Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA
Núm. 359330
Resolución del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se revocan las subvenciones en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III 2025)
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En fecha de la firma electrónica, el director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático ha formulado la propuesta definitiva siguiente:
Hechos
1.El 3 de julio de 2021, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III 2025) mediante la Resolución del consejero de Empresa, Ocupación y Energia de 1 de julio de 2025.
2.La Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático concedió una subvención a las personas o entidades que figuran en el Anexo de esta Propuesta en el marco de la convocatoria para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025).
3.Las personas o entidades que figuran en el Anexo han aportado la documentación requerida para la justificación de la realización de las actuaciones subvencionadas.
4.Los técnicos de la Dirección General de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático han examinado la documentación aportada y han emitido un informe desfavorable a la justificación de los expedientes descritos en el anexo con la motivación correspondiente.
5.En fecha 15 de abril de 2026 se emitió una propuesta de resolución provisional por la cual se aminora la cantidad de la ayuda y se propone el pago del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático (BOIB n.º 50, de 18 de abril de 2026).
En fecha 20 de abril del 2026, Mucha's Cristales, S.L, titular del expediente MOVESIII25-316/2025 presentó un escrito de alegaciones a la Propuesta provisional mencionada en el punto anterior en la cual se proponía la revocación del expediente por el motivo siguiente: Cómo consta en el justificante de presentación, el expediente se presentó el día 14/01/2025, por lo cual el expediente cumple con las bases de la convocatoria del Pla MOVES III 2025.
En el escrito de alegaciones, Mucha's Cristales, S.L, comunica que tal como consta en el justificante de presentación, el expediente se presentó el día 14/01/2025, por lo cual el expediente cumple con las bases de la convocatoria del Pla MOVES III 2025
En fecha 20 de abril de 2026, se emitió un informe técnico en que después de revisar en fecha 20/04/2026 la documentación de alegaciones y del expediente, verifican que la fecha de presentación de la solicitud es el 14/01/2025 y es, por lo tanto, anterior a la fecha de formalización del contrato de renting, por lo cual se cumplen los apartados 4.1.b) y 4.2.y), y se estiman favorablemente las alegaciones presentadas.
6.Se ha agotado el plazo que se concedía para presentar alegaciones sin que se hayan presentado.
Fundamentos de derecho
1.El consejero de Empresa, Autónomos y Energía es el órgano competente para resolver este procedimiento dada la estructura orgánica del Gobierno de las Illes Balears y de acuerdo con la Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía.
2.La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
3.El Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Subvenciones (BOIB n.º 196, de 31 de diciembre de 2005).
4.El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, de desarrollo de determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB n.º 122, de 2 de septiembre).
5.La Orden de la Consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la cal se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB nº72, 24 de mayo de 2008).
6.La Resolución del consejero de Empresa, Empleo y Energía de 1 de julio de 2025 por la cual se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para actuaciones de soporte a la movilidad eléctrica (programa MOVESIII 2025) (BOIB nº85, de 3 de julio de 2025).
Propuesta de resolución definitiva
Propongo al consejero de Empresa, Autónomos y Energía que dicte una resolución en los siguientes términos :
1.Revocar la concesión de las subvenciones detalladas en el anexo y por los importes que en él se indican.
2.Autorizar y disponer negativamente el gasto a favor de los beneficiarios por los importes detallados en el Anexo, con cargo a la partida presupuestaria también indicada en el Anexo.
3.Declarar concluido el procedimiento y, por tanto, archivar los expedientes indicados en el anexo.
4.Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Por todo esto, dicto las siguiente
Resolución
Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Empresa, Autónomos y Energía en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Palma, en fecha de la firma electrónica (14 de mayo de 2026)
El director general de Economía Circular,Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez
ANEXO Lista de beneficiarios para revocarles la subvención para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III 2025)
|
Núm. |
Núm.Expediente |
Solicitante |
NIF |
Tipo de inversión |
Importe subvención (€) |
Partida presupuestaria |
CONCE |
Motivo revocación |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
1 |
MOVESIII25-75/2025 |
TOMAS RODRIGUEZ RUIZ |
***3413** |
Programa 1. Adquisición vehiculo electrico, categoria M1. Ayuda con desguace de vehiculo (1). |
7.000,00 |
2026/G/731A01/78000/00 19701/25183 |
0000000301/2026 |
Los pagos y el contrato de financiación son de 2024 |
|
2 |
MOVESIII25-457/2025 |
MARIO MYRENNE |
****9037* |
Programa 1. Adquisición vehiculo electrico, categoria M1. Ayuda sin desguace de vehiculo (3). Ayuda adicional 10%. |
4.950,00 |
2026/G/731A01/78000/00/19701/25183 |
0000000513/2026 |
Se ha comprobado que la persona solicitante tiene adjudicada una subvención dentro de la convocatoria MOVES CAIB por el mismo concepto (MOVES-CAIB-62/2025) |