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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 343742
Resolución de la directora general de Tesorería, Política Financiera y Patrimonio, por la cual se acuerda la desadscripción a la Consejería de Economía, Hacienda e innovación de los vehículos Hyundai con matrícula 4540 JHM, Ford matrícula con 4693 HDB, Renault con matrícula 4853 CZV, Citroën con matrícula 5079 GHC y Suzuki con matrícula 6377 GPR y la adscripción a favor de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (IB Digital)

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Texto

Antecedentes

1. El 10 de abril de 2026 tuvo entrada en la Dirección General de Tesorería, Política Financiera y Patrimonio (VALIB n.º 472115) un oficio del director gerente de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (IB Digital), mediante el cual se solicita la adscripción de los vehículos Hyundai con matrícula 4540 JHM, Ford con matrícula 4693 HDB, Renault con matrícula 4853 CZV, Citroën con matrícula 5079 GHC y Suzuki con matrícula 6377 GPR, los cuales ya se usaban de forma oficiosa, antes del 1 de enero 2026 por el cumplimiento de las tareas del Servicio de Innovación.

2. El artículo 24.2.a) del Decreto 63/2025, de 19 de diciembre, por el cual se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (IB Digital) establece que el patrimonio de la Agencia se compone, entre otros, por los bienes y derechos que le adscriba la Administración de la Comunidad de les Illes Balears (al ser de su titularidad) o que le ceda cualquier persona jurídica y se adscriban a la Agencia.

3. El 17 de abril 2026 la directora general de Tesorería, Política Financiera y Patrimonio dio traslado de un oficio a la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (VALIB n.º 473887), al tener los vehículos adscritos, para que se pronunciara sobre la necesidad actual por el cumplimiento de sus finalidades competenciales, de acuerdo con el artículo 29.1 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

4. El 10 de abril de 2026 tuvo entrada en la Dirección General de Tesorería Política Financiera y Patrimonio un oficio de la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e innovación (VALIB n.º 472115) en el cual manifiesta su conformidad en la adscripción de los vehículos a favor del IB Digital para el cumplimiento de las tareas del Servicio de Innovación.

5. Los datos de los vehículos son:

Marca

Modelo

Matrícula

Núm. Bastidor

Activo fijo Inventario

Hyundai

I10

4540JHM

NLHA751AAGZ1

100000013559

Ford

TOURNEO

4693HDB

WFOKXXTTPKB

100000011452

Renault

CLIO

4853CZV

VF1CB2DEF3206

100000001676

Citroën

N JUMPY

5079GHC

VFXS9HUC6416

100000006785

Suzuki

SX4

6377GPR

TS19EY1361S002

100000009162

6. El 4 de mayo de 2026, el Servicio de Patrimonio emitió un informe favorable sobre el expediente de referencia.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 24 y 88. c) de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB n.º 49, de 24 de abril).

2. Los artículos 28, 29, 154 y 156, incluidos en el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB núm.192, de 24 de diciembre).

3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de les Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de les Illes Balears (BOIB n.º 89, de 12 de julio de 2025).

4. El Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el cual se dispone el nombramiento de altos cargos de la Consejería de Economía, Hacienda e innovación (BOIB n.º 103/2023, de 22 de julio).

5. El Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de les Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB n.º 89/2025, de 12 de julio).

6. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de les Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears (BOIB n.º 91/2025, de 14 de julio).

7. El artículo 24.2.a) del Decreto 63/2025, de 19 de diciembre, por el cual se aprueban los Estatutos de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Acordar la desadscripción a la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación y la adscripción a favor de la Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (IB Digital) para el cumplimiento de sus tareas competenciales, de los vehículos con las características siguientes:

Marca

Modelo

Matrícula

Núm. Bastidor

Activo fijo Inventario

Hyundai

I10

4540JHM

NLHA751AAGZ1

100000013559

Ford

TOURNEO

4693HDB

WFOKXXTTPKB

100000011452

Renault

CLIO

4853CZV

VF1CB2DEF3206

100000001676

Citroën

N JUMPY

5079GHC

VFXS9HUC6416

100000006785

Suzuki

SX4

6377GPR

TS19EY1361S002

100000009162

2. Por la naturaleza de la adscripción, queda expresamente prohibido llevar a cabo cualquier acto de disposición, cesión, arrendamiento, subarriendo o cualquier otro acto de naturaleza análoga restrictivo del dominio y la posesión.

3. La adscripción atribuye al organismo autónomo beneficiario las facultades de uso, gestión y administración vinculadas al ejercicio de una finalidad competencial concreta, sin alterar la titularidad, la calificación o el régimen jurídico de los bienes y derechos adscritos.

4. La Agencia Balear de Digitalización, Ciberseguridad y Telecomunicaciones (IB Digital) tiene que satisfacer los gastos de mantenimiento, conservación y cualquier otro gasto que dimane de la titularidad y del disfrute del bien o del derecho cedido, así como los tributos y las prestaciones patrimoniales públicas de cualquier naturaleza que lo graben.

5. Notificar esta resolución a las partes interesadas.

6. Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de les Illes Balears.

7. Anotar el contenido de esta resolución en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e innovación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente a la publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.

 

(Firmado electrónicamente: 6 de mayo de 2026)

La directora general de Tesorería, Política Financiera y Patrimonio Susana Fátima Pérez Sánchez