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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL

Núm. 331432
Resolución de alcaldia del día 4 de mayo de 2026 sobre los horarios y prestaciones del servicio de zona azul de Mercadal

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Texto

Desde la Alcaldía del Ayuntamiento de Es Mercadal, a 4 de mayo de 2026, se ha dictado la resolución de alcaldía núm. 497 sobre los horarios y prestaciones del servicio de la zona azul, que dice:

«El Ayuntamiento de Es Mercadal tiene atribuidas las competencias de tráfico, estacionamiento de vehículos y movilidad de conformidad con el artículo 25.2.g) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

Añade el artículo 25.3 de la LRBEL, que establece que las competencias municipales en las materias enumeradas en el apartado 2 se determinarán por Ley, y será necesario evaluar la conveniencia de la implantación de los servicios locales de acuerdo con los principios de descentralización, eficiencia, estabilidad y sostenibilidad financiera.

El art. 7 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (TRLT), prevé que será competencia de los municipios la regulación mediante ordenanza municipal de circulación de los usos de las vías urbanas, haciendo compatible la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios con la necesaria fluidez del tráfico rodado y con el uso de los peatones en las calles, así como el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado para garantizar la rotación de los aparcamientos, prestando especial atención a las necesidades de las personas con discapacidad que tienen reducida su movilidad y que utilizan vehículos, con el fin de favorecer su integración social (letra b).

Además, en Es Mercadal, en materia de regulación del estacionamiento, se dispone de las siguientes ordenanzas:

1. Ordenanza de circulación del Excelentísimo Ayuntamiento de Es Mercadal.

2. Ordenanza de circulación reguladora del servicio público de vigilancia en zonas de aparcamiento de vehículos sujetas a control horario regulado por parquímetros.

De acuerdo con esta última Ordenanza municipal de circulación, reguladora del servicio público de vigilancia en zonas de aparcamiento de vehículos sujetos a control horario mediante parquímetros, dispone en el artículo 2 lo siguiente:

"El objeto de la presente ordenanza es regular el servicio público de vigilancia del aparcamiento de vehículos en las vías públicas, mediante el establecimiento de medidas de estacionamiento limitado, con el fin de garantizar la dotación de estacionamientos, y medidas correctoras en las zonas limitadas, incluyendo la retirada o inmovilización del vehículo en la forma y supuestos que se señalan en esta ordenanza.

El servicio público de estacionamiento limitado se prestará mediante control horario regulado por aparatos automáticos expendedores de tickets (parquímetros)".

Por otro lado, el anexo de esta misma ordenanza dispone que el servicio de estacionamiento limitado se establece en las siguientes vías:

  • Calle Nou
  • Plaza Constitución
  • Calle Dr. Llansó (hasta la intersección con la calle de s'Era Vella)
  • Calle General Albertí (hasta la intersección con la de la calle Mirada del Toro)
  • Avenida Mestre Garí (hasta la intersección con la calle Dr. Fleming)
  • Calle Enmig

Debido al elevado número y al constante crecimiento de vehículos en el municipio, se están generando una serie de problemas de distinta tipología, entre los cuales cabe destacar la necesidad de equilibrar el uso de las vías y calles del municipio que, como espacio limitado en el que confluyen usos de diferentes operadores, debe ser necesariamente racionalizado.

 

Este uso intensivo de las vías públicas exige establecer mecanismos dirigidos, por un lado, a implantar aquellas dotaciones de estacionamiento que el sector privado, por diferentes motivos, no establece suficientemente y, por otro lado, a racionalizar y reequilibrar el uso de las calles por parte de los conductores que estacionan en aquellas zonas donde el comercio y los servicios se configuran como un "centro de atracción".

La experiencia de los últimos años acredita que el sistema de aparcamiento regulado, temporal, con pago mediante la instalación de parquímetros (zonas azules) en determinadas zonas del municipio, conlleva una mayor movilidad en el estacionamiento de los vehículos y una reducción del número de los que permanecen estacionados durante un periodo prolongado de tiempo.

