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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 358646
Propuesta de resolución provisional del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la que se minora la cantidad de la ayuda en el marco de la convocatoria pública de subvenciones para la ejecución del programa de incentivos 4 y 5 ligado a la implantación de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programa 4 y 5)

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Texto

Hechos

1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB nº125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo, mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB nº137, de 22 de octubre de 2022).

2. Las personas o entidades que figuran en el anexo de esta propuesta obtuvieron una subvención para la implantación de instalaciones renovables.

3. Las personas que figuran en el anexo de esta Propuesta presentaron la documentación justificativa de las actuaciones realizadas, en las que se acredita que el importe de la actuación ha sido inferior al inicialmente previsto o se ha reducido la instalación.

4. Los servicios técnicos competentes han informado favorablemente sobre el pago de las subvenciones descritas en el anexo, en las que se incluye una minoración del importe proporcional a las modificaciones realizadas, que se han calculado de acuerdo con la Resolución de convocatoria de estas ayudas.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

2. El Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

3. El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).

 

4. El Decreto 75/2004, de 27 de agosto, por el que se despliegan determinados aspectos de la Ley de finanzas y de las leyes de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm. 122, de 2 de septiembre de 2004).

5. La Orden de la consejera de Comercio, Industria y Energía de 15 de mayo de 2008 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de energía (BOIB núm. 72, de 24 de mayo de 2008).

6. El Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas ya las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de varios programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo.

7. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (BOIB núm. 125, de 11 de septiembre de 2021).

8. La Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática por la que se modifica y amplía el crédito de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021 por la que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, y la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía ya existentes, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo NextGenerationEU (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022).

9. La Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como por la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las entidades del sector público para el seguimiento del cumplimiento de los logros y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Propuesta de resolución

Propongo al consejero de Empresa, Autónomos y Energía que dicte resolución en los siguientes términos:

1. Reconocer la obligación y proponer el pago de una subvención a los beneficiarios que figuran en el Anexo, de acuerdo con el importe que también se indica.

2. Revocar parcialmente la subvención concedida puesto que la cantidad de coste elegible ha sido inferior al previsto.

3. Establecer que los beneficiarios están obligados a cumplir con lo que dispone el apartado decimoséptimo de la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021.

4. Disponer que toda alteración de las condiciones establecidas para la concesión de la subvención, así como la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras administraciones públicas o entes públicos, nacionales o internacionales, da lugar a la revisión parcial o total de la subvención y, por tanto, al reintegro de la cantidad correspondiente más los intereses de demora.

 

Contra esta Propuesta de resolución puede alegar lo que considere conveniente en el plazo máximo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de les Illes Balears. En caso contrario, se entenderá que está conforme con el contenido de la Propuesta.

 

Palma, 12 de mayo de 2026

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez

 

ANEXO Lista de beneficiarios a los que se les minora la cantidad de la ayuda concedida y se propone el pago (NEXTG45)

Núm.

Núm. Expediente

Solicitante

NIF

Subvención concedida inicialmente (€)

Importe a minorar (€)

Subvención a pagar(€)

Motivo

1.

NEXTG45- 3444 /2021

JÖRG HEIDE

***9860**

13500

378

13122

Se han instalado 29.16 kWp en vez de 30 kWp

2.

NEXTG45- 3486/2021

TORSTEN LINK

***6298**

5832

972

4860

Se han instalado 10.8 kWp en vez de 9.72kWp

3.

NEXTG45-3778/2021

LEOPOLD LLOMBART BORDERO

***1449**

4260

660

3600

Se ha instalado un sistema de autoconsumo individual en vez de colectivo.

4.

NEXTG45- 4252/2021

HANS LUDWIG KAUFMANN

***6749**

3234

84

3150

Se han instalado 5.25 kWp en vez de 5.39 kWp

5.

NEXTG45-5925/2021

VICENTE RIERA TORRES

***4231**

5940

1435,5

4504,5

Se han instalado 10.01 kWp en vez de 9.9 kWp

6.

NEXTG45- 6667/2021

ANTONIA AMER TUGORES

***8603**

1380

12

1368

Se han instalado 2.28 kWp en vez de 2.3 kWp

7.

NEXTG45- 6673/2021

FRANCESCA PERICAS TORRENS

***2792**

5760

810

4950

Se han instalado 11 kWp en vez de 9.6 kWp

8.

NEXTG45- 7716/2021

JOSE JAVIER EUGENIO ANADON SANZ

***6738**

7575,75

1638

5937,75

Se han instalado 13.195 kWp en vez de 16.845 kWp

9.

NEXTG45- 8045/2021

RAÚL BILBAO GARAY

***9601**

3510

270

3240

Se han instalado 5.4 kWp en vez de 5.85 kWp.

10.

NEXTG45-8048 /2021

ANA BELEN QUESADA MAUSA

***5874**

1914

3

1911

Se han instalado 3.185 kWp en vez de 3.19kWp

11.

NEXTG45- 8134/2021

ANTONI CLADERA BENNASSAR

***3560**

3240

1080

2160

Se han instalado 3.6 kWp en vez de 5.4 kWp

12.

NEXTG45-8137/2021

JOAN CLADERA BENNASSAR

***1518**

3240

1080

2160

Se han instalado 3.6 kWp en vez de 5.4 kWp

13.

NEXTG45-8581/2021

JOSÉ ZAMORA RUIZ

***4398**

3276

36

3240

Se han instalado 5.4 kWp en vez de 5.46 kWp

14.

NEXTG45-9897/2021

HANS JOSEPH KAPELLMANN

***9288**

5886

1228,5

4657,5

Se han instalado 10.35 kWp en vez de 9.81 kWp

15.

NEXTG45-10000/2021

BERNHARD BRUGGAIER

***9647**

6048

1008

5040

Se han instalado 8.4 kWp en vez de 13.44 kWp

16.

NEXTG45- 10625/2021

CAROLINA OLIVARES ROBLES

***3188**

2760

30

2730

Se han instalado 4.55 kWp en vez de 4.6 kWp

17.

NEXTG45-11066/2021

ANTONIO PERELLO GUARDIOLA

***6636**

4200

420

3780

Se han instalado 6.3 kWp en vez de 7 kWp

18.

NEXTG45-11537/2021

MARIA MAGDALENA LLABRES CAMPANER

***7546**

3384

2256

1128

Se han instalado 1.88 kWp en vez de 5.64 kWp