Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 331530
Bases específicas que regirán las pruebas selectivas para la selección y la provisión definitiva de una plaza de maestro/maestre de educación infantil, correspondiente a la oferta de ocupación pública del año 2024, por el turno libre, mediante el sistema de concurso oposición
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En reunión ordinaria de fecha 19 de febrero de 2026 del Consejo Ejecutivo del Consell Insular d'Eivissa se acordó:
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SEGUNDO. APROBAR las bases específicas reguladoras de la convocatoria del proceso selectivo para cubrir las plazas de operario/aria de oficios múltiples, de oficial de oficios múltiples, de ayudante/ayudanta de cocina, de camarero/a limpiador/a, de monitor/a socorrista, de ingeniero/a industrial y de maestro/a de educación infantil vacantes de personal funcionario y personal laboral del Consejo Insular de Ibiza, por el sistema de concurso oposición, y sus anexos que constan dentro de las ofertas de ocupación pública de los años 2023, 2024 y 2025, reproducidas en el informe jurídico de fecha 6 de febrero con CSV núm. 16340665273050051056.
TERCERO. CONVOCAR las pruebas selectivas para la provisión de las plazas vacantes que se detallan en las bases anteriormente mencionadas.
CUARTO. PUBLICAR el texto íntegro de las bases específicas y sus anexos y la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y ambas en la Sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es) en el catálogo de trámites Convocatorias y bolsa de empleo. La fecha de publicación al BOE servirá para el cómputo del plazo de presentación de solicitudes.
Bases específicas que regirán las pruebas selectivas para la selección y la provisión definitiva de una plaza de maestro/maestre de educación infantil, correspondiente a la oferta de ocupación pública del año 2024, por el turno libre, mediante el sistema de concurso oposición
1. Objeto y normas generales
1.1. El objeto de esta convocatoria es cubrir, por turno libre y mediante el sistema de concurso oposición, una plaza de maestro/maestra de educación infantil, vacante en la plantilla de personal laboral, grupo A, subgrupo A2, dotada presupuestariamente, correspondiente a la Oferta de Ocupación Pública del año 2024 (Boletín Oficial de las Islas Baleares -BOIB- núm. 101, de 1 de agosto de 2024).
1.2. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de concurso-oposición, y constará de una fase de oposición y de una fase de concurso, con el temario y la valoración de méritos que constan en los anexos de estas bases específicas.
1.3. La fecha, el día, la hora de inicio y el lugar de celebración de la primera prueba se publicará en el BOIB y en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa.
2. Normativa de aplicación
Esta convocatoria se rige por las bases generales que regulan los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal laboral del Consell Insular d'Eivissa, publicadas en el BOIB núm. 173 de fecha 18 de diciembre de 2021 modificaciones publicadas en el BOIB núm. 130, de fecha 21 de septiembre de 2023 y en el BOIB núm. 49, de fecha 22 de abril de 2025.
3. Transparencia y protección de datos personales
3.1. A lo largo del proceso selectivo, se publicará en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa, seu.conselldeivissa.es, toda la información relacionada con los diferentes aspectos del desarrollo de este proceso.
3.2. Las personas que, por motivo de violencia de género, necesiten proteger su identidad pública, tienen que indicar en la solicitud que desean anonimizar sus datos, para lo cual tienen que presentar, en el momento de hacer la inscripción, la documentación que establece el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género, modificada por el Real decreto ley 9/2018, de 3 de agosto, de medidas urgentes para el despliegue del Pacto de Estado contra la violencia de género.
3.3. La participación de las personas interesadas en los procesos selectivos implica la autorización a tratar los datos de carácter personal recogidas en la solicitud y en la tramitación del proceso selectivo, así como a publicar en los boletines oficiales, tablones de anuncios, sede electrónica y, en general, en cualquier medio que se utilice para comunicar los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo, conformemente con las previsiones establecidas en el artículo 8 y la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, dado que los procedimientos selectivos están regidos por el principio de publicidad.
4. Requisitos de las personas aspirantes
Para ser admitidas a la realización de este proceso selectivo, las persones aspirantes tienen que cumplir, además de los que se prevén en las bases generales, los siguientes requisitos:
a) Estar en posesión o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes del título universitario de grado en educación infantil o equivalente.
