Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 306760
Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la que se regulan, para el curso 2026-2027, los procesos de admisión y matrícula del alumnado de educación secundaria obligatoria (ESO) y bachillerato en el IES Centro de Tecnificación Deportiva Illes Balears (IES CTEIB)
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Antecedentes
1. La Orden del consejero de Educación y Cultura, de 27 de febrero de 2007, por la que se regula la ordenación y la organización de las enseñanzas de tercer y cuarto curso de educación secundaria obligatoria y las enseñanzas de bachillerato en el IES Centro de Tecnificación Deportiva Illes Balears (CTEIB), establece, en el artículo 2.1, que las condiciones de matrícula son: a) pertenecer a los grupos de Tecnificación de la Escuela Balear del Deporte (EBE) o b) ser deportista de alto nivel en el ámbito de las Illes Balears, acreditado como tal por la Consejería competente en materia de deportes (artículo 27.1 de la Ley 14/2006, del deporte de las Illes Balears).
2. El artículo 2.4 de la orden mencionada en el párrafo anterior regula que el proceso de admisión de alumnos se ajustará a la normativa que para este alumnado establezca la Consejería de Educación y Cultura, actualmente Consejería de Educación y Universidades.
3. El IES CTEIB, sin ser propiamente un centro de especialización curricular, está reservado para el alumnado que forma parte de los grupos de los Programas de Tecnificación de la Fundación para el Deporte Balear y para quienes tengan la consideración de deportista de alto nivel o alto rendimiento de las Illes Balears.
4. Por tanto, puede solicitar plaza el alumnado que forme parte de los grupos de los Programas de Tecnificación de la Fundación para el Deporte Balear, así como el alumnado que tenga la condición de deportista de alto nivel o alto rendimiento.
5. Por otra parte, la disposición adicional única de la Orden 4/2026, del consejero de Educación y Universidades, de 24 de febrero, por la que se regulan los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en los niveles de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial de las Illes Balears, determina que la admisión a programas específicos de educación secundaria obligatoria y de bachillerato autorizados por la Consejería de Educación y Universidades se rige por lo dispuesto en el Decreto 43/2024 y en esta Orden, y que mediante resolución de la dirección general competente se pueden concretar, para cada curso escolar, los aspectos organizativos y procedimentales necesarios para su aplicación, incluidos los plazos y las particularidades derivadas de las características propias de estos programas.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo), modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 340, de 30 de diciembre).
2. La Ley 1/2022, de 8 de marzo, de educación de las Illes Balears (BOIB núm. 38, de 17 de marzo).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. La Ley 2/2023, de 7 de febrero, de la actividad física y el deporte de las Illes Balears (BOIB núm. 19, de 11 de febrero).
5. El Decreto 91/2015, de 13 de noviembre, por el que se regula la condición de deportista de alto nivel de las Illes Balears (BOIB núm. 168, de 14 de noviembre; corrección de errores BOIB núm. 30, de 5 de marzo de 2016).
6. El Decreto 43/2024, de 27 de septiembre, por el que se establece el régimen de admisión de alumnos en los centros educativos sostenidos total o parcialmente con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y se modifican el Decreto 30/2023, de 22 de mayo, y el texto consolidado del Decreto 23/2020, de 31 de julio.
7. La Orden del consejero de Educación y Cultura, de 27 de febrero de 2007, por la que se regula la ordenación y la organización de las enseñanzas de tercer y cuarto curso de educación secundaria obligatoria y las enseñanzas de bachillerato en el Instituto de Educación Secundaria Centro de Tecnificación Deportiva Illes Balears (BOIB núm. 38, de 13 de marzo).
8. La Orden 4/2026, del consejero de Educación y Universidades, de 24 de febrero, por la que se regulan los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en los niveles de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial de las Illes Balears (BOIB núm. 26, de 26 de febrero).
9. La Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la que se aprueban el calendario, las zonas escolares, las adscripciones, los criterios operativos y la documentación necesaria para el desarrollo de los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears para el curso escolar 2026-2027 (BOIB núm. 29, de 6 de marzo).
Per todo ello, dicto la siguiente
Resolución
Primero
1. Determinar que el alumnado que quiera obtener plaza en el IES CTEIB para el curso 2026-2027 deberá realizar el proceso de admisión de acuerdo con el procedimiento y el calendario que figuran respectivamente en el anexo 1 y en el anexo 2 de esta Resolución.
2. Determinar que el alumnado de alto nivel, de alto rendimiento o que esté dentro de un programa de Tecnificación de la Fundación para el Deporte Balear, que tenga dicha consideración vigente no debe participar en el proceso de admisión en el IES CTEIB si ya es alumno del mismo, ya que conserva la plaza para el próximo curso.
3. Aprobar el modelo de solicitud que figura en el anexo 3 de esta resolución.
4. Determinar el procedimiento telemático de la solicitud si el alumno forma parte de un programa de Tecnificación de la Fundación para el Deporte Balear, o si es deportista de alto nivel o de alto rendimiento.
