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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 345418
Resolución de la Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales de día 6 de mayo de 2026 de ampliación de 8 plazas de la concertación social del servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia, con la entidad Fundación Minyones

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Texto

Antecedentes

1. La Presidencia del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (en adelante IMAS) mediante Resolución núm. 24234 de 30 de diciembre de 2022, aprobó la convocatoria de la concertación social del Servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia, por un total de 202 plazas (BOIB núm. 2, de 5 de enero de 2023).

2. Mediante Resolución de la Presidencia del IMAS, núm. 3498 de día 22 de febrero de 2023 (BOIB núm. 25, de 25 de febrero de 2023) se adjudicaron las 202 plazas a concertar, conforme la distribución siguiente:

ENTIDAD

CIF

Núm. PLAZAS

AMARANTA

G84913946

12

GREC

G07267628

8

PADRE MONTALVO

G07138027

20

INTRESS

G08973224

16

ALDABA

G82453606

24

NATZARET

G07038714

34

TERCIARIAS TRINITARIA

R0700111H

40

AMÉS

G57320012

16

MINYONES

G07042013

24

DIAGRAMA

G73038457

8

TOTAL

202

3. Los días 22, 23 y 24 de febrero de 2023, se formalizaron las colaboraciones objeto de esta concertación mediante los correspondientes Acuerdos de acción concertada con las entidades adjudicatarias mencionadas.

4. Mediante Resolución de la Presidencia del IMAS, núm. 19369 de 29 de octubre de 2023, se ampliaron 8 plazas de la concertación social del servicio residencial básico para infancia y adolescencia con la entidad FUNDACIÓN ALDABA (BOIB núm. 160, de 23 de noviembre de 2023).

5. Por Resolución de la Presidencia del IMAS, núm. 9693 de 13 de mayo de 2024, se ampliaron 8 plazas más de la concertación social del servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia con la entidad FUNDACIÓN ALDABA (BOIB núm. 68, de 23 de mayo de 2024) .

6. Mediante Resolución de la Presidencia del IMAS núm. 3935, de 21 de febrero de 2025 se resolvió renovar la concertación social del servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia, por dos anualidades, con fecha de finalización el 28 de febrero de 2027 (BOIB núm. 26, de 27 de febrero de 2025).

7. Por Resolución de la Presidencia del IMAS, núm. 27871 de 10 de noviembre de 2025, rectificada por Resolución núm. 28175 de 12 de noviembre de 2025, se acuerda la actualización y fijación de precios de los servicios para personas menores de edad de la Dirección insular de Centros y Programas de Atención integral a la Infancia y Adolescencia, concertados por el IMAS, para los años 2025-2026 (BOIB núm. 157, de 27 de noviembre de 2025).

8. En fecha 5 de diciembre de 2025, la Presidencia del IMAS, dictó la Resolución núm. 30308, de revisión de precios de la concertación social del servicio de acogida residencial básica para infancia y adolescencia (BOIB núm. 166, de 18 de diciembre de 2025).

9. El 10 de marzo de 2026 emitió informe el Servicio de Autorizaciones, Registro e Inspección de Centros y Servicios Sociales en el que se indican las plazas acreditadas existentes en la isla, del Servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia.

En el citado informe, también se informa de la inexistencia de expediente sancionador en materia de servicios sociales por infracciones de las que constan en los artículos 128 y 129 de la Ley 4/2009, de Servicios Sociales de las Islas Baleares durante los últimos 24 meses, de ninguna de las entidades que tienen acreditado el servicio.

Dado el informe indicado y la Resolución de la Presidencia del IMAS, de día 22 de febrero de 2023 (BOIB núm. 25, de 25 de febrero de 2023), se extrae que sólo las entidades GRUPO DE EDUCADORES DE CALLE Y TRABAJO (GREC) , FUNDACIÓN ALDABA y FUNDACIÓN MINYONES tienen plazas acreditadas y disponibles para atender a usuarios del Servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia.

10. Realizado el preceptivo trámite de audiencia a ambas entidades , la entidad GREC y ALDABA han manifestado no estar interesadas y la entidad MINYONES ha manifestado su conformidad a la ampliación de plazas en la concertación.

11. El 16 de marzo de 2026, la jefa de Servicio de Acogidas Residenciales, con el visto bueno de la directora insular de Centros y Programas de Atención Integral a la Infancia y Adolescencia emitió informe relativo a la necesidad de ampliar 8 plazas la concertación social del Servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia con la entidad FUNDACIÓN MINYONES, complementado con el informe de fecha 27 de marzo de 2026, donde se recogen los trámites indicados en los fundamentos anteriores.

12. Dado que el gasto tiene carácter plurianual, el Servicio de Contabilidad y Presupuestos emitió Informe de autorización al gasto en fecha de 27 de abril de 2026.

13. En fecha de 30 de abril de 2026, la jefa de Servicio de Acogidas Residenciales, con el visto bueno de la directora insular de Centros y Programas de Atención Integral a la Infancia y Adolescencia ha informado, solicitando la modificación de la fecha prevista para el inicio de la ampliación .

