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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD

Núm. 278923
Resolución de la presidenta del Instituto Balear de la Juventud por la que se aprueba la convocatoria de los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove para el año 2026 y se establecen sus bases generales y específicas

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Texto

Hechos

1. El Instituto Balear de la Juventud (de ahora en adelante, IBJOVE) ejerce funciones relativas a la coordinación y el impulso de actividades en materia de juventud y a la promoción de acciones de dinamización juvenil, así como del asociacionismo y de la participación de los jóvenes de las Illes Balears en la vida social y cultural.

2. El Programa Cultural Art Jove, promovido por el IBJOVE, tiene como objetivos básicos fomentar la participación libre y eficaz de los jóvenes de las Illes Balears en el desarrollo de la cultura y potenciar su creatividad artística. Estos objetivos se plasman cada año en la convocatoria de diferentes certámenes, premios y muestras de vertientes artísticas múltiples.

3. Las ayudas de la convocatoria de premios y certámenes del Programa Cultural Art Jove, gestionada por el IBJOVE, están incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024, de conformidad con el artículo 6 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El 8 de abril de 2026, de acuerdo con el informe justificativo previo de 23 de marzo de 2026 de la responsable de Art Jove y del certificado de suficiencia de crédito de 30 de marzo del técnico económico financiero del IBJOVE, la presidenta de este organismo ordenó el inicio del procedimiento para convocar los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove 2026. El 31 de marzo de 2026 se emitió el informe jurídico favorable a la convocatoria.

Fundamentos de derecho

1. El IBJOVE, adscrito a la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia, se configura como una entidad pública empresarial con personalidad jurídica propia y autonomía de gestión, de acuerdo con el artículo 2.1.b) de la Ley 7/2010, de 21 de julio, del sector público instrumental de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Su capacidad de actuar viene refrendada por el artículo 15.2 de la Ley 5/2022, de 8 de julio, de políticas de juventud, y por el Decreto 33/2023, de 26 de mayo, por el que se aprueban sus Estatutos.

2. De acuerdo con los artículos 4 y 5 de sus Estatutos, el IBJOVE tiene encomendada la tarea de impulsar y coordinar las actuaciones del Gobierno de las Illes Balears en materia de juventud. Asimismo, el artículo 16 de la Ley 5/2022 le atribuye la función de promover programas destinados al desarrollo integral de la juventud, haciendo especial énfasis en el fomento de las actividades culturales y artísticas.

3. El Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones cuyo establecimiento o gestión corresponden a la Administración de la Comunidad Autónoma o a las entidades públicas que dependen de ella. Tiene la consideración de subvención cualquier disposición gratuita de fondos públicos y, en general, de cualquier recurso público evaluable económicamente que lleve a cabo la Administración a favor de una persona física o jurídica, pública o privada, y que se destine a la realización de una actividad de utilidad pública o de interés social, o a la consecución de una finalidad pública.

4. Mediante la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).

5. Mediante el Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el cese y el nombramiento de miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 89 de 12 de julio), se nombró consejera de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia a Sandra Fernández Herranz, que de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 33/2023, de 26 de mayo, de aprobación de los estatutos de la entidad pública empresarial Instituto Balear de la Juventud (IBJOVE), ejerce también como Presidenta de este, dado que, según establece el Decreto 10/2025, de 14 de julio, se asignan a la citada Consejería las competencias en materia de planificación y coordinación de las políticas de juventud.

6. La Ley 5/2022 establece como finalidad primordial de las políticas de juventud favorecer que las personas jóvenes puedan desarrollar su proyecto de vida y participar activamente en la vida cultural de las Illes Balears. En este sentido, la normativa obliga a las administraciones a garantizar servicios y programas que fomenten la creación artística joven como herramienta de autonomía y calidad de vida.

7. Dentro del contexto competencial mencionado, el Programa Cultural Art Jove es el instrumento del IBJOVE destinado a fomentar la creación artística emergente. Este programa actúa como plataforma de visualización del talento joven y garantiza el acceso de la juventud a una oferta cultural de calidad, al mismo tiempo que se consolida como un eje estratégico de la entidad.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

Aprobar la convocatoria de los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove para el año 2026, que se regirán por las bases generales y las específicas que se publican como anexos 1 y 2, respectivamente.