5. Determinar este orden de preferencia en la admisión de alumnos en el IES CTEIB:
a)Alumnado que forme parte de los grupos de los Programas de Tecnificación de la Fundación para el Deporte Balear que figure en el listado publicado en la página web de la Fundación para el Deporte Balear (https://www.fundacioesportbalear.es), por orden de prioridad.
b) Alumnado que tenga la consideración de deportista de alto nivel o de alto rendimiento y no forme parte de los grupos de los Programas de Tecnificación de la Fundación para el Deporte Balear. El orden de prioridad de estos deportistas se basa en su condición:
1. Deportista de Alto Nivel (DAN)
2. Deportista de Alto Rendimento (DAR)
3. Deportista de Alto Rendimiento Nacional (DAR Nacional)
En caso de tener la misma condición de deportista, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida en el reconocimiento de deportista DAR/DAN, según el artículo 4 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento, y el artículo 6 del Decreto 91/2015, de 13 de noviembre, por el que se regula la condición de deportista de alto rendimiento de las Illes Balears.
6. En caso de empate, se deberá realizar un sorteo de acuerdo con lo establecido en el apartado tercero del anexo 5 de la Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la que se aprueban el calendario, las zonas escolares, las adscripciones, los criterios operativos y la documentación necesaria para el desarrollo de los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears para el curso escolar 2026-2027.
7. Establecer que, en caso de que un alumno deje de cumplir los requisitos específicos de acceso, causará baja en el centro. Si este hecho se produce durante el curso escolar, podrá finalizar el curso en el centro o regresar a su centro de procedencia.
8. Determinar que, una vez finalizado el proceso de admisión y matrícula en el IES CTEIB, se podrán realizar solicitudes de plaza fuera de plazo en las oficinas de escolarización, de acuerdo con el apartado 7 del anexo 7 de la Resolución de la directora general de Planificación y Gestión Educativas por la que se aprueban el calendario, las zonas escolares, las adscripciones, los criterios operativos y la documentación necesaria para el desarrollo de los procesos de adscripción, admisión y matriculación de alumnos en los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos en los niveles de segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y educación especial en las Illes Balears para el curso escolar 2026-2027. Se podrá solicitar la matrícula en el IES CTEIB fuera de plazo hasta el 29 de enero de 2027, siempre que se cumplan las condiciones de acceso al centro.
Ordenar que esta Resolución se publique en el Boletín Oficial de las Illes Balears y disponer que entre en vigor el día siguiente al de su publicación.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante el consejero de Educación y Universidades en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, en fecha de la firma electrónica (23 de abril de 2026)
La directora general de Planificación i Gestión Educativas Catalina Maria Ginart Serrano
ANEXO 1 Procedimiento de admisión del alumnado en el IES CTEIB
Procedimento
Primero
1. Se habilitará un trámite telemático para el alumnado de ESO para solicitar plaza en el IES CTEIB de acuerdo con los ítems del modelo de solicitud del anexo 3 de esta Resolución. Este trámite estará disponible en la fecha de inicio de presentación de solicitudes del calendario de admisión del anexo 2 en la página web del IES CTEIB.
2. Se habilitará un trámite telemático para el alumnado de bachillerato para solicitar plaza en el IES CTEIB de acuerdo con los ítems del modelo de solicitud del anexo 3 de esta Resolución. Este trámite estará disponible en la fecha de inicio de presentación de solicitudes del calendario de admisión de este anexo 2 en la página web del IES CTEIB
Segundo
Matriculación de los alumnos
1. El IES CTEIB deberá matricular en el programa de gestión académica y administrativa de centros de la Consejería de Educación y Universidades a los alumnos de ESO y bachillerato que hayan obtenido plaza escolar en el centro durante los periodos que establece el calendario del anexo 2 de esta Resolución.
2. Asimismo, en el mes de septiembre, al inicio del curso, se deberá haber matriculado al resto de alumnos que se hayan incorporado al centro después de las fechas anteriores.
Tercero
Temporalización del proceso
La reserva de plaza en los casos de admisión, incluido el bachillerato para alumnos que hayan obtenido los requisitos en el mes de junio, será vigente hasta el 20 de julio de 2026.
Cuarto
Modificación de oficio de errores detectados en las solicitudes
Una vez tramitadas las solicitudes, el Servicio de Escolarización, Títulos y Legalizaciones procederá a subsanar de oficio los errores detectados en las solicitudes que provoquen un perjuicio evidente al solicitante, concretamente la solicitud de plaza en un curso incorrecto o la solicitud de plaza en el centro en el que ya se dispone de una.
ANEXO 2 Calendario de admisión
ESO
1. Presentación de solicitudes:
Inicio: 04/05/2026
Finalización: 14/05/2026
2. Lista de puntuaciones provisionales: 01/06/2026
Reclamaciones:
Inicio: 02/06/2026
Finalización: 04/06/2026
Resolución de les reclamaciones: 05/06/2026
3. Listas definitivas: 19/06/2026
4. Matriculación
Inicio: 25/06/2026
Finalización: 01/07/2026
Bachillerato
1. Presentación de solicitudes:
Inicio: 19/06/2026
Finalización: 25/06/2026
2. Lista de puntuaciones provisionales: 06/07/2026
Reclamaciones:
Inicio: 07/07/2026
Finalización: 09/07/2026
Resolución de las reclamaciones: 10/07/2026
3. Listas definitivas: 15/07/2026
4. Matriculación:
Inicio: 16/07/2026
Finalización: 20/07/2026