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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 293837
Aprobación de la convocatoria y las bases que han de regir el concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia

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Texto

Por Decreto de Alcaldía 2026-1634 de 13 de abril se han aprobado la convocatoria y las bases que han de regir el concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Sant Josep, las cuales se transcriben a continuación a los efectos oportunos:

BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO VACANTES DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP

PRIMERA. Objeto de la convocatoria

El objeto de la presente convocatoria es la provisión, con personal funcionario de carrera del Cuerpo de la Policía Local de Sant Josep, en la categoría de agente de policía local, de diversos puestos de trabajo vacantes y dotados presupuestariamente en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Corporación que figuran en el anexo 1, mediante el procedimiento de concurso de méritos previsto en el artículo 79 de la Ley 5/2015, de 30 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los artículos 80 y siguientes de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la comunidad autónoma de las Illes Balears; así como en los artículos 35 y siguientes de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, y 190 y siguientes del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

De conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, dado que se trata de un procedimiento de concurrencia competitiva, se establece la página web del Ayuntamiento de Sant Josep como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de este procedimiento de concurso de provisión y que deban notificarse a las personas interesadas, así como de cualquier procedimiento que se derive del mismo (incluidos los anuncios de la interposición de cualquier recurso en vía administrativa o judicial y los trámites de audiencia). En consecuencia, en lugar de notificarse, dichos actos deberán publicarse en la página web del Ayuntamiento de Sant Josep, sección Tablón de anuncios (https://santjosep.sedelectronica.es/).

Todo ello sin perjuicio de que se publiquen en el Boletín Oficial de las Illes Balears aquellos actos que las bases de esta convocatoria determinen expresamente que deban publicarse en el mismo.

Puesto de trabajo convocado: Agente de policía local-Servició de atención a la ciudadanía

Vacantes: 4

Complemento específico: 1.121,84 €

Puntuación que corresponde al complemento específico, de conformidad con la Relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia: 400

Funciones principales del puesto de trabajo: Realiza las funciones especificadas en la legislación vigente sobre Policía Local; proteger y vigilar los edificios, bienes e instalaciones municipales; realizar tareas de Policía administrativa y medioambiental, en cuanto a ordenanzas, bandos y otras disposiciones municipales; elaborar informes judiciales y administrativos; participar en las funciones de Policía Judicial; cuidar la utilización de vehículos y otros materiales que le sean asignados; así como aquellas otras tareas que se le atribuyan de acuerdo con la legislación aplicable a los Policías Locales y aquellas que sean asignadas por los superiores.

SEGUNDA. Requisitos de los aspirantes

Para poder tomar parte en esta convocatoria, las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes:

  • Ser personal funcionario de carrera del Cuerpo de la Policía Local de Sant Josep de este Ayuntamiento, en la categoría de agente de policía local, con independencia de su situación administrativa (excepto quienes se encuentren en suspensión firme, que no podrán participar mientras dure la misma).
  • Cumplir las condiciones generales exigidas y los requisitos de ocupación de los puestos de trabajo a los que se pretenda acceder, establecidos en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Corporación y que figuran en el anexo 1.

2.1.– Tiempo mínimo de permanencia

De conformidad con el apartado 3 del artículo 81 de la Ley 3/2007, de 22 de febrero, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el personal funcionario titular de un puesto de trabajo únicamente podrá participar en esta convocatoria si han transcurrido al menos dos años desde la toma de posesión, o el tiempo mínimo de permanencia indicado en la convocatoria mediante la cual se le adjudicó con carácter definitivo, en caso de que dicho período mínimo sea superior, ya sea por haber obtenido destino definitivo en un proceso selectivo de ingreso, por turno libre o por turno de promoción interna, o bien mediante la adjudicación de un puesto de trabajo por un sistema de provisión ordinario anterior, con las excepciones previstas en el artículo 81.4 del mismo texto legal.

No obstante, quedan exceptuadas de este requisito las personas que se encuentren en situación de adscripción provisional o en atribución temporal de funciones.

