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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE VIVIENDA, TERRITORIO Y MOVILIDAD

Núm. 303182
Resolución por la que se aprueba inicialmente y se somete a información pública el Estudio Informativo para la ampliación de la línea Palma – UIB de Serveis Ferroviaris de Mallorca hasta el Hospital Universitario de Son Espases

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Texto

Hechos

1. El Estudio Informativo se enmarca dentro de las previsiones del Plan Director Sectorial (PDS) de Movilidad de las Illes Balears 2019‑2026, aprobado por el Consell de Govern en mayo de 2019. Esta actuación se define como estratégica para mejorar la accesibilidad al principal centro hospitalario de las Islas, que genera más de 30.000 desplazamientos diarios.

2. El Estudio Informativo para la ampliación de la línea Palma – UIB de Serveis Ferroviaris de Mallorca hasta el Hospital Universitario de Son Espases ha sido redactado por la UTE Ayesa Ingeniería y Arquitectura – G‑Six y firmado por los ingenieros autores Sebastià Ribot Florit y Carlos Vilés Labrandero, junto con el documento ambiental estratégico. En este Estudio se definen y comparan, a grandes rasgos, diferentes alternativas de trazado y de conexión, a efectos de que pueda servir de base al expediente de información pública y al trámite de evaluación ambiental estratégica, con el fin de poder seleccionar la más adecuada. Por su parte, el estudio de impacto ambiental cuenta con el contenido y la extensión que su autor ha considerado necesarios para cumplir con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears (BOE n.º 263, de 5 de octubre de 2020), y en la Ley 21/2013, de evaluación ambiental.

3. En fecha 20 de abril de 2026 se resolvió el desistimiento y la finalización del expediente de tramitación del Estudio Informativo para la ampliación de la línea Palma – UIB de Serveis Ferroviaris de Mallorca hasta el Hospital Universitario de Son Espases, iniciado el 27 de abril de 2021.

4. El Departamento de Movilidad e Ingeniería del Transporte ha emitido informe favorable a la aprobación inicial con fecha 20/04/2026.

Fundamentos de derecho

1. La Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears (BOIB n.º 88, de 28 de junio de 2014).

2. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015).

3. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE n.º 236, de 2 de octubre de 2015).

4. La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (BOE n.º 296, de 11 de diciembre de 2013).

5. El Decreto Legislativo 1/2020, de 28 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de evaluación ambiental de las Illes Balears (BOE n.º 263, de 5 de octubre de 2020).

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar inicialmente el Estudio Informativo para la ampliación de la línea Palma – UIB de Serveis Ferroviaris de Mallorca hasta el Hospital Universitario de Son Espases, redactado por AYESA y dirigido por SFM y el Departamento de Movilidad e Ingeniería del Transporte de la Dirección General de Movilidad.

2. Ordenar el inicio de la exposición pública del Estudio Informativo para la ampliación de la línea Palma – UIB de Serveis Ferroviaris de Mallorca hasta el Hospital Universitario de Son Espases y del documento ambiental estratégico, por un plazo de 45 días hábiles desde la publicación del anuncio correspondiente, para que se puedan formular las alegaciones oportunas. Esta información pública es independiente de la prevista en el procedimiento de expropiación forzosa.

 

3. El Estudio Informativo para la ampliación de la línea Palma – UIB de Serveis Ferroviaris de Mallorca hasta el Hospital Universitario de Son Espases mencionado se puede consultar telemáticamente en la Sede Electrónica de la Dirección General de Movilidad:

https://www.caib.es/sites/direcciogeneraldetransports/ca/projectes_en_informacio_publica/

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Conselleria de Vivienda, Territorio y Movilidad en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 

(Firmado electrónicamente: 21 de abril de 2026)

La directora general de Movilidad María Lorena del Valle Alonso