En el supuesto de invocar título equivalente al exigido, tendrá que acompañarse certificado expedido por la autoridad competente en materia educativa que acredite la equivalencia.
En el caso de titulaciones obtenidas al extranjero se tendrá que acreditar que se está en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, si se tercia, la homologación del título.
b) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por tráfico de seres humanos. A tal efecto, la persona interesada que pretenda el acceso a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, tendrá que acreditar esta circunstancia, bien mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales, bien autorizando el personal del Servicio de Recursos Humanos del Consell Insular d'Eivissa para que solicite y recaude del Registro Central de delincuentes sexuales, en su nombre, la información requerida.
c) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escalera de funcionario, en el supuesto de que hubieran sido separadas o inhabilitadas. En el caso de nacionales de otro estado, no encontrarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivaliendo que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a una ocupación pública.
d) Tener las capacidades y las aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para ejercer las funciones de la plaza a proveer.
e) Acreditar el requisito de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel B2 (nivel avanzado) o superior, de conformidad con el Decreto 11/2017, de 27 de marzo, de exigencia de los conocimientos de la lengua catalana en los procedimientos selecticos de acceso a la función pública para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Acreditar la capacitación que habilite para impartir docencia de y en lengua catalana, mediante el FOLC (Plan de Formación Lingüística y Cultural) o el certificado de capacitación equivalente que corresponda.
Los conocimientos de lengua catalana se tienen que acreditar mediante la aportación de un certificado correspondiente a un nivel igual o superior al que exige el Decreto 11/2017, expedido o reconocido como equivalente o que esté homologado por la Dirección General de Política Lingüística, o bien expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.
Los estudios de lengua catalana de la ESO y del bachillerato se pueden homologar con los certificados oficiales de conocimientos de lengua catalana A2, B1, B2 y C1 de la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares.
Se aceptará la homologación de los certificados de catalán siempre que se haya realizado antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
Los certificados obtenidos en Cataluña y en la Comunidad Valenciana y los estudios de ESO o bachillerato realizados en aquellas comunidades autónomas no son directamente válidos y se tiene que solicitar la homologación correspondiente a la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares.
f) Acompañar a la solicitud para tomar parte en el proceso selectivo el justificante original de haber satisfecho los derechos de examen de 24,04€ por participación en el procedimiento de selección.
De acuerdo con el artículo 8 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos del Consell Insular d'Eivissa, publicada en el BOIB núm. 106, de 11 de agosto de 2022, las bonificaciones aplicables a las tarifas por la participación en procedimientos de selección son las siguientes:
- Personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, un 50%
- Personas que figuren como demandantes de empleo, un 50%
- Miembros de familia numerosa general, un 50%
- Miembros de familia numerosa especial, un 75%
Se tendrá que presentar junto con la solicitud la documentación que lo acredite.
Los requisitos exigidos en las bases generales y en estas bases específicas se tienen que tener el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y disfrutar durante todo el proceso selectivo.
En caso de falsedad o manipulación en algún documento, decaerá el derecho a participar en el proceso selectivo.
5. Solicitudes
Las personas aspirantes que quieran tomar parte en el proceso selectivo tendrán que incribirse telemáticamente en la sede electrónica del Consell Insular d'Eivissa (seu.conselldeivissa.es/convocatorias y bolsas de empleo) dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y se tienen que dirigir a la Presidencia del Consell Insular d'Eivissa. Si el último día de presentación recayera en sábado o festivo, el plazo se entenderá ampliado hasta el primer día hábil siguiente.
También pueden presentarse por las otras formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La documentación acreditativa de los méritos a valorar en la fase de concurso solo la tienen que aportar las personas aspirantes que superen la fase de oposición. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En caso de que sean necesarias adaptaciones para la realización de las pruebas tienen que indicarlo en la solicitud y tienen que adjuntar el informe de aptitud y/o adaptación emitido por la Dirección General de Atención a la Dependencia de la Consellería de Servicios Sociales y Deportes o bien el documento de solicitud de este. En todo caso el informe se tiene que presentar un mínimo de quince días antes de las pruebas.
