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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 323719
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 22 de abril de 2026 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024

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Texto

Hechos

1. Mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024 (BOIB núm. 52, de 20 de abril), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026.

2. La Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores (Consejería de Educación y Universidades), ha instado la modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones mencionado, concretamente en el punto 5 («Digitalización y I+D+i») del objetivo I («Estímulo de la economía balear») en el sentido de modificar las líneas I.5.4 y I.5.5. La línea I.5.4, relativa a las ayudas para incorporar personal investigador al sistema de ciencia de las Illes Balears, se modifica tanto para ampliar el alcance subjetivo de forma que se añaden los investigadores juniors de reconocido prestigio como para modificar el epígrafe relativo a la fuente de financiación en el sentido de añadir el capítulo 4. Esta misma modificación de la fuente de financiación se opera en la línea I.5.5 relativa a las ayudas para cofinanciar la incorporación de personal técnico de apoyo de la investigación al sistema de ciencia (TEC y TEC STEP) pero, en este caso, se añade el capítulo 7. Asimismo, se aprovecha la modificación para reflejar el incremento de crédito destinado a esta última línea que pasa de 1.296.000 € a 3.159.537 €.

3. El apartado tercero del mencionado acuerdo del Consejo de Gobierno establece que las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.

4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por un acuerdo del Consejo de Gobierno el 19 de abril de 2024, en el sentido de modificar las líneas I.5.4 y I.5.5 que pasan a tener la siguiente redacción:

I.5.4

Dirección general: Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Fuente de financiación: capítulo 4, capítulo 7 FF 19213 (FSE+ 60 %)

Descripción: ayudas para atraer e incorporar personal investigador al sistema de ciencia de las Illes Balears (contratos posdoctorales, postdoctorales STEP y juniors)

Finalidades y efectos: atraer investigadores altamente cualificados para mejorar la producción científica

Convocatoria: anual

Coste: 11.079.894 € 

Indicadores: número de beneficiarios, número de participantes, porcentaje de mujeres y hombres beneficiarios, y edad de los beneficiarios

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

 

I.5.5

Dirección general: Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores

Fuente de financiación: capítulo 4, capítulo 7 FF 19213 (FSE+ 60 %)

Descripción: ayudas para cofinanciar la incorporación de personal técnico de apoyo de la investigación al sistema de ciencia (TEC y TEC STEP)

Finalidades y efectos: fomentar la investigación científica y tecnológica para fortalecer la capacidad de investigación de los grupos de I+D, en todas las áreas de conocimiento, incluidas las áreas científicas y tecnológicas alineadas con las prioridades definidas por la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP)

Convocatoria: anual

Coste: 3.159.537€

Indicadores: número de beneficiarios, porcentaje de mujeres y hombres beneficiarios, y edad de los beneficiarios

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (22 de abril de 2026)

La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/2023)