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta del IBJOVE en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (9 de abril de 2026)

La presidenta del Instituto Balear de la Juventud Sandra Fernández Herranz

 

ANEXO 1 Bases generales del Programa Cultural Art Jove 2026

1. Objeto de la convocatoria

1.1. El objeto de esta convocatoria son los certámenes del Programa Cultural Art Jove 2026, el cual tiene la finalidad de fomentar la participación libre y eficaz de los jóvenes de las Illes Balears en el desarrollo de la cultura y potenciar su creatividad artística.

1.2. Los certámenes convocados para el año 2026 son los siguientes:

a) Certamen de Artes Visuales, dotado con 13.000,00 € (trece mil euros). 

b) Certamen de Cómic, dotado con 8.000,00 € (ocho mil euros). 

c) Certamen de Danza Contemporánea, dotado con 9.000,00 € (nueve mil euros). 

d) Certamen de Discjockeys, dotado con 4.000,00 € (cuatro mil euros). 

e) Certamen de Cortometrajes, dotado con 13.000,00 € (trece mil euros). 

f) Certamen de Relato Breve, dotado con 5.000,00 € (cinco mil euros). 

g) Certamen de Música para Jóvenes Intérpretes, en la modalidad de Grupos de Cámara, dotado con 9.000,00 € (nueve mil euros).

h) Certamen de Diseño de Moda, dotado con 12.000,00 € (doce mil euros). 

i) Certamen de Diseño de Producto, dotado con 8.000,00 € (ocho mil euros). 

j) Certamen de Cocina Chef Joven, dotado con 7.000,00 € (siete mil euros).

1.3. Las condiciones específicas, el plazo de presentación de los trabajos y las normas concretas del desarrollo de cada certamen se determinan en el anexo 2 (bases específicas).

 

2. Importe y crédito presupuestario

Se destina a esta convocatoria la cantidad máxima de 88.000,00 € (ochenta y ocho mil euros), con cargo a los presupuestos del IBJOVE para el año 2026. Se tomarán las medidas adecuadas y necesarias para futuros ejercicios, si procede.

3. Participantes

3.1. El Programa Cultural Art Jove se dirige a jóvenes nacidos o residentes en las Illes Balears que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2026.

3.2. No está permitida la inscripción de grupos en los certámenes de Artes Visuales, Relato Breve, Diseño de Moda, Cocina Chef Joven y Discjockey.

3.3. En la inscripción de grupos, se considera representante del grupo al componente del grupo que formaliza la solicitud de inscripción, y forman el resto del grupo los miembros que en ella constan. Los concursantes no pueden participar en ningún certamen como parte de dos grupos al mismo tiempo o como parte de un grupo y de forma individual.

3.4. Si resultan ganadores jóvenes de 16 o 17 años no emancipados, deberán cobrar el premio las personas que los representen legalmente.

3.5. Los grupos o los autores que hayan recibido un primer premio o un premio único en cualquier edición del Programa Cultural Art Jove no pueden volver a presentarse a la misma modalidad en la que resultaron ganadores. En el supuesto de los grupos, se entiende que no pueden volver a presentarse si conservan el mismo nombre o si la mayor parte de los componentes del grupo (la mitad más uno) son los mismos que cuando el grupo resultó ganador.

3.6. Asimismo, no se puede presentar a concurso ninguna obra que, en el momento de la inscripción, ya haya resultado ganadora del primer premio de cualquier otro certamen de las Illes Balears.

3.7. En todos los certámenes que implican la actuación de grupos de personas, si una vez finalizado el plazo de inscripción alguno de los componentes del grupo no puede asistir a la primera prueba selectiva, se admitirá la sustitución de un máximo del 50 % de los componentes del grupo. Estas sustituciones deberán sujetarse obligatoriamente a las siguientes restricciones:

  • Los sustitutos deben cumplir los requisitos de edad y de nacimiento o residencia.
  • Los sustitutos deben presentar, previamente, la documentación indicada en el apartado 5.5.

En ningún caso se admitirá la sustitución de algún miembro del grupo una vez realizada la semifinal.

4. Obligaciones de las personas beneficiarias

4.1. Las personas beneficiarias deben cumplir las obligaciones que establecen el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).

4.2. Antes de que se formule la propuesta de resolución de concesión de la subvención, las personas beneficiarias deben estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social con la Administración del Estado y de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. El hecho de presentar la solicitud implica que la persona solicitante autoriza al órgano convocante a obtener directamente los certificados que acrediten que está al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social. No obstante, la persona solicitante puede denegar expresamente esta autorización, si aporta un documento de denegación y los certificados mencionados.

5. Presentación de solicitudes: requisitos, plazos y documentación

5.1. Las personas interesadas que cumplan los requisitos generales que determina la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo), así como los requisitos específicos de este anexo, pueden presentar las solicitudes de acuerdo con lo que dispone este punto.

5.2. El plazo para presentar las solicitudes y el resto de los documentos que se mencionan en esta convocatoria es desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears y hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2026, sin perjuicio de lo que se establece en la letra c) del apartado 5.5 de estas bases.

5.3. Las bases, el formulario de inscripción y el resto de los documentos que se mencionan en esta convocatoria están a disposición de las personas interesadas en el apartado Art Jove de la página web del IBJOVE (http://ibjove.caib.es).

5.4. Las personas interesadas deben cumplimentar el formulario de inscripción que se encuentra en la página web del IBJOVE y enviar toda la documentación que se especifica a continuación al correo electrónico programaculturalartjove@gmail.com.

5.5. La documentación que debe presentarse para todas las modalidades convocadas es la siguiente:

a) El formulario debidamente cumplimentado. 

b) En el supuesto de no haber nacido en las Illes Balears, original o copia acreditativa del certificado de empadronamiento en alguna población de Illes Balears. 

c) Para algunas modalidades (Cómic, Cocina Chef Joven, Relato Breve, Diseño de Moda y Diseño de Producto), se establece un plazo adicional para presentar documentación específica de aquella modalidad.

El Área de Art Jove del IBJOVE puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para validar la solicitud. 

5.6. Si la solicitud no cumple los requisitos exigidos o bien la información o la documentación aportadas son incorrectas o incompletas, el IBJOVE debe requerir a la persona interesada que, en el plazo de diez días hábiles contados desde el día siguiente al de haber recibido la notificación por correo electrónico, subsane la falta o presente los documentos preceptivos, de acuerdo con lo que dispone el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Si en este plazo la persona interesada no realiza las subsanaciones correspondientes, se entenderá que desiste de la solicitud.

6. Instrucción del procedimiento

El órgano instructor es la responsable del Área de Art Jove del IBJOVE, la cual debe llevar a cabo las actuaciones a que se refieren el artículo 16 y los siguientes del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones. En concreto, debe realizar de oficio todas las actuaciones que considere necesarias para el desarrollo de los certámenes y premios. 

7. Jurado

7.1. El jurado es el órgano colegiado al que corresponde seleccionar las obras y los participantes finalistas y ganadores, así como emitir el informe que debe servir de base al órgano instructor para elaborar la resolución correspondiente.

7.2. La presidenta del IBJOVE debe nombrar los miembros de cada jurado mediante una resolución.

7.3. El jurado de cada uno de los certámenes está formado por los componentes que se indican a continuación. La composición concreta de cada jurado se detalla en las bases específicas correspondientes:

  • Presidente o presidenta (con voto dirimente en caso de empate): la persona que elija el IBJOVE siguiendo el criterio de profesionalidad o prestigio reconocidos en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.
  • Vocales: un mínimo de tres personas seleccionadas por el IBJOVE de acuerdo con el criterio de profesionalidad o prestigio reconocidos en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. 
  • Secretaria (con voz y voto): la coordinadora del Programa Cultural Art Jove del IBJOVE.

7.4. Se considera que hay quórum suficiente cuando están presentes en las reuniones del jurado el presidente o presidenta y la secretaria o, en su caso, las personas que los sustituyan, y la mitad de los miembros, como mínimo. En caso de vacante, ausencia o enfermedad del presidente o presidenta, deberá sustituirlo la persona del jurado de mayor edad, pero en este caso es necesaria la presencia de un vocal más para que haya quórum suficiente. En caso de vacante, ausencia o enfermedad de la secretaria, deberá sustituirla un técnico del Área de Art Jove o la persona en quien delegue la responsabilidad.

7.5. El veredicto del jurado es inapelable. Las decisiones deben tomarse por mayoría simple; no es necesaria, por tanto, la unanimidad a la hora de establecer el ganador o los ganadores de cualquier certamen.

7.6. En los certámenes cuyas bases específicas establecen una duración de la interpretación, esta deberá entenderse como aproximada. El jurado es quien debe determinar si la falta o el exceso de tiempo utilizado por los participantes puede ser penalizado, siempre dentro de las circunstancias generales de la prueba.

8. Resolución y notificación

8.1. El órgano competente para resolver la concesión de los premios es la presidenta del IBJOVE.

8.2. La concesión de los premios del Programa Cultural Art Jove debe resolverse antes del 31 de diciembre de 2026. Este plazo puede ser modificado en caso de que existan impedimentos debidamente justificados que no permitan cumplirlo.

8.3. La resolución de concesión de la presidenta debe ser motivada y debe fijar, con carácter definitivo, la cantidad individual de los premios concedidos. La resolución debe notificarse a las personas interesadas mediante la publicación en el sitio web http://ibjove.caib.es.

8.4. Presentarse a un certamen o modalidad implica aceptar el premio que eventualmente pueda corresponder, salvo que se manifieste expresamente lo contrario.

9. Pago y justificación

9.1. Como justificación para el pago de los premios es suficiente acreditar los requisitos que establece la convocatoria.

9.2. De acuerdo con el punto 9.1 de esta convocatoria, con carácter general, los premios deben pagarse a los beneficiarios íntegramente, mediante transferencia, una vez resuelta y notificada la concesión y completada correctamente la documentación exigida en el punto 5.4 de las bases generales.

9.3. No obstante, en todos los certámenes en los que se establece que una parte del premio está sujeta a la realización de actuaciones o encargos específicos por parte de los ganadores o finalistas, además de lo dispuesto en el punto 9.2, para tramitar los pagos correspondientes es necesario que un técnico del Área de Art Jove expida un certificado que acredite que se han realizado las actuaciones mencionadas o que se han presentado los encargos específicos de cada certamen. Estos encargos o actuaciones deben llevarse a cabo durante 2026 y 2027.

9.4. Los participantes premiados deben cobrar la parte que les corresponda cuando hayan realizado las actuaciones programadas. En caso de ausencia de algún participante, si no está justificada por algún motivo de fuerza mayor, el participante pierde el derecho a cobrarlas.

10. Otras determinaciones

10.1. Los premios que establece esta convocatoria tienen la consideración de rentas imputables a los efectos de lo que establece la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

10.2. El hecho de presentarse a cualquier certamen supone, implícitamente, que los autores autorizan al IBJOVE a reproducir y publicar su imagen y el contenido de las obras inscritas mediante cualquier recurso que considere oportuno.

10.3. La presidenta del IBJOVE, a propuesta de la coordinadora del Programa Cultural Art Jove, con el visto bueno del director del IBJOVE, puede introducir las modificaciones que considere convenientes en el desarrollo de los certámenes para que funcionen correctamente, y debe resolver todas las cuestiones que puedan surgir en lo que respecta a la interpretación de las bases. Asimismo, puede anular o incorporar fases de selección previas cuando el número de participantes lo aconseje.

10.4. El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede ser modificado por falta de disponibilidad de espacio o de profesionales, o por otras razones debidamente justificadas.

