambos progenitores o ambos tutores legales (en el caso de no ser familia monoparental) deben estar empadronados en Sant Josep de sa Talaia y al menos con 2 años de antelación a la fecha de publicación de las bases, en el caso de la persona solicitante.

c. El niño o niña debe estar empadronado en el municipio de Sant Josep de sa Talaia con la persona solicitante.

d. Acreditar la residencia legal en España.

e. Acreditar el cumplimiento de obligaciones en materia de reintegro de subvenciones que establece el artículo 25 del RLGS.

f. No encontrarse sometido a ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones y el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Cumplir lo que establece el artículo 24 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

g. No tener deudas con el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia. Este requisito se podrá enmendar durante el período de alegaciones en la resolución provisional de la ayuda mediante el pago de la deuda.

3. SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación que debe acompañar la solicitud

1. DNI/NIE de las personas progenitoras o representantes legales del menor.

2. DNI del menor o certificado de nacimiento o resolución administrativa en caso de la adopción o acogimiento permanente.

3. Certificado de convivencia a nombre de la persona solicitante que acredite que el empadronamiento en el municipio de al menos dos años en el municipio y que el niño/a está empadronado con el/ella o autorización para consultarlo. (anexo 2).

4. En el caso que el otro/a progenitor/a o tutor/a legal no esté empadronado en el mismo domicilio, certificado de empadronamiento en el municipio o autorización para consultarlo (anexo 2).

5. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social.

6. Certificado de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (anexo 2).

 

7. Certificado de titularidad bancaria a nombre de la persona solicitante o impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

8. Declaración responsable (anexo 3).

9. En caso de separación o divorcio de los progenitores o tutores legales, sentencia judicial o convenio regulador.

4. PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 15 de octubre de 2026. Los padres y madres de los niños y niñas nacidos, acogidos permanentemente o adoptados en fecha posterior al 30 de septiembre de 2026, podrán solicitar la subvención en la siguiente convocatoria.

 

Sant Josep de sa Talaia, (documento firmado electrónicamente: 15 de mayo de 2026

El alcalde Vicente Roig Tur)