2.2.– Situación de adscripción provisional

Tendrá obligación de participar en la presente convocatoria todo el personal funcionario de carrera con la categoría de policía local del Ayuntamiento de Sant Josep que se encuentre en situación de adscripción provisional, ya sea por decreto o mediante atribución temporal de funciones por orden de Jefatura.

El personal funcionario de la policía local adscrito provisionalmente a un puesto de trabajo tendrá obligación de participar en esta convocatoria, en las siguientes condiciones:

  • Al personal funcionario adscrito provisionalmente que no solicite participar en el concurso, se le adjudicará el primer puesto vacante del concurso correspondiente a su cuerpo, escala o especialidad, según el orden de publicación de los puestos de trabajo vacantes ofertados, siempre que reúna los requisitos exigidos.

2.3.– Excedencia voluntaria

El personal funcionario de la policía local en situación de excedencia voluntaria por interés particular podrá participar en esta convocatoria si lleva más de dos años en dicha situación, y deberá consignar expresamente en la solicitud su voluntad de reingresar al servicio activo.

Las personas que se encuentren en situación de excedencia voluntaria especial, así como, con carácter general, el personal funcionario que se halle en alguna situación que implique el derecho a la reserva del puesto de trabajo, de acuerdo con el artículo 23.2 del Real Decreto 365/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de situaciones administrativas de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, podrán participar en esta convocatoria y deberán permanecer en la situación que corresponda, con reserva del puesto obtenido.

2.4.– Pruebas de aptitud

No se establece ninguna prueba de aptitud para los puestos de trabajo objeto de la presente convocatoria.

2.6.– Entrevista personal

No se establece ninguna entrevista personal para la cobertura de puestos de trabajo mediante este concurso.

2.7.– Evaluación psicotécnica

No se establece ninguna evaluación psicotécnica para la cobertura de puestos de trabajo mediante este concurso.

2.8.– Requisitos específicos para la presentación a determinadas unidades

No se establece ningún requisito específico para la cobertura de puestos de trabajo mediante este concurso de traslados, con excepción de los puestos de trabajo reservados a segunda actividad, para los cuales deberán cumplirse los requisitos establecidos en la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, y en el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

 

TERCERA. Solicitudes

Las solicitudes para participar, que se ajustarán al modelo definido en el Anexo 2 de las presentes bases, se dirigirán al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Sant Josep y deberán presentarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Illes Balears (BOIB).

El Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, en el marco del ejercicio de la potestad de autoorganización que le corresponde, ostenta la facultad de utilizar los instrumentos legales a su alcance para la mejora organizativa y la optimización de los recursos de la Policía Local, con el objetivo de alcanzar niveles satisfactorios de eficacia y eficiencia en los servicios que presta a la ciudadanía. El Servicio de Atención Ciudadana se configura como un servicio esencial para el funcionamiento organizativo de la estructura policial, circunstancia que requiere la rápida cobertura de las vacantes existentes, motivo por el cual los plazos del presente procedimiento se regirán, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley 39/2015 y en el artículo 185 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

En atención a razones de interés público, se reducen a la mitad los plazos previstos en el procedimiento ordinario, excepto el relativo a la toma de posesión, el de presentación de solicitudes y el de interposición de recursos. No será posible interponer ningún recurso contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia del procedimiento.

CUARTA. Acreditación de requisites y méritos

Los requisitos y los méritos de todas las personas candidatas deberán estar referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los requisitos y los méritos correspondientes al personal funcionario de carrera de la Policía Local del Ayuntamiento de Sant Josep deberán acreditarse de la forma siguiente:

Las personas aspirantes aportarán una relación de los méritos debidamente ordenados, de acuerdo con lo previsto en el anexo 4 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de las policías locales de las Illes Balears. Asimismo, deberán aportar el justificante de cada uno de los méritos objeto de valoración, igualmente ordenados.