10.5. Una vez finalizado el plazo de inscripción, debe considerarse que la participación en un certamen o modalidad es insuficiente si hay menos de tres inscripciones. En el supuesto de que la participación sea insuficiente o, simplemente, escasa (inferior a cinco inscripciones), y antes de declarar desierto el certamen o modalidad, la presidenta del IBJOVE, a propuesta de la coordinadora del Programa Cultural Art Jove, con el visto bueno del director del IBJOVE, puede abrir un nuevo plazo de inscripción, siempre con la publicación previa en el Boletín Oficial de las Illes Balears y conservando las solicitudes ya presentadas. Este nuevo plazo no debe perjudicar en ningún caso a los participantes presentados en el plazo establecido inicialmente, dado que deben disponer de un tiempo adicional para mejorar sus propuestas y profundizar en ellas o para presentar una nueva, si lo consideran conveniente. En cualquier caso, si una vez finalizado el nuevo plazo de inscripción la participación es inferior a tres inscripciones, el certamen o modalidad debe declararse desierto automáticamente.

10.6. Una vez cerrado definitivamente el proceso de inscripción, para todas las modalidades que supongan una actuación en directo de los participantes (Danza Contemporánea, Discjockey, Cocina Chef Joven y Grupos de Cámara), en el supuesto de que el número total de inscritos sea igual o superior a cinco, deben programarse una o más fases semifinales. Si el número de inscritos es inferior a cinco, se programará directamente una fase final.

10.7. Cuando el participante deba asistir a un evento programado por Art Jove fuera del municipio donde reside en ese momento, el IBJOVE debe hacerse cargo del coste del transporte aéreo o marítimo, dentro del Estado español, del participante y de todo el material necesario para participar en él. En el supuesto de que el participante resida fuera del Estado español, el IBJOVE se hará cargo del coste del transporte aéreo o marítimo del participante y de todo el material necesario para participar en el evento, hasta un máximo de 500,00 €, ida y vuelta. En el supuesto de que el evento programado le obligue a hacer una o más pernoctaciones fuera de su isla de residencia o nacimiento, también debe hacerse cargo del alojamiento. En ningún caso se cubren los desplazamientos terrestres.

10.8. Cualquier información relativa a la organización y celebración de un certamen y a la decisión de los jurados debe comunicarse a los participantes mediante un correo electrónico, sin perjuicio de que, además, también se les notifique por vía telefónica.

10.9. En las fases semifinales de todos los certámenes, si procede, el jurado debe nominar a dos semifinalistas sustitutos que deben participar en las pruebas de selección cuando alguno de los semifinalistas no pueda asistir. Esta decisión debe hacerse constar en el acta.

10.10. Durante los años 2026 y 2027, el IBJOVE puede editar catálogos, vídeos, DVD y publicaciones en los que se recojan las obras y las interpretaciones ganadoras y finalistas de los diferentes certámenes que son objeto de esta convocatoria.

10.11. La participación en cualquiera de los certámenes o modalidades que establece esta convocatoria implica aceptar de una manera estricta todas las bases (generales y específicas), por lo que deben excluirse las inscripciones que no cumplan las condiciones establecidas.

10.12. El IBJOVE no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos en las obras y las actuaciones admitidas a concurso, ni se identifica necesariamente con ellos. En cualquier caso, no deben admitirse a concurso obras o interpretaciones que hagan una apología explícita y claramente intencionada de la vulneración de los derechos humanos. Si se produce este supuesto, el director del IBJOVE, a propuesta unánime del jurado correspondiente, debe resolver excluirlas del certamen.

10.13. El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede modificarse por falta de disponibilidad de espacio o de profesionales o por otras razones debidamente justificadas.

11. Programa itinerante

11.1. El programa itinerante es el instrumento de difusión y promoción de los finalistas y los ganadores de todos los certámenes, una vez que ha tenido lugar la final y se han llevado a cabo las actuaciones derivadas del pago de los diferentes premios. Consiste en programar actuaciones, exhibiciones, exposiciones o muestras en diferentes espacios de las Illes Balears o del resto del Estado español. Los artistas que participen en el programa itinerante de cualquier certamen o modalidad deben presentar una factura o minuta, con los impuestos que correspondan en cada caso, para cobrar las actuaciones con las cantidades que se exponen a continuación:

  • Los intérpretes o artistas en solitario: 300,00 € brutos.
  • Los grupos: 300,00 € por componente, hasta un máximo de 1.500,00 € brutos. 

