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AYUNTAMIENTO DE FERRERIES
Núm. 344648
Extracto del Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Ferreries en sesión extraordinaria de 16 de abril de 2026, punto 7 del orden del día, por cual se aprueban las bases y la convocatoria para la concesión de ayudas a las entidades deportivas sin ánimo de lucro del municipio de Ferreries para el desarrollo de actividades deportivas durante el año 2026 (expediente E0559-2026-000001)
Versión PDF
De conformidad con el que prevén los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria el texto completo de la cual se puede consultar a la base de datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/903999)
Objeto
El objeto de esta convocatoria es colaborar con las entidades y asociaciones que desarrollan actividades de carácter deportivo en el municipio o que lleven a cabo programas o actuaciones que beneficien los vecinos de Ferreries durante la *temporada deportiva 2025-2026
Beneficiarias
Entidades del ámbito deportivo sin ánimo de lucro, legalmente constituidas, que cumplan los requisitos determinados en el artículo 4 de las bases reguladoras.
Quedan expresamente excluidas:
a) Las entidades con finalidad lucrativa, en particular todas las sociedades mercantiles y civiles.
b) Las cooperativas.
c) Las entidades políticas o sindicales.
Criterios en la concesión de las ayudas
Las solicitudes serán valoradas de acuerdo con la orden de prioridad y los criterios contenidos en el artículo 7 de las bases reguladoras.
Consignación presupuestaria
Importe máximo de 10.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 341.48200 del Presupuesto general para el año 2026.
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de participación será a partir del día siguiente a la publicación al *BOIB de la presente convocatoria y hasta el día 31 de julio de 2026.
Las solicitudes se tienen que presentar junto con la justificación mediante la correspondiente presentación telemática, de conformidad y al amparo de aquello establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. No se aceptará ninguna justificación presentada fuera de plazo.
Forma de concesión del ayudas
El procedimiento de concesión de las ayudas será por concurrencia competitiva.”
Lo cual se publica para conocimiento general.
Ferreries, en la fecha de la firma electrónica (8 de mayo de 2026) El alcalde Pedro Pons Huguet