Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 289466
Acuerdo del Consejo Ejecutivo en sesión de carácter ordinario de 30 de marzo de 2026, relativo a la corrección de errores en el anexo de la aprobación de la Oferta Pública de Ocupación 2025 (exp. 0605-2025-000039)
Versión PDF
El Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión de carácter ordinario de 22 de septiembre de 2025, acordó aprobar la Oferta Pública de Ocupación 2025 del Consell Insular de Menorca, que se publicó en el BOIB núm. 134, de 9 de octubre de 2025.
Se han detectado dos errores en el anexo de la Oferta Pública de Ocupación 2025, concretamente en la distribución de las plazas de bombero/a y sargento/a.
Visto el informe emitido por la jefa del Servicio de Gestión de Personas en funciones de fecha 19 de marzo de 2026. [...]
Dada la propuesta de la consejera ejecutiva del Departamento de Economía y Servicios Generales en ejercicio de las competencias atribuidas al artículo 33 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares;
El Consejo Ejecutivo, por unanimidad y en votación ordinaria, adopta el siguiente ACUERDO:
Corregir el anexo de la Oferta Pública de Ocupación 2025 del Consell Insular de Menorca, de acuerdo con lo siguiente:
Donde dice:
|
PLAZA |
REL JUR |
GRUPO |
ESCALA / SUBESCALA |
REPOSICIÓN |
PROMOCIÓN INTERNA |
TOTAL |
||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
|
|
|
|
Ordinaria |
RPD |
|
RPD |
|
|
BOMBERO/A |
FUN |
C1 |
AESE |
3 |
|
4 |
|
7 |
|
SARGENTO/A |
FUN |
C1 |
AESE |
2 |
|
2 |
|
4 |
Debe decir:
|
Plaza |
Rel. Jur. |
Grupo |
Escala / subescala |
Reposición |
Promoción interna |
Total |
||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
|
|
|
|
Ordinaria |
RPD |
|
RPD |
|
|
BOMBERO/A |
FUN |
C1 |
AESE |
4 |
|
3 |
|
7 |
|
SARGENTO/A |
FUN |
C1 |
AESE |
1 |
|
3 |
|
4 |
Contra este acuerdo – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno, por delegación del Pleno del Consell Insular de Menorca (Acuerdo de 31-7-2023, BOIB núm. 109 de 5-8-2023), en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Dicho recurso se entenderá desestimado, si no se notifica la correspondiente resolución, cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma.
Maó, 15 de abril de 2026
Por delegación del presidente El secretario del Consejo Ejecutivo Octavi Pons Castejón (DP 129/2023, de 27 de julio) (BOIB núm. 106 de 29-7-2023)