Las personas interesadas deberán adjuntar a la solicitud una fotocopia de la documentación que consideren pertinente para completar o aclarar aquellos certificados o títulos que hayan acreditado junto con la solicitud, cuando proceda, y que puedan plantear dudas a las comisiones técnicas sobre la procedencia de su valoración.

La fecha límite para la alegación de méritos y la presentación de la documentación relativa a los mismos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los méritos alegados y no justificados por las personas aspirantes en la forma indicada no serán valorados.

QUINTA. Listas de admitidos y excluidos

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la Concejalía de Gobernación deberá dictar una resolución mediante la cual se apruebe y haga pública la lista provisional de personas admitidas y excluidas del concurso o de alguno de los puestos convocados, con expresión de la causa de exclusión para cada persona y puesto de trabajo.

La relación provisional de personas admitidas y excluidas se expondrá en la sede electrónica, concretamente en el Tablón de anuncios. En todo caso, con la finalidad de evitar errores y, en su caso, posibilitar su subsanación dentro del plazo y en la forma procedente, las personas interesadas deberán comprobar no solo que no figuran en la relación de personas excluidas, sino además que sus nombres constan en la relación correspondiente de personas admitidas.

Para subsanar el posible defecto o aportar la documentación preceptiva, las personas excluidas o admitidas provisionalmente dispondrán de un plazo de tres días hábiles, contados desde la publicación de la relación en el Tablón de anuncios. De no presentarse subsanaciones, la lista devendrá definitiva..

SEXTA. Comisión técnica de valoración

La Comisión de valoración de este concurso se nombrará de conformidad con lo establecido en el artículo 191 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, sin perjuicio de las funciones de vigilancia y velar por el correcto desarrollo del procedimiento selectivo que correspondan a los representantes sindicales.

Los representantes sindicales que participen en el procedimiento selectivo, con funciones de vigilancia y control, deberán estar debidamente acreditados, y podrá haber como máximo uno por cada sindicato, con un máximo de tres.

  • Presidente: Jefe de la Policía Local de Sant Josep (titular) o la persona en quien delegue; un miembro de la Policía Local de Sant Josep (suplente).
  • Vocales: dos miembros de la escala básica de la Policía Local de Sant Josep (titulares) y dos miembros de la escala básica de la Policía Local de Sant Josep (suplentes).
  • Secretario/a: se elegirá entre los miembros del tribunal.

SÉPTIMA. Sistema de provision

Los méritos a valorar en el concurso serán los recogidos en el anexo 4 del Decreto 40/2019, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.

OCTAVA. Resolución

Concluida la valoración de los méritos, la Comisión Evaluadora hará pública, en el Tablón de anuncios de la página web del Ayuntamiento de Sant Josep, la propuesta provisional de adjudicación de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria.

Una vez publicada la propuesta provisional, las personas interesadas podrán formular observaciones o alegaciones en el plazo de tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la propuesta provisional de adjudicación en el Tablón de anuncios de la página web del Ayuntamiento de Sant Josep.

Una vez resueltas las alegaciones, la comisión técnica de valoración elevará a definitiva la propuesta de adjudicación de los puestos de trabajo, que podrá incluir, en todo caso, los cambios que sean consecuencia de las observaciones y alegaciones formuladas. Asimismo, la propuesta definitiva podrá incluir, respecto de la provisional, la subsanación de oficio de los errores materiales, aritméticos o de hecho que se hayan detectado.

A la propuesta definitiva de adjudicación de los puestos de trabajo objeto de la convocatoria se le dará la misma publicidad que a la propuesta provisional, y se publicará en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

La comisión técnica de valoración deberá remitir la propuesta definitiva a la Alcaldía para que dicte la resolución correspondiente del concurso.

El personal funcionario que solicite el reingreso mediante este concurso y no obtenga ningún puesto será adscrito provisionalmente a alguno de los puestos vacantes del concurso o resultantes del mismo, siempre que así lo solicite expresamente.

