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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SA POBLA

Núm. 345778
Constitución bolsa monitor de piscina

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Texto

Se hace saber, para el general conocimiento el Decreto núm. 2026-0820 de fecha 11/05/2026 (Exp.303/2026) conforme sigue:

Biel Ferragut Mir, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de sa Pobla, a la vista la propuesta del Tribunal calificador del proceso selectivo, mediante concurso, para la constitución de una bolsa de trabajo de monitor de piscina, personal laboral temporal, respecto a la relación definitiva de puntuaciones obtenidas por las personas que han participado, conforme orden de puntuación, dado lo que se dispone en la base octava de las bases reguladoras de proceso selectivo, dado, supletoriamente, lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento General de Ingreso del Personal en el Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y conforme a las competencias que me otorga el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO.- Aprobar la constitución de la bolsa de trabajo de monitor de piscina, personal laboral temporal, del Ayuntamiento de sa Pobla, conforme a los siguientes resultados y orden:

POSICIÓN

NOMBRE Y APELLIDOS

DNI

TOTAL

1

PERE MIQUEL SOLER CAPÓ

***1778**

6

SEGUNDO.- Publicar la presente resolución en el BOIB y en la sede electrónica con el ofrecimiento de recursos correspondientes.

TERCERO.- Proceder de conformidad con la base décima a las llamadas correspondientes entre las aspirantes antes relacionadas al objeto de efectuar las contrataciones correspondientes.

Contra este acuerdo que agota la vía administrativa se puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar des del siguiente al de la presente publicación, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo, ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar des del día siguiente a la presente publicación, de conformidad con el Artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. Si optase por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio que pueda interponerse cualquier otro recurso que pudiese estimar más conveniente a su derecho

 

Sa Pobla, documento firmado electrónicamente (11 de mayo de 2026)

El alcalde Biel Ferragut Mir