6. Tribunal calificador
6.1. El tribunal calificador confeccionará y valorará los ejercicios y valorará los méritos del proceso selectivo, Su composición colegiada se tiene que ajustar a los principios de imparcialidad y de profesionalidad de sus miembros y tiene que tender a la paridad entre el hombre y la mujer.
Todos los miembros del tribunal tendrán que estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al de la categoría de la bolsa convocada y tienen que ser funcionarios de carrera o personal laboral fijo, que pertenezcan al mismo grupo/subgrupo de entre los previstos en el artículo 76 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con el grupo/subgrupo en que se integre la plaza convocada.
La pertenencia al tribunal será siempre en título individual, no se puede ejercer en representación ni por cuenta de nadie.
6.2. A los efectos de lo que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la designación con los nombres de los miembros titulares y de sus respectivos suplentes se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Si procede, a solicitud del tribunal podrá disponerse la incorporación de asesores/oras especialistas. Los asesores especialistas se designarán por resolución del consejero/a competente en la materia y estarán sujetas a idéntico régimen de abstención y recusación que el previsto para los miembros del tribunal.
En los supuestos de ausencia del presidente titular o suplente, los vocales designados ejercerán las funciones de presidencia siguiendo para lo cual la orden en que hayan sido designados en la resolución de nombramiento.
6.3. El tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo del proceso selectivo.
Las presentes bases se interpretarán en el sentido finalista que mejor garantice la preservación de los principios de igualdad, mérito y capacidad.
El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará al que se dispone en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; a partir de su constitución, el tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría de sus miembros, titulares o suplentes, incluidos los que ejercen la presidencia y la secretaría.
6.4. Este órgano de selección estará compuesto por:
Presidenta:
Titular: Sra. María Isabel Reyes Sánchez; suplente: Sra. Belén Garijo Falcó
Secretaria:
Titular: Sra. Josefa Costa González; suplente: Sra. María del Carmen Campoy Torrejón
Vocales:
Titular: Sr. José Vicente Garibo Redolat; suplente: Sra. Antonia Juan Ferrer
Titular: Sra. María Emilia García García; suplente: Sra. María del Carmen Bella Borrás
Titular: Sra. Verónica López Noguera; suplente: Sra. Olga Guerra Vázquez
7. Período de prácticas
7.1. Finalizado el proceso selectivo y agotado el periodo de presentación de documentos, y en el plazo máximo de un mes, el consejero/la consejera que tenga atribuida la competencia de Recursos Humanos resolverá las contrataciones y formalizará los contratos de las personas aspirantes propuestas por el tribunal.
El periodo de prácticas será de seis meses.
El personal laboral en prácticas ocupará un puesto de trabajo vacante de la plantilla del Consell Insular d'Eivissa y recibirá las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo que se ocupa.
Sin embargo, serán contratadas directamente personal laboral fijo las persones candidatas que acrediten haber prestado servicios al Consell Insular d'Eivissa durante un periodo igual o superior a seis meses, siempre que lo hayan hecho en la misma categoría, y la valoración sea adecuada. Si los servicios han sido prestados por un periodo inferior, el contrato en prácticas será por el tiempo necesario para completar el periodo establecido.
7.2. La persona aspirante que injustificadamente no se incorpore al servicio de la Corporación perderá todos los derechos derivados del proceso de selección y de su contratación como personal laboral fijo. Tendrá que haber cumplido el 100% del periodo de prácticas para entender cumplida la fase de nombramiento.
8. Recursos
Contra el acuerdo de aprobación de la convocatoria y sus bases, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso de alzada ante el Pleno del Consell Insular d'Eivissa, dentro del plazo de un mes, contador desde el día siguiente en su publicación al Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 66 de la ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares.
ANEXO l CONVOCATORIA
- Denominación: Maestro/a de educación infantil
- Oferta ocupación pública: Una plaza OOP 2024
- Previsión de pruebas: segundo trimestre de 2026
- Número de plazas que se convocan: Una
- Sistema de selección: Concurso-oposición
- Vinculación: Laboral
- Grupo: A
- Subgrupo: A2
- Nivel de destino: 21
- Titulación: Título universitario de grado en educación infantil o equivalente.
