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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 340436
Corrección de errores advertidos en la Resolución de la directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer, del Servicio de Salud de las Islas Baleares, por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de supervisor/ supervisora de unidad de Hospitalización 4B

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Texto

Antecedentes  

1. Mediante la Resolución de la directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer publicada en el BOIB núm. 55, de 30 de abril, por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de supervisor/ supervisora de unidad de Hospitalización 4B

2. Se han advertido los errores indicados en el Anexo I, los cuales se proceden a rectificar mediante la presente resolución.

Fundamentos de derecho:

1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 

2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar los errores observados en la Resolución de la directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer publicada en el BOIB núm. 55, de 30 de abril, por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de supervisor/ supervisora de unidad de Hospitalización 4B

2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

3. Las personas candidatas disponen de un nuevo plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta corrección de errores en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

ANEXO I Corrección de errores

En el apartado 3.1.b) Requisitos generales de los aspirantes

Donde dice: 

b) Tener un nombramiento de personal estatutario fijo o funcionario de carrera […]

Asimismo, puede optar a participar en este proceso de selección el personal estatutario temporal que cumpla los requisitos que determina la convocatoria, pero la selección de este personal dependerá de la ausencia de personal fijo seleccionable.

Debe decir: 

b) Tener un nombramiento de personal estatutario fijo, […] 

Asimismo, puede optar a participar en este proceso de selección el personal estatutario interino en vacante, y por un periodo máximo de un año.

 

En el apartado 3.2.a) Requisitos específicos

Donde dice: 

a) Tener la condición de personal estatutario, funcionario o laboral sanitario, con nombramiento fijo, del subgrupo A2, […] 

Debe decir:

a) Tener la condición de personal estatutario, con nombramiento fijo, del subgrupo A2. 

Así mismo, en caso de participar personal estatutario interino en plaza vacante, deberá cumplir los requisitos establecidos en este apartado.

Eliminar el apartado 6.4 Méritos para la evaluación curricular

6.4 El personal directivo no puede formar parte de las comisiones de valoración, de conformidad con la nota interna del director general del Servicio de Salud de 29 de febrero de 2024.

En el punto 7. Resolución de la convocatoria, añadir el punto:

7.6 En caso de participar personal estatutario interino en vacante, estas listas provisionales de admitidos y excluidos se desglosarán en una lista preferente, para el personal fijo, y otra subsidiaria, para el personal interino en vacante, puesto que la selección de este personal dependerá de la ausencia de personal fijo seleccionable. 

En el punto 8. Efectos del nombramiento:

Donde dice:

a) Si tiene la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares con plaza en el mismo centro, ocupará el puesto de trabajo como personal estatutario fijo de su categoría en el mismo centro.

b) Si tiene la condición de funcionario de carrera con plaza fija en otra administración pública, pasará a ocupar directamente el puesto de trabajo en el centro de destino y quedará en la situación administrativa que le corresponda según la legislación aplicable.

En el apartado 

Debe decir:

a) Si tiene la condición de personal estatutario fijo del Servicio de Salud de las Islas Baleares con plaza en el mismo centro, ocupará el puesto de trabajo como personal estatutario fijo de su categoría en el mismo centro.

b) Si tiene la condición de personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares con plaza en otro centro, ocupará directamente el puesto de trabajo en el centro de destino y quedará en la situación de reserva respecto a su plaza estatutaria.    

c) Si tiene la condición de personal estatutario de otro servicio de salud, ocupará directamente el puesto de trabajo en el centro de destino y quedará en la situación administrativa que le corresponda según la legislación aplicable.

En el punto 9. Cese:

Donde dice:

a) De conformidad con la disposición adicional segunda del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022 por el que se regula el sistema de provisión de puestos de trabajo del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud de las Islas Baleares (ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de mayo de 2022 publicado en el BOIB núm. 70, de 31/05/2022), las causas de cese serán las que establece el artículo 16.3.

Debe decir:

a) De igual modo, según lo dispuesto en el punto 16.1. f) del Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 13 de mayo de 2022, cuando la persona adjudicataria tenga la condición de personal interino en vacante, el nombramiento será por un período de un año, siendo su cese de carácter automático, sin perjuicio de que pueda producirse antes por extinción del nombramiento interino, como dispone la letra g) del precepto indicado. 

 

(Firmado elecrónicamente: 8 de mayo de 2026)

La directora gerente del Hospital Universitario Son Llàtzer Por delegación de la consejera de Salud (BOIB núm. 94, de 17/07/2025)