Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTES
Núm. 326721
Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de concesión de subvenciones a favor de las federaciones deportivas de las Illes Balears al amparo de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes, por la que se convocan ayudas para desplazamientos de las selecciones autonómicas de las Illes Balears para su participación en los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes para el año 2026 (BOIB núm. 148, de 8 de noviembre de 2025)
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Hechos
1. El 8 de noviembre de 2025 se publicó la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes por la que se convocan ayudas para desplazamientos de las selecciones autonómicas de las Illes Balears para su participación en el Campeonato de España en Edad Escolar por el Consejo Superior de Deportes para el año 2026.
2. Las ayudas susceptibles de ser otorgadas en esta convocatoria no implican ayudas del estado, de acuerdo con la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal de acuerdo con lo que dispone el artículo 107, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. Por otra parte, estas subvenciones no quedan sujetas al régimen de mínimos ni al marco nacional temporal.
3. Las federaciones deportivas de las Illes Balears que figuran en el anexo 3 (ayudas entidades deportivas CESA 2026) han presentado a la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes una solicitud de subvención para los desplazamientos de las selecciones autonómicas de las Illes Balears para su participación en los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes para el año 2026.
4. Los servicios técnicos de la Consejería han examinado la solicitud y han comprobado que:
1. Las entidades solicitantes, por su naturaleza, pueden ser beneficiarias de las subvenciones.
2. Las entidades han adjuntado la documentación prevista en la convocatoria.
3. Las entidades se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
4. Las entidades solicitantes están constituidas legalmente y desarrollan sus actividades en el ámbito del deporte, a la vez que cumple la finalidad prevista.
5. En fecha 2 de febrero de 2026, la Comisión Evaluadora se reunió para examinar las solicitudes presentadas y aplicando los criterios para la adjudicación de las ayudas previstas en la convocatoria, elaboró el informe que debe servir de base al director general de Deportes para dictar la propuesta de resolución definitiva.
6. Las federaciones deportivas han comunicado a la Dirección General de Deportes la aceptación de la propuesta en el plazo de cinco días hábiles.
7. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el anexo 3, existiendo crédito adecuado y suficiente en la partida presupuestaria 12301 461A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025, prorrogados para el año 2026".
Fundamentos de derecho
1. Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005).
2. Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 12 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 23, de 16 de febrero).
3. Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 8 de noviembre de 2025, por la que se convocan ayudas para desplazamientos de las selecciones autonómicas de las Illes Balears para su participación en los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes para el año 2026 (BOIB núm. 148, de 8 de noviembre de 2025).
4. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, modificado por el Decreto 15/2025, de 14 de septiembre, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. Orden 39/2025, de 23 de diciembre, del consejero de Economía, Hacienda e Innovación por la que se desarrollan las particularidades presupuestarias y contables que deben regir la prórroga de los presupuestos hasta que entre en vigor la ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2026 (BOIB núm. 173 de 30 de diciembre).
6. Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 27 de julio de 2023 por la que se establece la delegación de competencias y de firma en los órganos directivos de la Consejería y se determina su régimen de suplencia (BOIB núm.107, 1 de agosto de 2023).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la concesión de una subvención para los desplazamientos de las selecciones autonómicas de las Illes Balears por su participación en los Campeonatos de España en Edad Escolar convocados por el Consejo Superior de Deportes para el año 2026 a favor de los beneficiarios que figuran en el anexo 3, por el importe individual indicado para cada final; autorizar y disponer el gasto a favor de todos ellos, con cargo a la partida presupuestaria 12301 461A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2025, prorrogados para el año 2026.
2. Ordenar la notificación de esta propuesta de resolución definitiva mediante su publicación en la página web de la Dirección General de Deportes.
3. El pago y justificación debe hacerse de acuerdo con lo que dispone el apartado noveno, de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 8 de noviembre de 2025. Las entidades deben presentar la documentación justificativa en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente de la fecha de finalización del Campeonato de España en Edad Escolar o, en el supuesto ya se hubiesen ejecutado en el momento de otorgarse la subvención, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de la resolución de la concesión de la subvención solicitada.
4. Los justificantes deben corresponder a gastos de actividades llevadas a cabo en dicho período, efectivamente pagados hasta la fecha límite a justificar, a nombre del perceptor de la subvención y con todas las operaciones contabilizadas.
Los beneficiarios están obligados a cumplir lo dispuesto en el apartado duodécimo (obligaciones de los beneficiarios) de la Resolución del consejero de Turismo, Cultura y Deportes de 8 de noviembre de 2025.
(Firmado electrónicamente: 24 de marzo de 2026)
El director general d'Esports Joan Antoni Ramonell Miralles Por delegación del consejero de Turismo, Cultura y Deportes BOIB núm. 107, 1 de agosto de 2023)