- Conocimientos de catalán: Certificado de Nivel B2 (nivel avanzado) o superior
- Derechos de examen: 24,04 €
ANEXO II TEMARIO
Tema 1. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Los principios constitucionales y los valores superiores. Los derechos y los deberes fundamentales: garantía y suspensión. La reforma de la Constitución. El Tribunal Constitucional. El poder judicial. Otros órganos constitucionales: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.
Tema 2. El Gobierno y la Administración. Relaciones del Gobierno con las Cortes Generales. La Administración General del Estado: regulación y composición.
Tema 3. La Unión Europea: los tratados. Las instituciones: el Consejo, el Parlamento, la Comisión Europea y el Tribunal de Justicia. Las fuentes del derecho comunitario. Los fondos estructurales y los objetivos prioritarios.
Tema 4. El Estatuto de autonomía de las Islas Baleares: estructura, contenido básico y principios fundamentales. Competencias de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La reforma del Estatuto de autonomía.
Tema 5. Los consejos insulares. Características generales. Composición, organización y competencias en el marco legislativo estatal y autonómico.
Tema 6. Los contratos del sector público: concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. El cumplimiento de los contratos. Revisión de precios. Resolución, rescisión y denuncia de los contratos. Tipo de contratos. El encargo de gestión sometido a la legislación de contratación.
Tema 7. La función pública local. Clases de personal. Régimen jurídico del personal de las entidades locales de las Islas Baleares. Los derechos y los deberes de las personas empleadas públicos. Situaciones administrativas. Incompatibilidades y régimen disciplinario.
Tema 8. Los presupuestos de las entidades locales: principios y proceso de aprobación. Estructura del presupuesto de gastos. La ejecución y liquidación del presupuesto de gastos: fases. El control interno y externo de la actividad económico-financiera del sector público local. Las subvenciones públicas: concepto y procedimiento de concesión.
Tema 9. Transparencia: concepto y tipo. Publicidad activa: el Portal de Transparencia. Derecho de acceso a la información pública: concepto de información pública y reglas generales del procedimiento aplicable.
Tema 10. Normativa estatal y autonómica en materia de igualdad y contra la violencia de género: disposiciones generales, objeto, principios y políticas públicas. La violencia machista: definición, prevención y derecho a la protección efectiva.
Tema 11. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Riesgos y medidas preventivas asociadas al puesto de trabajo.
Tema 12. Marco normativo relativo a la protección de datos de las personas físicas. Principios de la protección de datos personales. Derechos de las personas. Responsable y encargado del tratamiento. Régimen sancionador. Autoridades de control. Derechos digitales.
TEMARIO ESPECÍFICO
Tema 1. La educación infantil en la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, por la mejora de la calidad educativa (LOMLOE). Características generales, finalidades y estructura curricular.
Tema 2. Normativa que regula actualmente la educación infantil en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Tema 3. Documentos Institucionales de la Escuela Infantil de 0 a 3 años. Proyecto Educativo de Centro: Elementos fundamentales y el trabajo en equipo para la realización y la evaluación del Proyecto Educativo. Documentos de desarrollo curricular. Las situaciones de aprendizaje. Programación de aula al primer ciclo de Educación Infantil. (LOMLOE, Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la cual se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación).
Tema 4. Los centros de educación infantil como comunidad educativa: Niños, familias, educadoras/educadores, resto de personal del centro. Relaciones con las familias: cauces de comunicación y participación en los centros. Técnicas e instrumentos de recogida de información. Participación de las familias en la vida del centro.
Tema 5. La programación en el primer ciclo de la educación infantil. Objetivos, contenidos y metodología adecuada por niños de 0 a 3 años.
Tema 6. Gestión de equipos y coordinación docente: Liderazgo afectivo y efectivo de equipos de trabajo. La dinámica de grupo como estrategia organizativa.
Tema 7. La evaluación en el marco de la educación infantil. Evaluación del proceso de enseñanza-aprendizaje. Función de la evaluación. Estrategias, técnicas e instrumentos de evaluación. La observación. Métodos de recogida de información. Información a las familias y/u otros agentes.
Tema 8. La función del maestro en la educación infantil. La intencionalidad educativa. Relaciones interactivas entre el Niño y el educador. El educador como miembro del equipo educativo y en su relación con las familias.