Por tanto la vigencia de esta ampliación de plazas se prevé desde el 15 de mayo de 2026, hasta la finalización de la concertación social del social del Servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia en fecha de 28 de febrero de 2027, con un gasto máximo total de 456.738,40 €, con cargo a la partida presupuestaria 20.23120.260000.

14. El Servicio Jurídico-Administrativo y la Intervención Delegada han emitido sendos informes favorables al aumento de plazas del servicio mencionado a favor de la entidad FUNDACIÓN MINYONES.

Fundamentos de derecho

En cuanto a la competencia,

1. El órgano competente para aprobar esta resolución es la Presidencia del IMAS, de acuerdo con el artículo 7.2.28 de los Estatutos del IMAS (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019).

En cuanto al fondo,

2. La Ley 4/2009, de 11 de junio, de Servicios Sociales de las Islas Baleares(BOIB núm. 89, de 18 de junio de 2009).

3. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 146 de 22 de noviembre de 2018).

4. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el que se establecen los principios generales a los que deben someterse los conciertos sociales.

5. Resolución de la Presidencia del IMAS, núm. 24234, de 30 de diciembre de 2022, de aprobación de la convocatoria por el procedimiento ordinario de la concertación social del Servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia (BOIB núm. 2, de 5 de enero de 2023).

6. Los Pliegos de prescripciones técnicas que rigen la concertación social del Servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia (CSV:K9AA RLU7 9XHT RZWT VMAD).

7. Resolución de la Presidencia del IMAS, núm. 3498, de día 22 de febrero de 2023, de adjudicación de la concertación social del Servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia (BOIB núm. 25, de 25 de febrero de 2023).

8. Acuerdo de acción concertada, de día 22 de febrero de 2023, formalizado con la entidad FUNDACIÓ MINYONES.

9. Resolución de la Presidencia del IMAS núm. 3935, de 21 de febrero de 2025 para la renovación de la concertación social del servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia, por dos anualidades, con fecha de finalización el 28 de febrero de 2027 (BOIB núm. 26, de 27 de febrero de 2025).

10. Resolución de la Presidencia del IMAS, núm. 27871 de 10 de noviembre de 2025, rectificada por Resolución núm. 28175 de 12 de noviembre de 2025, se acuerda la actualización y fijación de precios de los servicios para personas menores de edad de la Dirección insular de Centros y Programas de Atención integral a la Infancia y Adolescencia, concertados por el IMAS, para los años 2025-2026 (BOIB núm. 157, de 27 de noviembre de 2025).

11.Resolución núm. 30308 de la Presidencia del IMAS de 5 de diciembre de 2025 de revisión de precios de la concertación social del servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia (BOIB núm. 166, de 18 de diciembre de 2025).

En cuanto al procedimiento,

12. La Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 146 de 22 de noviembre de 2018).

13. El Decreto 48/2017, de 27 de octubre, por el que se establecen los principios generales a los que deben someterse los conciertos sociales.

14. El artículo 214 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y considerando el acuerdo de aprobación del régimen de fiscalización e intervención limitada previa de requisitos básicos y toma de razón en ingresos del Consell Insular de Mallorca y de las entidades de su sector público sujetas a función interventora de fecha 12 de diciembre de 2019, el expediente ha sido sometido a la Intervención delegada del IMAS para la emisión del preceptivo informe de fiscalización previa ( BOE núm. 59 de 9 de marzo de 2004).

En virtud de la competencia atribuida legalmente,

RESUELVO

Primero. APROBAR la ampliación de 8 plazas de la concertación social del Servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia con la entidad FUNDACIÓN MINYONES, desde 15 de mayo de 2026 hasta la finalización de la concertación social.

Segundo. AUTORIZAR Y DISPONER un importe total máximo de 456.738,40€ con cargo a la partida presupuestaria 20.23120.26000, a razón del aumento de plazas del Servicio de acogida residencial básico para infancia y adolescencia, con la siguiente distribución:

ENTIDAD

F. MINYONES

CIF

G07042013

NÚM. PLAZAS

8

IMPORTES

IMPORTE 2026

15/05/2026-30/11/2026

(196,87 €/día)

IMPORTE 2027

01/12/2026-28/02/2027

(196,87 €/día)

TOTAL ENTIDAD

314.992,00 €

141.746,40 €

456.738,40 €

La ejecución de los gastos correspondientes al ejercicio de 2027 está condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gasto del mismo.

Tercero. NOTIFICAR esta resolución a la entidad FUNDACIÓN MINYONES.

Cuarto. COMUNICAR el contenido de esta Resolución a la Dirección Insular de Centros y Programas de Atención Integral a la Infancia y Adolescencia, al Servicio de Gestión Económica y al Servicio de Presupuestos y Contabilidad.

Quinto. PUBLICAR esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, en el Tablón de anuncios del IMAS, en el Diari Oficial de la Unió Europea y la Sede electrónica del Consell de Mallorca

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del IMAS aprobados por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019), recurso de alzada ante el Consell Executiu del Consell Insular de Mallorca, dentro del plazo de un mes, contador a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución.

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del citado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, puede ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

(Firmado electrónicamente: 7 de mayo de 2026

El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre)