Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y UNIVERSIDADES
Núm. 303267
Resolución de convocatoria para proveer, mediante el sistema de comisión de servicios de carácter voluntario, de media jornada de trabajo docente para el apoyo a la gestión de los estudios universitarios de la Facultad de Educación de la Universidad de las Illes Balears en la Sede Universitaria de Menorca
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1. Objeto
La Consejería de Educación y Universidades y la Universidad de las Illes Balears (UIB) comparten el objetivo de ampliar los estudios en las sedes universitarias de Menorca y de Ibiza y Formentera, para, de este modo, paliar los efectos de la doble y triple insularidad que sufren estas islas y retener el talento joven, que a menudo la falta de oferta académica en las sedes fomenta que tengan que desplazarse a Mallorca o a otras comunidades autónomas para poder ejercer su derecho a la educación superior.
Los estudios universitarios de la Facultad de Educación de la Universidad de las Illes Balears que se imparten actualmente en las sedes universitarias de Menorca y de Ibiza y Formentera son el grado de Educación Infantil, el grado de Educación Primaria, el doble grado de Educación Infantil y Primaria y el Máster Universitario en Formación del Profesorado. Estos estudios tienen dificultades para contar con profesorado con la cualificación mínima exigida y vinculación permanente, hecho que obliga al desplazamiento de profesorado desde Mallorca, la reducción de la presencialidad o el hecho de no poder ofrecer todas las asignaturas optativas o especialidades del plan de estudios.
Para paliar esta situación, se establece la convocatoria para proveer mediante comisión de servicios de carácter voluntario de media jornada de trabajo docente para el apoyo a la gestión de los estudios universitarios de la Facultad de Educación de la Universidad de las Illes Balears en la Sede Universitaria de Menorca. Esta plaza no tendrá la consideración, a efectos retributivos, de asesor técnico docente.
2. Funciones a desarrollar
Para poder cumplir estos objetivos, es preciso disponer de una persona procedente del mundo docente con unas competencias específicas y transversales (saber trabajar en equipo, saber hablar en público, etc.) que permita llevar a cabo actuaciones, tres días a la semana en horario flexible, como las siguientes:
- Atender al alumnado de los estudios universitarios de la Facultad de Educación de la UIB para el apoyo en procesos de enseñanza-aprendizaje.
- Apoyar a la coordinación del profesorado de los estudios universitarios de la Facultad de Educación de la UIB para garantizar los procesos de coordinación vertical y horizontal en esos estudios.
- Vigilar pruebas de evaluación de los estudios universitarios de la Facultad de Educación de la UIB.
- Realizar gestión académica de los estudios universitarios de la Facultad de Educación de la UIB.
- Las actuaciones se realizarán en régimen de media jornada.
3. Duración
La duración de la comisión de servicios será de un curso académico, el 2026-2027 (desde el 1 de septiembre de 2026 hasta el 31 de agosto de 2027).
4. Publicidad
Esa convocatoria se publica, con el acuerdo de la Mesa Sectorial de Educación del 20 de abril de 2026, en el Boletín Oficial de las Illes Balears y en el microweb de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores http://dguni.caib.es. Su difusión se realizará en todos los centros públicos de enseñanzas no universitarias, mediante la ventana electrónica Llull.
5. Requisitos de los aspirantes
Se pueden presentar a esa convocatoria los funcionarios de carrera docentes con destino definitivo en centros públicos de enseñanzas no universitarias de las Illes Balears dependientes de la Consejería de Educación y Universidades, siempre que hayan obtenido su primer destino definitivo con anterioridad al curso 2025-2026, y que acrediten estar en posesión del título de doctor en Ciencias de la Educación.
Los aspirantes tienen que tener experiencia docente universitaria y de tutorización de trabajos finales de estudios y/o prácticas curriculares.
6. Solicitudes y plazo de presentación
Las solicitudes para participar en la convocatoria, junto con la documentación que corresponda, se deberán presentar en el Registro de la Consejería de Educación y Universidades. También se pueden presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El modelo de solicitud para participar en la convocatoria y el modelo de índice de documentos presentados se encuentra a disposición de las personas interesadas en el microweb de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores http://dguni.caib.es.
A esa solicitud, las personas interesadas deberán adjuntar la siguiente documentación:
1. Un certificado expedido por el órgano competente del que depende el centro en donde tienen su destino, que deberá contener los siguientes datos de la persona interesada:
a) Nombre, apellidos y DNI.
b) Destino actual: definitiva o, en su caso, provisional.
c) Especialidades o habilitaciones que tiene reconocidas.
d) Situación administrativa.
e) Fecha del nombramiento como funcionario de carrera.
2. Copias compulsadas de los méritos alegados. Según el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, si la documentación ya está en poder de la Consejería de Educación y Universidades, las personas interesadas deberán manifestarlo en la solicitud, indicando el momento y el órgano administrativo al que presentaron dichos documentos.
El plazo de presentación de solicitudes es desde el 27 de abril hasta el 11 de mayo de 2026, ambos incluidos.
7. Baremo de méritos
Las propuestas de nombramiento se harán a favor de los aspirantes que tengan más puntuación según el siguiente baremo de méritos:
1. Actividad docente universitaria (máximo: 10 puntos). Por cada año impartido de docencia universitaria: 1 punto.
2. Actividad docente no universitaria (máximo: 15 puntos). Por cada año impartido de docencia no universitaria: 1 punto.
3. Experiencia en equipos directivos (máximo 5 puntos)
4. Disponer de la formación en el Programa de Acompañamiento Constructivo en el Prácticum: 5 puntos.
5. Entrevista personal (máximo: 10 puntos).
Una vez evaluados los méritos de los candidatos conforme al baremo anterior, y ordenados los candidatos admitidos por orden de puntuación de los méritos, la Comisión de Valoración tiene que publicar una diligencia en el microweb http://dguni.caib.es en la que tiene que constar la lista de los candidatos convocados a la entrevista personal. El número de candidatos entrevistados no puede superar la ratio de cuatro candidatos admitidos al procedimiento selectivo por plaza ofertada.
En esa entrevista, la Comisión tiene que valorar otros aspectos y/o competencias o habilidades relacionadas con las tareas a desarrollar. La entrevista será presencial. El hecho de no asistir es motivo de exclusión del proceso selectivo.
Para superar esa entrevista se tiene que obtener una calificación igual o superior a 5 puntos. El hecho de no obtenerla es motivo de exclusión del proceso selectivo.
8. Propuesta de resolución y publicación
Tras haber finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Dirección General de Personal Docente y Centros Concertados emitirá un informe preliminar de valoración de los méritos de los participantes.
La Comisión de Valoración prevista en ese punto revisará ese informe, convocará a los aspirantes que pasan a la fase de entrevista personal, evaluará las entrevistas personales y emitirá el informe que tiene que servir de base para la propuesta de resolución provisional del director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores en lo referente a la adjudicación de las comisiones a los aspirantes que hayan obtenido la puntuación más alta.
La Comisión de Valoración estará formada por las siguientes personas:
- El director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.
- El director general de Personal Docente y Centros Concertados, o la persona en quien delegue.
- La decana de la Facultad de Educación de la Universidad de las Illes Balears.
- La jefa de la Sección IV de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.
- Dos representantes de la Universidad de las Illes Balears designados por el rector de la Universidad de las Illes Balears.
- Un técnico del Servicio de Universidad de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores, con voz y sin voto, que actuará como secretario.
Las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Educación pueden designar a un representante que puede asistir como observador mientras la Comisión de Valoración desarrolla sus tareas.
La propuesta de resolución provisional se publicará en el microweb http://dguni.caib.es de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.
Las personas interesadas disponen de un plazo de dos días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución provisional para solicitar el trámite de audiencia y/o formular las alegaciones que crean oportunas.
Tras haber resuelto las alegaciones presentadas de forma motivada y, si procede, de haber modificado las puntuaciones otorgadas a los aspirantes, se formulará la propuesta de resolución definitiva.
La propuesta de resolución definitiva se publicará en el microweb http://dguni.caib.es de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.
La convocatoria de comisión de servicios puede quedar desierta si no hay candidatos o si no superan la fase de entrevista personal.
9. Resolución de adjudicación
La directora general de Personal Docente y Centros Concertados es el órgano competente para resolver los procedimientos de comisión de servicios para ocupar puestos de trabajo docente, de acuerdo con la delegación de competencias establecida en la Resolución del consejero de Educación y Universidades de 30 de enero de 2024 (BOIB n.º 19, de 8 de febrero).
10. Convocatoria desierta
En el caso de que la convocatoria de comisión de servicios se tenga que declarar desierta porque no se presenten solicitudes para participar dentro del plazo establecido o porque las personas que se presenten no cumplan los requisitos para que les pueda ser adjudicada, se publicará la resolución correspondiente en el microweb http://dguni.caib.es de la Dirección General de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores.
En ese caso se puede publicar una segunda convocatoria para proveer el puesto de trabajo que se ofrece.
Si la convocatoria queda desierta en segunda convocatoria, la Comisión de Valoración puede proponer libremente la adjudicación de las plazas desiertas a un funcionario de carrera o funcionario interino en activo que cumpla con los requisitos establecidos en esta convocatoria y supere la entrevista.
(Palma, en la fecha de la firma electrónica: 22 de abril de 2026)
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El director general de Universidades, Investigación y Enseñanzas Artísticas Superiores Sebastián Massanet Massanet |
El director general de Personal Docente y Centros Concertados Joana Maria Cabrer Sureda |