Tema 9. La Escuela Infantil: definición y proyecto. Características del modelo educativo. Criterios psicopedagógicos. Agrupamientos de los niños: criterios. Organización interna: profesionales, recursos y materiales. Espacios interiores y exteriores.
Tema 10. La familia como primer agente de socialización. La transformación de la función educativa de la familia a lo largo de la historia. Expectativas familiares respecto a la educación infantil.
Tema 11. Escuela y sociedad. Función compensatoria. Escuela e interculturalidad. La escuela infantil como proyecto alternativo a las guarderías.
Tema 12. El periodo de adaptación: Criterios y planificación para la incorporación de los Niños en la escuela infantil. Participación de las familias.
Tema 13. Características generales del niño hasta los 3 años. Principales factores que intervienen en su desarrollo. Etapas y momentos más significativos.
Tema 14. El desarrollo en el primer año de vida. Papel de los adultos.
Tema 15. Bases psicopedagógicas: principios de intervención educativa en la educación infantil. El enfoque globalizador. Sentido y significado del aprendizaje.
Tema 16. Una metodología basada en la observación y en la experimentación. Su concreción en el marco curricular. La actividad lógico-matemática en el ciclo 0-3 a partir de la vida cotidiana: Desarrollo del pensamiento lógico matemático infantil. Criterios metodológicos.
Tema 17. Metodologías de aprendizaje: Pedagogía Holística y Sistémica.
Tema 18. Educación para la salud. Actitudes y hábitos referidos a la alimentación, descanso, higiene y actividad infantil.
Tema 19. Prevención de accidentes, primeros auxilios y enfermedades infantiles. Criterios para la intervención educativa.
Tema 20. La alimentación infantil en los primeros tres años de vida. La comida como momento educativo: Organización y planificación de las comidas en la escuela infantil: espacios, ambientación, recursos. Necesidades según la edad. Principales afecciones alimentarias: a alergias e intolerancias. Papel y actitud del educador/de la educadora.
Tema 21. Identidad y autonomía. Educación sexual. Construcción de la imagen de uno mismo. La autoregulación. Educación para la igualdad de oportunidades.
Tema 22. Comunidad educativa de aprendizaje: de centro educativo a comunidad de aprendizaje.
Tema 23. Educación Emocional. Mejora del clima del aula.
Tema 24. El juego en el desarrollo del niño y como fuente de experimentación, descubrimiento y construcción de conocimientos y actitudes.
Tema 25. Los juegos de falda. El juego popular. Fundamentación pedagógica. Papel del maestro/ de la maestra.
Tema 26. El desarrollo de la personalidad. El desarrollo del niño de cero a tres años. La conquista de la autonomía. Directrices para una correcta intervención educativa.
Tema 27. El desarrollo psicomotor en el niño de 0 a 3 años. La psicomotricidad en el currículum de la educación infantil.
Tema 28. La sensación y la percepción como fuente de conocimientos. Su intervención educativa.
Tema 29. La expresión corporal. El gesto y el movimiento. La expresión corporal como ayuda en la construcción de la identidad y autonomía personal. El juego simbólico y el juego dramático.
Tema 30. El desarrollo cognitivo. El conocimiento de la realidad. Observación y experimentación del mundo físico, natural y social.
Tema 31. El desarrollo del lenguaje. Lenguaje y pensamiento. Evolución de la comprensión y de la expresión. La comunicación no verbal. Problemas más frecuentes en el lenguaje infantil.
Tema 32. Didáctica de la lengua en la educación infantil. La enseñanza y aprendizaje de la lengua en educación infantil. Proyecto lingüístico de centro.
Tema 33. La literatura infantil. El cuento: su valor educativo. Criterios para seleccionar, utilizar y narrar cuentos orales o escritos. Actividades a partir del cuento. La biblioteca de aula. La biblioteca de centro.
Tema 34. La educación musical en la educación infantil. Características y criterios de selección de las actividades musicales. Los recursos didácticos. El folclore popular.
Tema 35. La organización de los espacios y del tiempo. Criterios por una adecuada distribución y organización espacial y temporal. Ritmos y rutinas cotidianas. La evaluación de los espacios y del tiempo.
Tema 36. Equipación, material didáctico y materiales curriculares en educación infantil. Selección, utilización y evaluación de las equipaciones y materiales.
