Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA
Núm. 300847
Certificado de acuerdo plenario por cambio de dedicaciones y retribuciones del equipo de gobierno del Ayuntamiento de Capdepera
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Hechos
1. El pasado 28 de mayo de 2023 tuvieron lugar las elecciones locales. El nuevo Ayuntamiento se constituyó en sesión pública el día 17 de junio de 2023.
2. Se considera necesario el establecimiento del régimen de dedicación de los miembros políticos de esta Corporación, así como de la retribución que comporta.
Fundamentos de derecho
1. De conformidad con el artículo 75 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de otra normativa concordante, los miembros de la corporación tienen derecho a percibir retribuciones para ejercer sus cargos, cuando los desarrollen en régimen de dedicación exclusiva o con dedicación parcial, así como a percibir asistencias por la concurrencia efectiva de las sesiones de los órganos colegiados de la corporación, en las condiciones que establezca el pleno de la corporación.
2. En aplicación del apartado 5 del citado artículo 75 LRBRL, deberá darse publicidad del acuerdo plenario en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.
Resolución
Por todo ello, el Pleno del Ayuntamiento acuerda la adopción de lo siguiente:
PRIMERO. Establecer el siguiente régimen de dedicaciones y retribuciones para los concejales de la corporación:
|
Nombre y apellidos |
Régimen de dedicación |
Retribuciones |
Porcentaje de dedicación |
Retribuciones /bruto anual) |
|---|---|---|---|---|
|
Agipina Rocha Rodeiro |
PARCIAL |
37.318,18 € |
50% |
18.659,09 € |
|
Sergi Viejo Barba |
PARCIAL |
37.318,18 € |
75% |
27.998,64 € |
SEGUNDO. Esta retribución se percibirá en catorce pagas, doce correspondientes a las mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre, dándoles de alta en el régimen general de la Seguridad Social.
TERCERO. Las retribuciones se actualizarán cada año con la cuantía que se establezca por la Ley de Presupuestos Generales del Estado por los funcionarios, siempre que no se superen los límites máximos retributivos del artículo 75 bis de la LRBRL.
CUARTO. Notificar este acuerdo a los concejales y concejalas interesados.
QUINTO. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.
(Firmado electrónicamente: 22 de abril de 2026
La alcaldesa Núria Garcia Caballeria)