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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES

Núm. 351072
Resolución del consejero de Educación y Universidades por la que se autoriza el cambio de denominación específica del centro privado concertado de enseñanzas de régimen general (CC) Sant Alfons, que pasa a denominarse CC Es Lledoner

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Texto

Hechos

1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Formación Profesional de 21 de julio de 2021, se autorizó la modificación de la configuración del centro privado concertado Sant Alfons, de Felanitx, mediante la ampliación con una unidad del título de técnico superior en Acondicionamiento físico (BOIB núm. 99, de 24 de julio). Con esta modificación el centro quedó configurado de la siguiente manera:

Enseñanzas autorizadas:

  • Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades y 55 plazas escolares.
  • Educación infantil de segundo ciclo: 6 unidades y 150 plazas escolares.
  • Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares.
  • Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares.
  • Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR)*: 2 unidades y 30 plazas escolares.

Estudios de la familia profesional de Comercio y Marketing (COM):

  • Título profesional básico en Servicios comerciales (COM11): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Estudios de la familia profesional de Imagen Personal (IMP):

  • Título profesional básico en Peluquería y estética (IMP11): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Estudios de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):

  • Título profesional básico de Acceso y conservación de instalaciones deportivas (AFD11): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGM Técnico en Guía en el medio natural y tiempo libre (AFD21): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares (alternando los espacios de las dos unidades autorizadas).
  • CFGS Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva (AFD31): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares.
  • CFGS Técnico superior en Acondicionamiento físico (AFD32): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares.

* El programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento (PMAR de 2º y 3º de ESO) desapareció en aplicación de la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre. Estas unidades pasan a ser del Programa de diversificación curricular (PDC de 3º y PDC de 4º).

2. En fecha 6 de mayo de 2026, (GOIBE333695/2026), el representante de la entidad Societat Cooperativa d'Ensenyament Es Lledoner (F07746423), titular del centro CC Sant Alfons, registró una solicitud de cambio de denominación específica del centro, que pasaría a denominarse CC Es Lledoner.

Junto con la solicitud, se aportó el certificado de nombramiento del señor Antoni Mas Roig como presidente de la cooperativa y, en consecuencia, como representante legal de la entidad titular del centro.

3. En fecha 8 de mayo de 2026, la jefa del Servicio de Planificación Educativa emitió un informe favorable sobre el cambio de denominación específica del centro privado concertado de enseñanzas de régimen general (CC) Sant Alfons, que pasa a denominarse CC Es Lledoner.

4. En fecha 8 de mayo de 2026, la directora general de Planificación y Gestión Educativas propuso autorizar el cambio de denominación específica del centro privado concertado de enseñanzas de régimen general (CC) Sant Alfons, que pasa a denominarse CC Es Lledoner.

Fundamentos de derecho

1. El Estatuto de autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 1 de marzo), que establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

2. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).

3. La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).

4. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

5. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears, que establece en el artículo 102, punto 2, de Creación de centros que la creación, la supresión y la transformación de centros privados debe someterse a la autorización administrativa correspondiente. (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).

6. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria (BOE núm. 62, de 12 de marzo).

7. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril de autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general. (BOE núm.62, de 12 de marzo).

8. El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación professional (BOE núm. 174, de 22 de julio).

9. El Decreto 39/2025, de 1 de agosto, de ordenación de la formación profesional en las Islas Baleares (BOIB núm. 104, de 5 de agosto).

10. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91, de 14 de julio).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación y Gestión Educativas en fecha 8 de mayo de 2026, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar, con efectos del inicio del curso escolar 2026-2027, el cambio de denominación específica del centro privado concertado de enseñanzas de régimen general Sant Alfons, con código de centro 07001058, que pasa a denominarse Es Lledoner.

2. Determinar que, como consecuencia de esta modificación el centro queda configurado de la siguiente manera:

Código de centro: 07001058

Denominación genérica: centro privado concertado con enseñanzas de régimen general

Denominación específica: Es Lledoner

Titular: Sociedad Cooperativa de Enseñanza Es Lledoner (CIF: F07746423)

Domicilio del edificio de educación infantil: c/ Son Morei, núm. 8

Domicilio del edificio de educación primaria: c/ Zavellà, núm. 1

Domicilio del edificio de educación secundaria y formación profesional: c/ Bartomeu Amengual, s/n

Localidad: Felanitx

Municipio: Felanitx

CP: 07200

Enseñanzas autorizadas:

  • Educación infantil de primer ciclo: 4 unidades y 55 plazas escolares distribuidas de la manera siguiente:
  • Educación infantil de segundo ciclo: 6 unidades y 150 plazas escolares.
  • Educación primaria: 12 unidades y 300 plazas escolares.
  • Educación secundaria obligatoria: 8 unidades y 240 plazas escolares.
  • Programa de Diversificación Curricular (PDC): 2 unidades y 30 plazas escolares.

Estudios de la familia profesional de Comercio y Marketing (COM):

  • Título profesional básico en Servicios comerciales (COM11): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Estudios de la familia profesional de Imagen Personal (IMP):

  • Título profesional básico en Peluquería y estética (IMP11): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.

Estudios de la familia profesional de Actividades Físicas y Deportivas (AFD):

  • Título profesional básico de Acceso y conservación de instalaciones deportivas (AFD11): 1 unidad (2 grupos) y 40 plazas escolares.
  • CFGM Técnico en Guía en el Medio natural y tiempo libre (AFD21): 2 unidades (4 grupos) y 120 plazas escolares (alternando los espacios de las dos unidades autorizadas).
  • CFGS Técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva (AFD31): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares.
  • CFGS Técnico superior en acondicionamiento físico (AFD32): 1 unidad (2 grupos) y 60 plazas escolares.

3. Inscribir y actualizar esta modificación en el Registro estatal de centros docentes (RCD) del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y en el Registro autonómico de la Consejería de Educación y Universidades.

4. Comunicar al citado centro que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando deba modificarse cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución. En caso contrario, se revocará la autorización otorgada.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con el articulo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (12 de mayo de 2026)

El consejero de Educación y Universidades Antoni Vera Alemany