Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ARTÀ
Núm. 321898
Modificación de la plantilla del Ayuntamiento de Artà (Exp. 2026/1875)
Versión PDF
El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada en fecha 27 de abril de 2026, aprobó inicialmente la modificación de la plantilla de personal del Ayuntamiento de Artà, con la amortización de dos plazas de personal funcionario, técnicos de administración general, y la creación de una plaza de arquitecto/a y otra de técnico/a auxiliar informático/a, en los siguientes términos:
“Primero. Aprobar inicialmente la modificación de la plantilla de personal de este Ayuntamiento de la siguiente forma:
AMORTIZACIÓN de dos plazas de personal funcionario, de administración general, del grupo A, subgrupo A1, en concreto las plazas TAG4 y TAG5 (ficha RPT Id: 15):”
|
PERSONAL FNCIONARIO |
EQUIV. GRUPO/SUBGRUPO |
NÚM. Y Y CÓDIGO |
SITUACIÓN |
CD |
|
TÉCNICO/A DE ADMINISTRACIÓN GENERAL |
A1 |
2 Plazas con código TAG4 y TAG5 |
V |
24 |
CREACIÓN de una plaza de personal funcionario, de Administración Especial, Arquitecto/a, del grupo A, subgrupo A1, con código ARQUITECTE1 (ficha RLT Id: 124)
|
PERSONAL FUNCIONARIO |
GRUPO/SUBGRUPO |
NÚM. Y CÓDIGO |
SITUACIÓN |
CD |
|
ARQUITECTO/A |
A1 |
1 Código ARQUITECTE1 |
V |
24 |
CREACIÓN de una plaza de personal funcionario, Técnico Auxiliar Informático/a, del Grupo C, subgrupo C1, con código INFORMÀTIC2 (ficha RLT Id: 125)
|
PERSONAL FUNCIONARIO |
GRUPO/SUBGRUPO |
NÚM. Y CÓDIGO |
SITUACIÓN |
CD |
|
TÈCNICO/A AUXILIAR INFORMÁTICO/A |
C1 |
1 Código INFORMATIC2 |
V |
18 |
Segundo. Someter el presente acuerdo a información pública por un plazo de quince días mediante anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears. Durante este plazo las personas interesadas podrán examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen pertinentes. Transcurrido este plazo, si no se han presentado alegaciones, se entenderá elevado a definitivo este acuerdo de aprobación inicial y entrará en vigor una vez se haya cumplido lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, así como en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo”.
Este Acuerdo estará expuesto al público durante quince días, en cumplimiento de lo indicado en el artículo 169 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. En el supuesto de que no se presente ninguna reclamación, el acuerdo de aprobación inicial será elevado a definitivo, sin necesidad de adoptar un nuevo acuerdo.
Artà, a la fecha de la firma electrónica (29 de abril de 2026)
El alcalde Manuel Galán Massanet