Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE HACIENDA, INNOVACIÓN Y FUNCIÓN PÚBLICA
Núm. 292223
Resolución del Consejero Ejecutivo de Hacienda, Innovación y Función pública de rectificación de errores de la Resolución del Consejero de Hacienda y Función Pública de 20 de febrero de 2025 del Consell Insular de Mallorca para aprobar las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la Administración Especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 del Consell Insular de Mallorca (BOIB nº. 25, de 25 de febrero de 2025; BOIB nº. 115 de 30 de agosto de 2025)
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Hechos
En la Resolución del Consejero de Hacienda y Función Pública de 20 de febrero de 2025 del Consell Insular de Mallorca para aprobar las bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la Administración Especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio 2025 del Consell Insular de Mallorca (BOIB nº. 25, de 25 de febrero de 2025; BOIB nº. 115 de 30 de agosto de 2025), se ha observado unos errores materiales en las letras c.1.2) y c.2.1) del punto 10.2.2 Ejercicios según el subgrupo de acceso turno libre, turno de personas con discapacidad y promoción interna del anexo I Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la Administración Especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell Insular de Mallorca, que hay que subsanar.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.
2. El Acuerdo del Consejo Ejecutivo de fecha 28 de septiembre de 2022, delega determinadas atribuciones del Consejo Ejecutivo en el Consejero Ejecutivo de Hacienda y Función Pública (ahora Consejero Ejecutivo o Consejera Ejecutiva de Hacienda, Innovación y Función Pública, de acuerdo con el BOIB nº. 92, de 15 de julio de 2025) en materia de personal (BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022), visto lo que dispone el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 2 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación con el artículo 28 de la Ley 4/2022, de 28 de junio de los Consejos Insulares.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar los errores existentes en las letras c.1.2) y c.2.1) del punto 10.2.2 Ejercicios según el subgrupo de acceso al turno libre, turno de personas con discapacidad y promoción interna del anexo I Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la Administración Especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell Insular de Mallorca:
Donde dice:
“Anexo I Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la Administración Especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell Insular de Mallorca
(...)
10. Sistema de acceso y desarrollo de los procesos selectivos
(...)
10.2.2. Ejercicios según el subgrupo de acceso de turno libre, turno de personas con discapacidad y promoción interna
(...)
c) Ejercicios para el grupo B
c.1) Turno libre y turno de reserva para personas con discapacidad del grupo B
(...)
c.1.2) Segundo ejercicio
(...)
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las tres cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.
(...)
c.2) Promoción interna y turno de reserva para personas con discapacidad del grupo B
c.2.1) Primer ejercicio
(...)
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las tres cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las cinco cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.”
Tiene que decir:
“Anexo I Bases generales que tienen que regir los procesos selectivos para cubrir las plazas vacantes de personal funcionario y laboral de la Administración Especial de la oferta de empleo público correspondiente al ejercicio de 2025 del Consell Insular de Mallorca
(...)
10. Sistema de acceso y desarrollo de los procesos selectivos
(...)
10.2.2. Ejercicios según el subgrupo de acceso de turno libre, turno de personas con discapacidad y promoción interna
(...)
c) Ejercicios para el grupo B
c.1) Turno libre y turno de reserva para personas con discapacidad del grupo B
(...)
c.1.2) Segundo ejercicio
(...)
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las tres cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las tres cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.
c.2) Promoción interna y turno de reserva para personas con discapacidad del grupo B
c.2.1) Primer ejercicio
(...)
La calificación del ejercicio se hará de la manera siguiente: cada cuestión se calificará de 0 a 10 puntos, la calificación final del ejercicio será la media de la nota obtenida en cada una de las tres cuestiones. Para superar esta prueba será necesario obtener la nota mínima de 3 puntos en cada cuestión, y que la nota media de las tres cuestiones sea igual o superior a 5 puntos.”
2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB) y en la Sede Electrónica del Consell Insular de Mallorca
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de recibir esta notificación.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la Sección contencioso administrativa del Tribunal de Instancia de Palma que corresponda en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación de dicho recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no se ha recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante la Sección contencioso administrativa del Tribunal de Instancia de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.
No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que se considere oportuno. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Palma, en el día de la firma electrónica (17 de abril de 2026)
El consejero ejecutivo del Departamento de Hacienda, Innovación y Función Pública (por delegación del Consejo Ejecutivo, según acuerdo de día 28 de septiembre de 2022, BOIB nº. 128, de 1 de octubre de 2022) Rafael Ángel Bosch Sans