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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 343612
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 8 de mayo de 2026 por el que se autoriza la ocupación urgente de los terrenos afectados por la expropiación que ejecuta el Ayuntamiento de Sant Lluís correspondiente a la ampliación y mejora de la EDAR de Sant Lluís

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Texto

El 22 de abril de 2026 (GOIBE 299364/2026) tuvo entrada en la Consejería de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local un oficio del Ayuntamiento de Sant Lluís en relación con la declaración de ocupación urgente de los terrenos afectados para la ampliación y mejora de la EDAR de Sant Lluís, en el que se manifiesta, en síntesis, lo siguiente:

De acuerdo con el artículo 52 de la Ley 43/1954, de 16 de diciembre, de expropiación forzosa, adjunto le envío la documentación que se indica a continuación y se solicita, con carácter previo a la ocupación, que el Consejo de Gobierno declare la urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación:

  • Un ejemplar del proyecto eléctrico
  • Adenda de expropiaciones
  • Extracto del BOIB con relación a la declaración de inversión de interés autonómico, utilidad pública de expropiación forzosa y de interés general
  • Informe acreditativo de la urgencia
  • Informe de valoración de la expropiación
  • Certificado del Pleno de día 29.10.2025 de aprobación inicial
  • Relación de bienes y derechos afectados
  • Retención de crédito
  • BOIB n.º 158, de 29.11.2025
  • Diari Menorca de día 29.11.2025
  • BOE n.º 289, de 02.12.2025
  • Alegaciones presentadas
  • Requerimiento municipal
  • Respuesta al requerimiento, adjuntando testamento
  • Oficio Banca March
  • Notificación a Francisco P. Cardona
  • Notificación a Federico F. Cardona
  • Notificación a Catalina M. Cardona
  • Notificación a Águeda M. Cardona
  • Alegaciones a las notificaciones
  • Informe de secretaría en relación a las alegaciones
  • Certificado del Pleno de día 26.03.2026. Aprobación definitiva
  • Anexo Relación de bienes y derechos afectados
  • BOIB n.º 49, de 16.04.2026
  • Diari Menorca de 20.04.2026
  • Notificación a Águeda Cardona
  • Notificación a Federico, Francisco y Catalina

Entre la documentación presentada cabe destacar, a los efectos del procedimiento:

— El certificado del acta de la sesión ordinaria del Pleno de día 26 de marzo de 2026, en el que se adopta el siguiente acuerdo:

Tercero. Aprobar definitivamente la relación de bienes y derechos que se acompañan como anexo I y que se indican a continuación y que resultarán afectados por la expropiación permanente, imposición de servidumbre y ocupación temporal de los terrenos delimitados en el proyecto de ampliación y mejora del Edar de Sant Lluís y proyecto eléctrico de acometida MT, obra declarada de utilidad pública y de interés general por la Disposición Adicional undécima de la Ley 12/2023, de 29 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2024, así como reafirmar su necesidad de empleo.

 

Finca n.º 1

Datos catastrales: Polígono 4, parcela 424

Titular según catastro: Herederos de Francisca Orfila Orfila

Datos registrales: finca 1565-Sant Lluís, Tomo 1842, libro 164, folio 94

Titular según registro: Francisca Orfila Orfila

Dado el óbito de la titular afectada, consta en el expediente el nombre de «Herederos de Francisca Orfila Orfila» (Federico, Francisco, Águeda y Catalina Cardona Orfila) Sin haberse acreditado registralmente tal condición.

Delimitación y ubicación: delimitada en los planos de los proyectos.

Cuarto. Remitir al Gobierno de las Illes Balears la solicitud de la declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos afectados por el proyecto denominado ampliación y mejora del Edar de Sant Lluís

— El informe acreditativo de la urgencia. Este informe señala, entre otros puntos:

Necesidad de ocupación inmediata: La ejecución de la obra requiere la disponibilidad inmediata del terreno, al tratarse de un tramo crítico de la línea, lo que justifica la aplicación del procedimiento de urgencia, por las siguientes razones:

Coordinación con otras infraestructuras existentes y necesidades técnicas de replanteo sobre el terreno.

Inicio inminente de obras de construcción de la línea, conforme a los plazos previstos por la administración autonómica.

Riesgo de interrupciones del suministro si no se ejecuta la obra en plazo, en zonas que podrían verse afectadas por sobrecargas o falta de suministro en la red existente.

A la vista de las consideraciones anteriores queda acreditada y justificada por lo tanto la idoneidad del bien propuesto, ya que los terrenos objeto de adquisición vienen determinados por ser el único espacio disponible dadas las determinaciones del proyecto técnico de ampliación y mejora de la EDAR de Sant Lluís y la ejecución del proyecto es del todo necesaria para resolver las carencias de la actual EDAR, tal y como se ha detallado en las consideraciones anteriores, siendo urgente que el Ayuntamiento ponga a disposición todos los terrenos necesarios de acuerdo con las cláusulas estipuladas en el convenio suscrito en su día.

