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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

CONSORCIO BOLSA DE ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

Núm. 293590
Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos (Mallorca), mediante el cual se resuelve no llevar a cabo la convocatoria de plazas turísticas por alojamientos del mes de mayo de 2026

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Texto

La Junta Rectora del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos de la isla de Mallorca, en sesión celebrada el día 20 de abril de 2026, adoptó el siguiente Acuerdo:

Acuerdo de la Junta Rectora del Consorcio Bolsa de Alojamientos Turísticos (Mallorca), mediante el cual se resuelve no llevar a cabo la convocatoria de plazas turísticas por alojamientos del mes de mayo de 2026.

Antecedentes

1.- La Junta rectora del CBAT reunida en sesión celebrada el mes de junio de 2025 aprobó, entre otros, el procedimiento y condiciones para la adquisición de plazas turísticas provenientes de la bolsa temporal de plazas por alojamientos, (BOIB número 74, de 12 de junio).

Este Acuerdo preveía la celebración de tres convocatorias anuales de plazas turísticas de acuerdo con el siguiente calendario:

“Del 16 al 30 de septiembre de cada ejercicio.*

 

Del 16 al 30 de enero de cada ejercicio.*

 

Del 16 al 30 de mayo de cada ejercicio.*

*Hasta al momento que quede sin efectos la suspensión de adquisición de plazas turísticas fijada por la Ley 3/2022, de 15 de junio, de medidas urgentes por<A[por|para]> la sostenibilidad y la circularidad del turismo en las Islas Baleares.”

2.- En aplicación de las determinaciones del Acuerdo indicado en el apartado anterior, se llevó a cabo la convocatoria correspondiente al mes de septiembre de 2025, la cual se desarrolló con normalidad y se resolvió con éxito.

3.- Según las determinaciones del mismo Acuerdo, se preveía la realización de nuevas convocatorias periódicas de plazas turísticas provenientes de la bolsa temporal.

4.- En este sentido, estaba prevista la convocatoria correspondiente al mes de mayo de 2026 para la adjudicación de plazas turísticas por alojamientos.

5.- A estas alturas, se constata que el número de plazas disponibles en la bolsa temporal es reducido, circunstancia que puede determinar que la convocatoria indicada resulte ineficaz y sin sentido, vista su finalidad.

6.- El asunto ha sido tratado con la Federación Hotelera de Mallorca (FEHM), principal interlocutora del sector hotelero, sin que se haya manifestado ninguna oposición a la propuesta de no llevar a cabo la convocatoria mencionada. El objetivo es esperar a disponer de un número más elevado de plazas por<A[por|para]> la convocatoria del mes de septiembre de 2026 y consensuar requisitos que aporten valor añadido a la oferta turística de los alojamientos.

Por<A[Por|Para]> todo aquello que se ha expuesto, propongo a la Junta Rectora que adopte el siguiente,

ACUERDO

Primero.- No llevar a cabo la convocatoria de plazas turísticas derivadas de la bolsa temporal de alojamientos prevista para el mes de mayo de 2026 por falta de disponibilidad suficiente de plazas disponibles.

Asimismo, se indica que se convocará una nueva sesión de la Junta Rectora cuando se disponga de un número sustancial de plazas, a los efectos de impulsar la convocatoria del mes de septiembre de 2026, con la finalidad de garantizar criterios de calidad y contribuir al incremento del valor de la oferta turística de alojamientos.

Segundo.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, documento firmado electrónicamente (20 de mayo de 2026)

El secretario de la Junta Rectora del CBAT Guillem Balaguer Mayol