Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FUNDACIÓN DE ATENCIÓN Y SOPORTE A LA DEPENDENCIA Y PROMOCIÓN DE LA AUTONOMÍA PERSONAL DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 347175
Resolución de la gerente de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears por la que se anula la convocatoria del concurso de traslados voluntario para proveer tres plazas vacantes fijas
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1. En fecha 21 de marzo de 2026 se publicó en el BOIB la Resolución de la gerente de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears, de 18 de marzo de 2026, per la que se convoca un concurso de traslados voluntario para cubrir las siguientes plazas vacantes fijas:
- Una plaza de limpiador/a (código L0277000F).
- Una plaza de coordinador/a de trabajadores/as sociales para Servicio de Curatela y Apoyo (código L02720078).
- Una plaza de director/a de servicios residenciales para la Residencia y Centro de día Son Tugores (código L02710000W).
2. En el punto 4.2 del anexo I de la citada convocatoria se enumeran los requisitos para participar en el concurso. No obstante, en el punto 4.3 se añadió lo siguiente:
4.3. Los requisitos para participar en el concurso, según la situación de cada persona aspirante, son los siguientes:
a) En servicio activo con reserva de plaza: en esta situación se encuentra el personal fijo con nombramiento en la misma categoría a la que opta que esté trabajando con carácter definitivo o, que tenga reserva de plaza en esta categoría en algún servicio de la Fundación. Estas personas aspirantes deben haber obtenido la plaza como mínimo un año antes de que acabe el plazo para presentar solicitudes o, en caso de que haya obtenido plaza en uno de los procesos del Plan de Estabilización convocados en el año 2022 del personal de la Fundación.
3. El artículo 23 del Convenio Colectivo para el personal de la Fundación dispone que puede participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo todo el personal laboral fijo a tiempo completo y a jornada parcial, en situación de activo y en excedencia que tengan la misma categoría profesional que la vacante objeto del concurso, salvo los suspendidos por sanción, que no lo pueden hacer hasta que no se haya cumplido esta sanción.
Por tanto, en la convocatoria del concurso de traslados se añadió un requisito que no se contempla en el Convenio de aplicación, por lo que se debe suprimir. No obstante, en lugar de tener dicho requisito por no puesto se debe volver convocar el concurso ya que puede haber personas que no hayan participado porque no lo cumplían.
Fundamentos de derecho
1. Artículo 23 del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Fundación de Atención y Apoyo a la Dependencia y de Promoción de la Autonomía Personal de las Illes Balears (BOIB núm. 61, de 17 de mayo de 2018), relativo al concurso de provisión de puestos de trabajo (traslados) que dispone lo siguiente:
Pueden participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo todo el personal laboral fijo a tiempo completo y a jornada parcial, en situación de activo y en excedencia que tengan la misma categoría profesional que la vacante objeto del concurso, salvo de los suspendidos por sanción, que no lo pueden hacer hasta que no se cumpla esta sanción.
2. Apartado i) del artículo 29 de los Estatutos de la Fundación, aprobados por acuerdo del Patronato de 29 de julio de 2025 (BOIB núm. 107, de 12 de agosto de 2025), que dispone que le corresponde al gerente o la gerente, entre otras funciones, “Desarrollar la política de personal diseñada por el Patronato y, con esta finalidad, concertar o resolver relaciones laborales, seleccionar al personal laboral, acordar las sanciones y ejecutar las actuaciones que, en esta materia, le sean encomendadas”.
Por lo anterior, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero. Anular y dejar sin efecto la convocatoria del concurso de traslados voluntario per proveer tres plazas vacantes fijas aprobada por la resolución de esta Gerencia de 18 de marzo de 2026 y publicada en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 36, de 21 de marzo de 2026, per haber exigido un requisito no contemplado e el Convenio colectivo de aplicación.
Segundo. Disponer que se debe volver a convocar el concurso de traslados para cubrir los siguientes puestos de trabajo:
- Una plaza de limpiador/a (código L0277000F).
- Una plaza de coordinador/a de trabajadores/as sociales para Servicio de Curatela y Apoyo (código L02720078).
- Una plaza de director/a de servicios residenciales para la Residencia y Centro de día Son Tugores (código L02710000W).
Tercero. Notificar esta resolución a las personas interesadas y publicarla en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en la página web de la Fundación.
Palma, en la fecha de firma electrónica (11 de mayo de 2026)
La gerente Sira Fiz Vozmediano