Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 297516
Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la que se nombra funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad medicina del trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a la persona aspirante que ha superado, por el turno libre para la isla de Mallorca, de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 9 de diciembre de 2024 y se le adjudica un puesto de trabajo
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Antecedentes
1. Mediante Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 9 de diciembre de 2024 se aprobó la convocatoria, las bases, los ejercicios y temario, y el baremo de méritos de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad medicina del trabajo de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 164, de 14 de diciembre de 2024).
2. En fecha 9 de marzo de 2026 se publicó en el BOIB núm. 34 la Resolución de la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social por la que se aprueba la lista de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad medicina del trabajo para la isla de Mallorca de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se ofrecen los puestos trabajo.
Una vez que la persona aspirante que ha superado el proceso selectivo ha presentado la solicitud y se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos, debe ser nombrada personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad medicina del trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Fundamentos de derecho
1. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
2. La Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
4. El Decreto 27/1994, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Comunidad Autónoma.
5. El artículo 5.2 del anexo del Decreto 31/2012, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Escuela Balear de Administración Pública.
6. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y posteriores modificaciones.
7. La base 16 de la Resolución de la consejera de Presidencia y Administraciones Públicas de 9 de diciembre de 2024 por la que se aprueban la convocatoria, las bases, los ejercicios y temario, y el baremo de méritos de las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad medicina del trabajo la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Nombrar personal funcionario de carrera del cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad medicina del trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears a la persona siguiente:
OPOSICIONES 2024. CFS Medicina del trabajo Mallorca turno libre
|
DNI |
APELLIDOS, NOMBRE |
PUNTOS OPOSICIÓN |
PUNTOS CONCURSO |
PUNTOS PONDERACIÓN |
POSICIÓN |
|---|---|---|---|---|---|
|
***0449* |
RECATALA GIMENO, MARIA JOSE |
11,937 |
5,560 |
53,308 |
1 |
2. Adjudicar el puesto de trabajo, de acuerdo con lo indicado en el anexo de esta Resolución, a la persona aspirante que ha superado las pruebas selectivas para el ingreso, por el turno libre, al cuerpo facultativo superior, escala sanitaria, especialidad medicina del trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, tras haber presentado la documentación pertinente, de acuerdo con la petición de destino efectuada y la puntuación obtenida en el proceso selectivo.
La toma de posesión debe efectuarse en la consejería correspondiente, en el plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Antes de tomar posesión del puesto adjudicado, la persona interesada deberá hacer constar que no ocupa ningún puesto de trabajo ni que realiza ninguna actividad en el sector público de las que se comprenden en el artículo 1 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.
Si realiza alguna actividad privada, incluidas las de carácter profesional, deberá declararlo en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente de la toma de posesión, para que el órgano competente acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.
4. Una vez publicado el nombramiento, para adquirir la condición de funcionario de carrera debe efectuarse el juramento o la promesa de acatar la Constitución, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y el ordenamiento vigente y tomar posesión en el plazo reglamentario.
5. Declarar desistidas de su solicitud por caducidad y excluidas del procedimiento, a las personas que no han presentado el escrito de elección de los puestos de trabajo ofrecidos, por orden de preferencia, y la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos, de acuerdo con la base 16 de la convocatoria.
6. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la Sede Electrónica de la Administración de la CAIB y en el Portal del Opositor.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social en el plazo de un mes, a contar a partir del siguiente a su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente a la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
(Firmado electrónicamente: 21 de abril de 2026)
La consejera de Trabajo, Función Pública y Diálogo Social Catalina Teresa Cabrer González