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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD

Núm. 344425
Resolución de la presidenta del Instituto Balear de la Juventud de corrección de errores advertidos en la Resolución de la presidenta del Instituto Balear de la Juventud de 9 de abril de 2026 por la que se aprueba la convocatoria de los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove para el año 2026 y se establecen sus bases generales y específicas

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Texto

En el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 49, de 16 de abril de 2026, se ha publicado la Resolución de la presidenta del Instituto Balear de la Juventud de 9 de abril de 2026 por la que se aprueba la convocatoria de los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove para el año 2026 y se establecen sus bases generales y específicas.

Se han observado unos errores en la publicación del Anexo 2. Bases específicas, en diferentes certámenes de la mencionada Resolución, unos en la versión catalana y otro error en la versión castellana.

Según el artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o disposición; la rectificación de errores debe especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan, y debe notificarse o publicarse preceptivamente cuando haga referencia a actos que hayan sido notificados o publicados.

El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Se ha comprobado que hubo un error de transcripción a la hora de redactar la convocatoria y es necesario corregir una fecha de un festival, unas fechas de celebración de semifinales y finales, así como un premio.

Por todo ello, dicto la siguiente:

Resolución

1. Corregir los errores advertidos en el sentido siguiente en la versión catalana del BOIB:

En el Anexo 2. Bases específicas, en el Certamen de Danza Contemporánea, en el punto 2. Premios,

donde dice:

Un primer premi en metàl·lic de 3.000,00 € (tres mil euros), i 3.000,00 € (tres mil euros) més en concepte de pagament per actuar a la Fira B! i al Festival Palma amb la Dansa de l'any 2026 o del 2027. 

Debe decir:

Un primer premi en metàl·lic de 3.000,00 € (tres mil euros), i 3.000,00 € (tres mil euros) més en concepte de pagament per actuar a la Fira B! i al Festival Palma amb la Dansa de l'any  2027

En el Anexo 2. Bases específicas, en el Certamen de Danza Contemporánea, en el punto 5. Selección y desarrollo en el cuarto párrafo,

donde dice:

La fase final ha de tenir lloc a Maó el 10 d'octubre de 2026.

Debe decir:

La fase final ha de tenir lloc a Palma el 30 d'octubre de 2026.

 

En el Anexo 2. Bases específicas, en el Certamen de Música para Jóvenes Intérpretes, Modalidad de grupos de Cámara, en el punto 5. Selección y desarrollo,

donde dice: 

La fase semifinal, si n'hi ha, ha de tenir lloc a Mallorca el 23 de juny de 2026. 

Debe decir: 

La fase semifinal, si n'hi ha, ha de tenir lloc a Mallorca el 26 de juny de 2026.  

2. Corregir los errores advertidos en el sentido siguiente en la versión castellana del BOIB:

En el Anexo 2. Bases específicas, en el Certamen de Diseño de Producto, en el punto 2. Premios (segundo apartado),

donde dice:

Se establece una dotación de 3.,00 € (tres mil euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado.

Debe decir:

Se establece una dotación de 3.000,00 € (tres mil euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado. 

3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en fecha de la firma electrónica (7 de mayo de 2026)

La presidenta del Instituto Balear de la Juventud Sandra Fernández Herranz