En el caso de que algún funcionario pierda el puesto de trabajo obtenido en el concurso como consecuencia de la estimación de un recurso y no quede vacante el siguiente puesto de trabajo indicado en su solicitud, se le adjudicará definitivamente un puesto de entre los disponibles en la Relación de Puestos de Trabajo con dotación presupuestaria, de la misma naturaleza que le habría correspondido de haberse producido el efecto encadenado (la misma forma de provisión, el mismo grupo de titulación, funciones similares y las mismas retribuciones complementarias).

Si no existiera ningún puesto de trabajo disponible de la misma naturaleza con dotación presupuestaria, el funcionario quedará adscrito provisionalmente a un puesto de trabajo lo más similar posible al que le hubiera correspondido si se hubieran producido los efectos encadenados o, alternativamente, si resultara más conveniente, podrá regresar al puesto de origen si este se encontrara vacante.

NOVENA. Toma de posesión

El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles.

El plazo para la toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese en el puesto de trabajo, que se realizará dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

El personal funcionario que obtenga como titular un puesto de trabajo en esta convocatoria permanecerá en el mismo un período mínimo de dos años. Durante dicho período no podrá participar en convocatorias ordinarias de provisión de puestos de trabajo.

DÉCIMA. Vinculación de las bases

Las presentes Bases vinculan al Ayuntamiento, a la Comisión Evaluadora y a quienes participen en el concurso. Tanto las Bases como todos los actos administrativos que se deriven de la convocatoria y de la actuación de la Comisión Evaluadora podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos, plazos y forma establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP).

Contra esta resolución, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Asimismo, podrán interponer, con carácter alternativo, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Palma, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.1.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En caso de optar por interponer el recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya notificado la resolución expresa del recurso de reposición o haya transcurrido un mes desde su interposición sin haberse recibido notificación, fecha en la que se podrá entender desestimado por silencio administrativo.

Todo ello sin perjuicio de que puedan interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.

 

(Firmado electrónicamente: 14 de abril de 2026

El alcalde Vicente Roig Tur)

 

 

ANEXO I  PUESTOS DE TRABAJO

Los puestos de trabajo objeto de esta convocatoria son:

Código de identificación del puesto de trabajo

UNIDAD/Denominación

Vacantes

Destinatarios

C1-F-AE-APR-02;

C1-FAE- APR-06;

C1-FAE-APR-07;

C1-FAE-APR-08

Agente de la policía local-Servicio de atención a la ciudadanía

4

Agentes de la Policía Local

 

 

 

ANEXO 2  SOLICITUD DE ADMISIÓN AL CONCURSO PARA LA PROVISIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO VACANTES DEL CUERPO DE LA POLICÍA LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP

DATOS DEL SOLICITANTE

Nombre y apellidos

 

D.N.I.

 

Domicilio

 

Población

 

Código postal

 

Telf

 

E-mail

 

PUESTO/S DE TRABAJO AL CUAL SE OPTA: Agente de policía local-Servició de atención a la ciudadanía

DECLARACIÓN RESPONSABLE

El abajo firmante / La abajo firmante declara, bajo su responsabilidad, a los efectos del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que cumple los requisitos exigidos en la convocatoria y que dispone de la documentación que así lo acredita, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y que son ciertos los datos consignados en la presente solicitud.

Se compromete a aportar la documentación acreditativa en el caso de ser requerida por la Administración.

Otorga su consentimiento para que el área de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Sant Josep utilice sus datos de carácter personal para su gestión, disponiendo en todo caso de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, derecho a la limitación del tratamiento y derecho a la portabilidad, en los términos previstos en la legislación vigente.

El abajo firmante / La abajo firmante SOLICITA que se tenga por presentada la presente solicitud dentro del plazo concedido a tal efecto y que sea admitida para tomar parte en el concurso para la provisión de puestos de trabajo a que se refiere esta solicitud, y AUTORIZA a que la Administración trate sus datos personales a los efectos que se deriven de esta convocatoria.

 

............................................., ......... de ......................................... de ..............

Firma

 

 

 

SR. ALCALDE DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP