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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DEL MAR Y DEL CICLO DEL AGUA

Núm. 283607
Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua por la que se modifica la Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua de 1 de diciembre de 2025 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas para financiar proyectos para la digitalización del ciclo urbano del agua en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de las Illes Balears, en el marco del PERTE de digitalización del ciclo del agua, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU

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Texto

Antecedentes

1. El 11 de diciembre de 2025 se publicó en el BOIB núm. 163 la Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua de 1 de diciembre por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas para financiar proyectos para la digitalización del ciclo urbano del agua en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de las Illes Balears, en el marco del PERTE de digitalización del ciclo del agua, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU.

2. En el punto 2 de la Resolución y en el apartado séptimo del anexo, se establece que se destina a la convocatoria un importe máximo de 1.318.800,00 €, con cargo a las partidas presupuestarias siguientes:

Isla

Anualidad

Cuantía

Partida presupuestaria

Mallorca

2026

1.077.550,46 €

38101 G/562A01/76001/10 FF MR079

Menorca

2026

160.787,14 €

38101 G/562A01/76001/20 FF MR079

Eivissa

2026

29.763,23 €

38101 G/562A01/76001/30 FF MR079

Formentera

2026

50.699,17 €

38101 G/562A01/76001/40 FF MR079

TOTAL

1.318.800,00 €

3. El apartado duodécimo de la convocatoria regula el procedimiento de concesión mediante concurrencia no competitiva por orden de entrada, de forma que las solicitudes que cumplen los requisitos se atienden y se financian por riguroso orden de entrada hasta agotar el crédito asignado a la convocatoria.

4. En fecha 29 de enero de 2026 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la propuesta provisional de concesión, así como el requerimiento de enmiendas a las entidades solicitantes que presentaban deficiencias en su documentación.

5. Una vez transcurrida el plazo de enmienda, las entidades requeridas han enmendado las deficiencias detectadas y los servicios gestores han valorado la totalidad de las solicitudes que cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria, han propuesto la concesión de ayudas hasta agotar el crédito existente, y han elaborado la lista de las solicitudes con propuesta provisional de concesión y una lista de reserva provisional.

6. El día 5 de marzo de 2026 se publicó en el Boletín Oficial de las Illes Balears la Propuesta provisional de la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar proyectos para la digitalización del ciclo urbano del agua en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de las Illes Balears, en el marco del PERTE de digitalización del ciclo del agua, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU.

7. En fecha 19 de marzo se ha publicado en el BOIB la modificación de la propuesta provisional de concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos para la digitalización del ciclo urbano del agua en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de las Illes Balears, en el marco del PERTE de digitalización del ciclo del agua, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU, publicada en el BOIB núm. 29, de 5 de marzo de 2026, que incorpora la reformulación presentada por el Ayuntamiento de Puigpunyent y la propuesta provisional de concesión al Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja para el proyecto «Automatización y telegestión sistemas de abastecimiento T.M Sant Joan de Labritja» y un importe de 29.763,23 euros.

8. Por todo esto y aplicado el procedimiento de concurrencia no competitiva por orden de entrada, han resultado seleccionados los proyectos recogidos al anexo 1, los cuales se concentran íntegramente en las islas de Mallorca, Menorca i Eivissa con la distribución presupuestaria siguiente:

Isla

Anualidad

Cuantía

Partida presupuestaria

Mallorca

2026

1.218.416,35 €

38101 G/562A01/76001/10 FF MR079

Menorca

2026

70.620,42 €

38101 G/562A01/76001/20 FF MR079

Eivissa

2026

29.763,23 €

38101 G/562A01/76001/30 FF MR079

TOTAL

1.318.800,00 €

 9. Del análisis de las concesiones propuestas se constata que la distribución inicial de créditos por islas no se ajusta exactamente al importe de los proyectos seleccionados de conformidad con los criterios de la convocatoria, hecho que obliga a reajustar la territorialización de las partidas presupuestarias para adecuarlas a las concesiones previstas.

10. El día 23 de febrero de 2026 la jefa del Servicio de Proyectos del Ciclo del Agua de la Dirección General de Recursos Hídricos, ha emitido un informe justificativo de la necesidad de modificar la territorialización de las partidas presupuestarias del apartado séptimo del anexo y del punto 2 de la Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua de 1 de diciembre de 2025, con el fin de adecuarlas a los importes resultantes de los proyectos seleccionados conformemente a los criterios del apartado duodécimo de la convocatoria.

11. Por todo esto, en fecha 23 de marzo de 2026 el director general de Recursos Hídricos ha dictado una propuesta de modificación de la Resolución de día 1 de diciembre por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas para financiar proyectos para la digitalización del ciclo urbano del agua en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de las Illes Balears, en el marco del PERTE de digitalización del ciclo del agua, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU, con el fin de adecuarlas a los importes resultantes de los proyectos seleccionados conformemente a los criterios del apartado duodécimo de la convocatoria.

12. En fecha 26 de marzo de 2026 la Intervención de la CAIB ha emitido informe de fiscalización previa limitada favorable.

Fundamentos de derecho

1. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

2. Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.

3. Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Illes Balears, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2025, de 28 de diciembre.

4. Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

5. Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Ille Balears.

6. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

7. Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente de 24 de julio de 2024, por el que se aprueban los criterios de reparto y la distribución territorial de los créditos relativos a la segunda fase del reparto en conferencia sectorial a las comunidades autónomas del PERTE de digitalización del ciclo del agua, con cargo a la inversión 3 «Transición digital en el sector de la agua» del Componente 5 «Preservación del espacio litoral y los recursos hídricos» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

8. Acuerdo del Consejo de Gobierno de 20 de diciembre de 2024, por el que se actualiza la relación de proyectos declarados estratégicos al amparo del artículo 5.2 de la Ley 4/2021, de 17 de diciembre, de medidas extraordinarias y urgentes para ejecutar las actuaciones y los proyectos que se deben financiar con fondos europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En el caso del proyecto núm. 34 «Gestión inteligente de la agua» se actualiza el importe estimado y la consejería promotora.

9. Orden 13/2025, de 20 de mayo, del consejero del Mar y del Ciclo del Agua por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de costas y litoral, recursos hídricos, puertos autonómicos, transporte marítimo y náutica.

10. Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

11. Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua de 1 de diciembre de 2025 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas para financiar proyectos para la digitalización del ciclo urbano del agua en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de las Illes Balears, en el marco del PERTE de digitalización del ciclo del agua, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar la territorialización de las partidas presupuestarias del apartado séptimo del anexo y del punto 2 de la Resolución del consejero del Mar y del Ciclo del Agua de 1 de diciembre de 2025 por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas para financiar proyectos para la digitalización del ciclo urbano del agua en los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de las Illes Balears, en el marco del PERTE de digitalización del ciclo del agua, del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), financiado por la Unión Europea-NextGeneration EU, con el fin de adecuarlas a los importes resultantes de los proyectos seleccionados conformemente a los criterios del apartado duodécimo de la convocatoria con el siguiente desglose:

Isla

Anualidad

Cuantía

Partida presupuestaria

Mallorca

2026

1.218.416,35 €

38101 G/562A01/76001/10 FF MR079

Menorca

2026

70.620,42 €

38101 G/562A01/76001/20 FF MR079

Eivissa

2026

29.763,23 €

38101 G/562A01/76001/30 FF MR079

TOTAL

1.318.800,00 €

 

2. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer, alternativamente, recurso potestativo de reposición ante el consejero del Mar y del Ciclo del Agua, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la  publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.

 

(Firmado electrónicamentw: 27 de marzo de 2026)

El consejero del Mar y del Ciclo del Agua Juan Manuel Lafuente Mir

Documentos adjuntos