Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 295898
Resolución de aprobación de la convocatoria de comisión de servicios CS 25/2026 de jefe/a del Servicio de Inclusión Social del Area de Inclusión Social del IMAS
Versión PDF
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
GERENCIA/DEPARTAMENTO DE RECURSOS HUMANOS
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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN / RESOLUCIÓN DE APROBACIÓN DE CONVOCATORIA DE COMISIÓN DE SERVICIOS |
CS1 CONVOCATORIA: CS 25/2026
1. DATOS DE LA PROPUESTA INICIAL
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Fecha Órgano Expediente |
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27/01/26 IMAS/AREA DE INCLUSIÓN SOCIAL 260823076632571 |
2. NORMATIVA REGULADORA DE LA COMISIÓN DE SERVICIOS
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1.El artículo 82 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunitat Autónoma de les Illes Balears en el cual se regula la ocupación de puestos de trabajo en comisión de servicios. 2. La Instrucción 1/2021, del Presidente del IMAS, de 29 de enero, de establecimiento de los criterios generales para la ocupación temporal de puestos de trabajo del IMAS por medio de comisiones de servicio.
Por ello, y al amparo de la competencia que me atribuye el artículo 7.17 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados por Acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019). |
3. RESOLUCIÓN
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I. APROBAR LA CONVOCATORIA DE COMISIÓN DE SERVICIOS DE CARÁCTER VOLUNTARIO POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE TRABAJO SIGUIENTE: PUESTO 1 IMAS/AREA DE INCLUSIÓN SOCIAL SERVICIO DE INCLUSIÓN SOCIAL
*Podéis consultar las características del puesto de trabajo en el Portal del Personal en el apartado de Relación de puestos de trabajo. Funciones del puesto de trabajo a) Dirigir, coordinar y supervisar las secciones, los negociados y los puestos de trabajo adscritos al servicio. b) Representar institucionalmente al IMAS, cuando así lo encargue la dirección ejecutiva, en los actos de los servicios y centros que dependen del Área. c) Planificar, gestionar y dirigir técnicamente todos los programas y servicios que dependen del área. d) Dirigir el personal bajo la supervisión del titular del Departamento de Recursos Humanos, así como el control y vigilancia de la eficacia en la calidad del servicio. e) Planificar y gestionar el presupuesto anual del área. f) Dirigir, organizar y evaluar de manera continua los recursos del servicio, procurando la consecución de su misión y objetivos de manera eficaz en orden a los principios de legalidad, agilidad administrativa y transparencia. g) Contratación de personal asistencial para suplir las ausencias de duración igual o inferior a tres días, así como para aprobar el expediente y contratar hasta los límites de las cuantías que disponga la legislación vigente, para los contratos menores, y para los procedimientos abiertos simplificados previsto en el art.159.6 de la Ley de contratos del Sector Público atribuidos a la unidad funcional con autonomía de gestión, para la coordinación de los centros de Inclusión Social, por la resolución de la Presidencia del IMAS de día 23 de mayo de 2019 (BOIB n.º 70, de 25 de mayo) h) Cualquier otra que le pueda ser encomendada en relación a las anteriores.
II. APROBAR EL ANEXO 1 DE LA MENCIONADA CONVOCATORIA. III. PUBLICAR ESTA RESOLUCIÓN Y SU ANEXO EN EL TABLÓN DE EDICTOS DEL IMAS, EN EL RESTO DE SUS CENTROS, EN EL PORTAL DEL PERSONAL DEL IMAS, EN LA SEDE ELECTRÓNICA DEL CONSEJO INSULAR DE MALLORCA Y EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LES ILLES BALEARS. |
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Palma, en la fecha de la firma electrónica del documento (16 de abril de 2026)
El consejero ejecutivo de Bienestar Social y presidente del IMAS Guillermo Sánchez Cifre
Palma, en la fecha de la firma electrónica del documento (17 de abril de 2026)
La secretaria delegada del IMAS Maria Elena Tur Figueruelo (BOIB núm 86, de 1 de julio de 2021)
ANEXO 1 CS 25/2026 BASES DE LA CONVOCATORIA
1. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
En esta convocatoria se puede presentar el personal funcionario de carrera del IMAS, del Consejo de Mallorca, de otras administraciones locales y administraciones autonómicas, en situación administrativa de servicio activo que reúna los requisitos exigidos referentes a grupo/subgrupo, escala, subescala, clase, especialidad, conocimientos de lengua catalana y otros requisitos del puesto de trabajo, especificados en la convocatoria.
2. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
a) El plazo para presentar solicitudes empieza el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de les Illes Balears (BOIB) y finaliza en el plazo de siete días hábiles a contar a partir del día siguiente de haberse publicado la convocatoria en el BOIB.
b) La solicitud se ajustará al modelo que se recoge en el anexo de esta convocatoria.
c) La solicitud se debe presentar telemáticamente de conformidad con la Disposición adicional primera de la Ordenanza por la cual se regula la administración electrónica del Consejo Insular de Mallorca y los organismos que de el dependen (BOIB n.º 69, de 16 de mayo de 2013; BOIB n.º 122, de 17 de septiembre de 2022; BOIB n.º 76, de 17 de junio de 2025), las personas aspirantes estan obligadas a relacionarse con el IMAS telemáticamente en todas las fases del procedimiento, desde la presentación de solicitudes de participación hasta la elección de destino, incluidas las reclamaciones y los recursos administrativos que se puedan interponer, salvo los supuestos expresamente previstos. El deber de relacionarse con el IMAS por medios telemáticos incluirá la obligación de recibir notificaciones electrónicas en el caso de aquellos actos o incidencias que requieran una comunicación personal.
d) La solicitud para participar en el procedimiento de la comisión de servicios se puede tramitar accediendo a la Sede electrónica del Consejo de Mallorca, Ciudadanía, tipos de actuaciones, Recursos Humanos, Comisión de Servicios CS 25/2026, Solicitud de participación en la comisión de servicios, trámite electrónico, o directamente en el siguiente enlace https://imas.secimallorca.net/carpetaciudadana/tramite.aspx?idtramite=13419
e) Con la solicitud se debe adjuntar el Curriculum-vitae y los documentos acreditativos de la titulación o titulaciones, y de los otros requisitos exigidos en la convocatoria. La Administración de oficio podrá requerir en cualquier momento a las personas aspirantes que aporten la documentación original para acreditar el cumplimiento de los requisitos.
f) No se tomarán en consideración las solicitudes de las personas aspirantes que no reúnan los requisitos exigidos para acceder al puesto de trabajo solicitado.
g) La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos i acreditados por las personas aspirantes será el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3. FORMA DE ACREDITAR
Acreditación de requisitos: Con la solicitud se deben adjuntar electrónicamente los documentos acreditativos de la titulación o titulaciones y de los otros requisitos que se exigen en la convocatoria.
Para el personal del IMAS se expedirá de oficio un certificado del expediente personal que acredita los servicios prestados en el IMAS y los méritos alegados que consten en su expediente.
4. DURACIÓN
La duración inicial de esta comisión es de doce meses, prorrogable a instancia del órgano correspondiente.
Las sucesivas publicaciones se harán en la Sede Electrónica del Consejo de Mallorca, en el «Tablón de anuncios del IMAS» de la Sede electrónica ( https://imas.sedipualba.es/tablondeanuncios/ ? ar=586), y a efectos informativos en el Portal de personal del IMAS.