Por tanto, la voluntad municipal es la de controlar este servicio de zonas azules a los efectos de dar mayor agilidad, facilidad y rotación al acceso al estacionamiento de vehículos en determinadas zonas del municipio.

Considerando que el Ayuntamiento, mediante Decreto de Alcaldía, podrá modificar la relación enunciativa de las ordenanzas referenciadas, así como el número de plazas de estacionamiento limitado, basándose en criterios de ordenación racional del tráfico y de distribución de reservas de servicios públicos, personas con discapacidad y carga y descarga, entre otros, cuando las circunstancias así lo aconsejen.

De acuerdo con el informe del subinspector jefe de la Policía Local de Es Mercadal, de fecha ___ de mayo de 2026, que consta en el expediente, los horarios y las prestaciones de los servicios de inspección y control de las zonas de estacionamiento regulado de vehículos, denominado zona azul, en diversas calles del municipio de Es Mercadal, durante el año 2025 deberían ser los que se transcriben del mismo.

Calles afectadas por la zona azul:

  • Calle Dr. Llansó (desde el inicio hasta la altura del número 62)
  • Calle Mestre Garí (desde la Plaza General Galbis hasta el cruce con la calle Dr. Fleming)
  • Calle Metge Camps (desde la Plaza General Galbis hasta el cruce con la calle Lepanto)
  • Calle Pla de Ses Eres (desde la calle Carnicerías hasta la calle Tramontana, hasta la altura del cruce con la calle de Baix)

La "ZONA BLAVA" se inicía el día 15 de mayo y finaliza el 30 de septiembre, del año en curso, teniendo en cuenta que:

  • De día 15 a día 31 de mayo, ambos inclusive, el horario es únicament de mañanas, de lunes a sábado, de 09.00 a 13.00 horas.

Tardes, noches, domingos y festivos, el estacionamiento es libre y no esta sujeto al abono de la tasa.

  • De día 1 de junio a día 30 de septiembre, ambos inclusive, el horario es de mañana y tardes:

- Mañanas de lunes a sábado de 09.00 a 13.00 horas.

- Tardes de lunes a sábado de 17.00 a 20.30 horas.

Tardes de sábado, noches, domingos y festivos, el estacionamiento es libre y no esta sujeto al abono de la tasa.

Las máquinas expenedoras de tickets están situadas en las siguientes calles:

  • 1 en la calle Doctor Llansó, frente al número 26
  • 1 en la calle Doctor Llansó, frente al número 42
  • 1 en la Plaza General Galbis.

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

RESUELVO

PRIMERO.- Iniciar, desde el 15 hasta el 31 de mayo de 2026, de lunes a sábado de 9:00 h a 13:00 h (las tardes, los domingos y festivos el servicio será gratuito), la zona de parquímetro regulado (zona azul) en las calles que se especifican en el informe del subinspector jefe de la Policía Local de Es Mercadal transcrito en la parte suficiente más arriba.

SEGUNDO.- Ampliar el horario y la zona de aparcamientos regulados (zona azul) a partir del 1 de junio hasta el 30 de septiembre de 2026, de lunes a viernes de 9:00 h a 13:00 h y de 17:00 h a 20:30 h, sábados de 9:00 h a 13:00 h, y domingos y festivos gratuito, según se especifica en el artículo 7 de la Ordenanza municipal de Circulación reguladora del servicio público de vigilancia en zonas de aparcamiento de vehículos sujetos a control horario regulado por parquímetros.

 

TERCERO.- Establecer como calles en las que se llevará a cabo el aparcamiento regulado como zona azul las siguientes calles:

  • Calle Doctor Llansó (desde el inicio hasta el cruce con la calle s'Era Vella)
  • Calle Mestre Garí (desde la Plaza General Galbis hasta el cruce con la calle Dr. Fleming)
  • Calle Metge Camps (desde la Plaza General Galbis hasta la calle Lepanto)

CUARTO.- Comunicar este acuerdo al jefe de la Policía Local de Es Mercadal.

QUINTO.- Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares."

 

(Firmado electrónicamente: 4 de mayo de 2026)

El alcalde Joan Palliser Riudavets