Tema 37. Escuela y diversidad. Diversidad de ritmos evolutivos y de aprendizaje. Niños con necesidades educativas especiales. Señales de alerta.
Tema 38. Principios de intervención educativa en la educación infantil. Metodologías actuales utilizadas al primer ciclo de educación infantil.
Tema 39. La escuela inclusiva: atención a la diversidad. Dificultades sociales y su incidencia en los Niños. Integración de los niños con diversidad funcional a la guardería. Niños con necesidades educativas específicas de apoyo. Experiencias de interculturalidad en las aulas. Apoyos técnicos externos.
Tema 40. La luz. Tratamiento pedagógico de la luz. Papel del maestro/de la maestra. El agua. Tratamiento pedagógico del agua. Papel del maestro/de la maestra.
Tema 41. La expresión plástica como medio de comunicación y creatividad: la forma, el color, la textura, el espacio. Arte y educación. Actividades plásticas en 0-3 años. Función del educador/de la educadora a la educación plástica. Materiales y recursos plásticos.
Tema 42. Educación para la ciudadanía global y transformadora. Educación eco social.
Tema 43. El juego heurístico: tratamiento pedagógico. Papel del maestro/de la maestra.
Tema 44. La cesta de los tesoros: tratamiento pedagógico. Papel del maestro/de la maestra.
Tema 45. Vinculación de los principios metodológicos de los derechos de los niños y los ODS en el primer ciclo de Educación Infantil.
Tema 46. El huertecito escolar: tratamiento pedagógico y papel del maestro/de la maestra.
Tema 47. Ambientes de aprendizaje: tratamiento pedagógico, organización y papel del maestro/de la maestra, con materiales ecológicos así como utilizando la luz como recurso didáctico.
Tema 48. Interacción con el entorno como recurso metodológico. Espacio exterior. Juegos exteriores. Patios activos, inclusivos y ecológicos, como actividad educativa, uso del espacio. Equipación y uso de los espacios abiertos: actividades motoras, juegos de arena y agua. Planificación y organización de actividades fuera de la escuela.
ANEXO III VALORACIÓN MÉRITOS
Consistirá en la valoración de los méritos a alegados y acreditados documentalmente por las personas aspirantes, hasta un máximo de 40 puntos, y de conformidad con la escala siguiente:
a)Titulaciones académicas. Puntuación máxima: 5 puntos
Título de doctor: 2 puntos
Título de máster: 2 puntos
Grados universitarios o equivalente: 3 puntos.
Diplomaturas universitarias o equivalente: 2 puntos.
Título inferior a los anteriores: 1 punto.
No se valorarán los títulos académicos que se han usado para obtener una titulación académica superior o se hayan presentado como requisito.
b) Cursos de formación y perfeccionamiento. Puntuación máxima: 8 puntos
Cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP), por la Escuela Balear de Administración Pública (EBAP) –antes Instituto Balear de Administración Pública, IBAP), por la Federación de Entidades Locales de las Islas Baleares (FELIB), por el Consejo Insular de Ibiza, por la Universidad, por los colegios profesionales, por la Administración del Estado, autonómica o local, y otros cursos convalidados por el EBAP. Los créditos de aprovechamiento suponen los de asistencia, por lo cual no serán acumulativos la asistencia y el aprovechamiento.
Se valorarán todos los cursos de formación certificados con aprovechamiento o asistencia, impartidos o promovidos por cualquier administración pública de base territorial y escuelas de administración pública.
También se valorarán en este apartado los cursos de formación homologados por las escuelas de administración pública, los cursos impartidos por las organizaciones sindicales en el marco de los acuerdos de formación continua con la Administración.
Los cursos con aprovechamiento o impartidos se valorarán a razón de 0,02 puntos por hora.
Los cursos con asistencia se valorarán a razón de 0,01 puntos por hora.
No se valorarán en este apartado los certificados que no indiquen las horas de duración o los créditos de la acción formativa, los que correspondan a una carrera universitaria, los de doctorado, la superación de asignaturas de un estudio académico, ni los derivados de procesos selectivos.
Si el certificado acreditativo del curso indica créditos, se valorará a razón de 25 horas por cada crédito ECTS.
Si no se indica el tipo de crédito, se entenderá que son créditos de la anterior ordenación universitaria (CFC o LRU) y, por lo tanto, se valorarán a razón de 10 horas por crédito.
Cuando haya discrepancia entre las horas y los créditos en los certificados de una acción formativa, prevalecerán las horas.
En todos los casos, se valorarán una sola vez las acciones formativas relativas a una misma cuestión o en un mismo programa, aunque se haya repetido la participación.
Solo se valorará el certificado de nivel superior o el certificado que acredite un número superior de horas de entre los referidos a una misma aplicación de ofimática como usuario.
c) Conocimientos de lengua catalana. Puntuación máxima: 3 puntos.
Este apartado se valorará de la siguiente forma:
Nivel C1 o equivalencia reconocida: 2,50 puntos
Nivel C2 o equivalencia reconocida: 2,75 puntos
Nivel LA o equivalencia reconocida: 0,25 puntos
Solo se valorará un certificado, excepto en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, en que la puntuación se acumulará al otro certificado que se aporte. Si solo se presenta el certificado de conocimientos de lenguaje administrativo se valorará a razón de 0,25 puntos.
Estos conocimientos se tienen que acreditar mediante la aportación de título o certificado oficial correspondiente, expedido por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de las Islas Baleares y las equivalencias previstas.
d) Conocimientos de lenguas extranjeras (niveles de Marco común europeo de referencia para las lenguas, MCER). Puntuación máxima: 2 puntos.
Este apartado se valorará de la siguiente forma:
Nivel A1 (acceso): 0,25 puntos
Nivel A2 (plataforma): 0,5 puntos
Nivel B1 (umbral): 0,75 puntos
Nivel B2 (avanzado): 1,25 puntos
Nivel C1 (dominio operativo eficaz): 1,75 puntos
Nivel C2 (maestría): 2 puntos
Se valorarán los certificados emitidos por la Escuela Oficial de Idiomas o equivalentes y solo se valorará el certificado de superior nivel presentado para cada lengua.
e) Experiencia profesional. La puntuación máxima será de 22 puntos.
1. Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en el Consell Insular d'Eivissa como personal funcionario o personal laboral en la misma categoría que se convoca: 0,10 puntos/mes.
2. Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en el Consell Insular d'Eivissa como personal funcionario o personal laboral en categoría del subgrupo inmediatamente inferior a que se opta: 0,08 puntos/mes.
3. Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en otra administración, tanto como personal funcionario como personal laboral, en la misma categoría que se opta: 0,06 puntos/mes.
4. Por cada mes de servicios prestados y reconocidos en otra administración, tanto como personal funcionario como personal laboral, en categoría del subgrupo inmediatamente inferior a que se opta: 0,04 puntos/mes.
Se tiene que otorgar la puntuación que proporcionalmente corresponda cuando la jornada sea inferior a la encomendera.
En ningún caso, ocupar un puesto de trabajo reservado a personal eventual o alto cargo o de estricta confianza política no constituirá mérito para acceder a la función pública o a la promoción interna.
En el supuesto de que la persona aspirando haya desarrollado simultáneamente dos o más modalidades profesionales anteriores, solo se computará una a efecto de valoración, que será la que otorgue una puntuación más alta.
La documentación de estos méritos se acreditará mediante la presentación del original o de la copia compulsada de la siguiente documentación:
Trabajos realizados en la Administración pública: certificado del organismo correspondiente, en el cual consten: tiempo trabajado, categoría, grupo o subgrupo y vinculación con la Administración (funcionario de carrera, funcionario interino o contrato laboral).
Se tiene que acreditar que se han ejercido funciones de naturaleza o de contenido técnico análogo a las de la categoría profesional para la cual se opta. Solo se podrá valorar la experiencia laboral cuando de la documentación aportada se desprendan claramente las funciones realizadas y la analogía con las del lugar que se tiene que proveer. Se puede acreditar mediante la presentación, junto con los méritos, de un certificado de funciones realizadas o de un informe, emitido por la persona responsable del servicio, de las funciones desarrolladas en el puesto de trabajo.
Eivissa, 5 de mayo de 2026
La jefa de Sección de Selección, Provisión y Planificación de Recursos Humanos Esperanza Escandell Ribas