— La relación de bienes y derechos afectados por el proyecto de ampliación y mejora de tratamiento de la depuradora de Sant Lluís:

Finca n.º 1

Datos catastrales: Polígono 4, parcela 424

Referencia catastral: 07052A004004240000JI

Titular según catastro: Herederos de Francisca Orfila Orfila

Datos registrales: finca 1565-Sant Lluís, Tomo 1842, libro 164, folio 94

Titular según registro: Francisca Orfila Orfila

Dado el óbito de la titular afectada, consta en el expediente el nombre de «Herederos de Francisca Orfila Orfila»

Sin haberse acreditado registralmente tal condición.

Delimitación y ubicación: delimitada en los planos de los proyectos

Superficies

Superficie catastral total 164.784 m²

Expropiación permanente 25 m²

Imposición de servidumbre 7,10 m²

Ocupación temporal 39,97 m²

Total m2 72,07 m²

— El informe de la secretaria en relación con las alegaciones presentadas.

— El documento de retención de crédito (RC).

El 27 de abril de 2026, una vez examinado el expediente del Consejo Insular de Menorca, la Dirección General de Coordinación y Cooperación Local emitió un informe jurídico. En este informe concluye lo siguiente:

El riesgo de interrupciones del suministro en zonas que podrían verse afectadas por sobrecargas o falta de suministro en la red existente, se considera una motivación suficiente que justifica la utilización del procedimiento excepcional del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

Por todo ello, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la consejera de Presidencia, Coordinación de la Acción de Gobierno y Cooperación Local, en la sesión de 8 de mayo de 2026, adoptó entre otros el siguiente Acuerdo:

 

​​​​​​​Primero. Declarar la ocupación urgente de los terrenos afectados por la expropiación que ejecuta el Ayuntamiento de Sant Lluís correspondiente a la ampliación y mejora de la EDAR de Sant Lluís. Los bienes y derechos afectados por la declaración de ocupación urgente se enumeran, de forma individualizada y con la indicación de los titulares, en el anexo 1 de este acuerdo.

Segundo. Fundamentar la urgencia en la documentación presentada por el Ayuntamiento de Sant Lluís, recogida en el informe jurídico de la Dirección General de Coordinación y Cooperación Local de 27 de abril de 2026, en el que se considera procedente la declaración de urgencia del Consejo de Gobierno dado el riesgo de interrupciones del suministro en zonas que podrían verse afectadas por sobrecargas o falta de suministro en la red existente.

Tercero. Hacer constar que se han presentado alegaciones durante el periodo de información pública al que se ha sometido la relación de bienes y derechos afectados por la expropiación. Estas alegaciones han sido desestimadas por el Ayuntamiento de Sant Lluís en un escrito de fecha 14 de abril de 2026.

Cuarto. Hacer constar que el Ayuntamiento de Sant Lluís dispone de crédito adecuado y suficiente para atender los gastos derivados de la expropiación.

Quinto. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Sexto. Notificar a las personas que constan como interesadas en el expediente que, contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, puede interponerse un recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes contador desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También puede interponerse directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación del Acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (8 de mayo de 2026)

La secretaria del Consejo de Gobierno

Antònia Maria Estarellas Torrens

 

 

La presidenta

Margarita Prohens Rigo

 

ANEXO 1

Lista concreta e individualizada de los bienes, derechos y personas afectados por la expropiación correspondiente a la ampliación y mejora de la EDAR de Sant Lluís

Finca n.º 1

Datos catastrales: polígono 4, parcela 424

Referencia catastral: 07052A004004240000JI

Titular según el catastro: herederos de Francisca Orfila Orfila

Datos registrales: finca 1565 – Sant Lluís, tomo 1842, libro 164, folio 94

Titular según registro: Francisca Orfila Orfila

Dado el óbito de la titular afectada, en el expediente consta el nombre de «herederos de Francisca Orfila Orfila» (Federico, Francisco, Águeda y Catalina Cardona Orfila)

No se ha acreditado registralmente esta condición.

Delimitación y ubicación: delimitada en los planos de los proyectos

Superficies

  • Superficie catastral total 164.784 m2
  • Expropiación permanente 25 m2
  • Imposición de servidumbre 7,10 m²
  • Ocupación temporal 39,97 m2
  • Total m2 72,07 m2

Situación jurídica (servidumbres, cargas y gravámenes):

  • Servidumbre de paso, por razón de procedencia, a favor del cercado situado en el predio de Biniancollet, según la inscripción 1ª de la finca 1294.
  • Hipoteca a favor de la Banca March, SA.
  • Hipoteca a favor de la Banca March, SA.
  • Servidumbre perpetua de saca de agua con las servidumbres accesorias de paso y acueducto, paso de tuberías y mantenimiento de las instalaciones a favor de la finca 7.775, en el folio 216 del tomo 1.758.​​​​​​​