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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EMPRESA, AUTÓNOMOS Y ENERGÍA

Núm. 301201
Corrección de errores de la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la cual se conceden las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1,2 y 3)

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Texto

Hechos

1. El 11 de septiembre de 2021, en el BOIB núm.125, se publicó la convocatoria pública de subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo mediante la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 6 de septiembre de 2021, modificada por la Resolución del consejero de Transición Energética, Sectores Productivos y Memoria Democrática de 19 de octubre de 2022 (BOIB núm.137, de 22 de octubre de 2022), y por la Resolución del consejero de Empresa, Ocupación y Energía de 21 de marzo de 2024 (BOIB núm.41, de 26 de marzo de 2024).

2. El 22 de marzo de 2026 se emitió una Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la cual se conceden las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1,2 y 3) (BOIB n.º 39, de 66 de marzo de 2026)

3. Con posterioridad, se han detectado errores en la versión castellana de la propuesta mencionada en el punto anterior.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dispone que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actas y disposiciones administrativas corresponde al órgano que ha dictado el acto o la disposición. Así mismo, la rectificación de errores tiene que especificar, si procede, los efectos jurídicos que se derivan y se tiene que notificar o publicar preceptivamente cuando haga referencia a actas que han sido notificados o publicados.

2. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Rectificar los errores observados en la versión castellana de la Resolución del consejero de Empresa, Autónomos y Energía por la cual se conceden las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con o sin almacenamiento, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1,2 y 3) (BOIB n.º 39, de 66 de marzo de 2026) en los siguientes términos:

- En el apartado Hechos

Donde dice:

9. En fecha XX de XXXXXX de 2026 se emitió la Propuesta de resolución definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se conceden las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con almacenamiento o sin, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes al sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1,2 y 3).

Debe decir:

9. En fecha 17 de marzo de 2026 se emitió la Propuesta de resolución definitiva del director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático por la cual se conceden las subvenciones para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, con almacenamiento o sin, en el sector servicios y otros sectores productivos de la economía; y para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes al sector servicios y otros sectores productivos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia europeo (Programas 1,2 y 3).

- En el anexo I

Donde dice:

Anexo I

Lista de beneficiarios a los que se les otorga la subvención (NEXTG123)

Núm.

Expediente

Fecha registro entrada

Solicitante

NIF

Partida presupuestaria

Tipo de inversión

Importe solicitado (€)

Importe inversión (€)

Importe subvención (€)

CONCE

Núm. informe fiscalización

1.

NEXTG123- 2020/2021

24/11/2023

SA COMA RESORT SL

***2526**

2026/G/731A01/77000/ 00/19701/MR021

Programa d'actuació 1: instal·lació d'autoconsum fotovoltaic de 1429.12 kWp.

131.479,00

1.012.576,00

131.479,00

6636/ 2026

HDE/XXXXXXX

IMPORTE TOTAL

 

 

 

 

 

 

 

 

131.479,00

 

 

Debe decir:

Anexo I

Lista de beneficiarios a los que se les otorga la subvención (NEXTG123)

Núm.

Expediente

Fecha registro entrada

Solicitante

NIF

Partida presupuestaria

Tipo de inversión

Importe solicitado (€)

Importe inversión (€)

Importe subvención (€)

CONCE

Núm. informe fiscalización

1.

NEXTG123- 2020/2021

24/11/2023

SA COMA RESORT SL

***2526**

2026/G/731A01/77000/ 00/19701/MR021

Programa d'actuació 1: instal·lació d'autoconsum fotovoltaic de 1429.12 kWp.

131.479,00

1.012.576,00

131.479,00

6636/ 2026

HDE/2025/574/59

IMPORTE TOTAL

 

 

 

 

 

 

 

 

131.479,00

 

 

2. Publicar esta corrección de errores en el Boletín Oficial de les Illes Balears

 

Palma, 20 de abril de 2026

El director general de Economía Circular, Transición Energética y Cambio Climático Diego Viu Domínguez Por delegación del consejero de Empresa, Autónomos y Energía (BOIB núm. 97, de 24/07/2025)