11.2. Las actuaciones o exposiciones que sean iniciativa del IBJOVE (actuaciones de finalistas o ganadores durante la deliberación de los jurados en selecciones o en actos de clausura, exposiciones o muestras) debe gestionarlas el IBJOVE, el cual debe asumir todos sus gastos. En lo que respecta a las actuaciones de artistas o a las exposiciones de obras finalistas o ganadoras del Art Jove que programe una entidad externa, ya sea pública o privada, debe procederse de la manera siguiente:

  • En el supuesto de actuaciones de artistas, la entidad solicitante debe hacerse cargo de la publicidad y difusión de la actuación y de la manutención del artista, si se ve obligado a pernoctar fuera de su municipio de residencia, y debe poner a disposición de los participantes el espacio escénico, el técnico y el equipo de sonido. El IBJOVE debe asumir el coste de la minuta, del desplazamiento y del alojamiento, si procede.
  • Si se trata de exposiciones, la entidad solicitante debe encargarse de la publicidad y difusión de la exposición y del montaje, el desmontaje, la vigilancia y la custodia, y la devolución de las obras en las mismas condiciones en que las haya recibido. Los gastos de la minuta de los artistas y del envío de las obras corren a cargo del IBJOVE. 

12. Tratamiento de datos de carácter personal

12.1 En lo que respecta al tratamiento de datos personales de los participantes y a los derechos que les reconoce la normativa vigente, la política de privacidad aplicable a los certámenes gestionados por el Área de Art Jove es la que se establece a continuación. Cualquier duda o aclaración respecto a la política de privacidad del IBJOVE o a los derechos de los participantes debe resolverse con el IBJOVE a través de los canales que se indican a continuación. En caso de proporcionar datos de carácter personal de terceros, el participante se compromete a obtener el consentimiento previo de las personas afectadas y a informarles sobre el contenido de esta política.

12.2 El responsable del tratamiento de los datos es el IBJOVE y, en concreto, el Área de Art Jove, con domicilio en la calle de l'Uruguai, s/n (Velòdrom Illes Balears), 07010 Palma, teléfono 971 17 89 49 y dirección electrónica artjove@ibjove.net. Puede contactar con el delegado de protección de datos del IBJOVE mediante la siguiente dirección electrónica: protecciodedades@ibjove.caib.es.

12.3. Los datos que proporcionan los participantes en los formularios de inscripción son tratados para tramitar su inscripción en los certámenes y premios del Programa Cultural Art Jove para el año 2026 y para gestionar estos premios y certámenes. Este tratamiento se basa en la gestión de la relación jurídica que se establece con motivo de la participación en los certámenes del IBJOVE y en el cumplimiento de obligaciones legales, en concreto, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre; de la Ley 7/1985, de 2 de abril; del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; del Decreto 32/2006, de 31 de marzo, y de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo).

12.4. Los datos identificativos y de contacto proporcionados en el formulario de inscripción son tratados con el fin de enviar comunicaciones por medios electrónicos sobre actividades, eventos e información general del IBJOVE. Este tratamiento se basa en el consentimiento que se solicita en el formulario de inscripción para la recepción de estas comunicaciones por medios electrónicos. El hecho de no prestar el consentimiento para esta finalidad o de retirarlo no condiciona la inscripción.

12.5. El material resultante de los vídeos o reportajes fotográficos llevados a cabo durante la participación en los certámenes y, si procede, la imagen y/o la voz de las personas que aparecen en las obras integrantes de los certámenes son utilizados para informar al público sobre actividades llevadas a cabo por el IBJOVE. La base jurídica para captar la imagen y, si procede, la voz de los participantes y para difundirlas en medios de comunicación y en perfiles del IBJOVE en redes sociales, como Facebook, TikTok, Instagram o X, es el consentimiento de los participantes o de sus padres o tutores, que se solicita en la autorización de captación y uso de imagen remitida antes de publicarse, al amparo de lo previsto en la Ley orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.

12.6. Los datos son comunicados a terceras personas por obligación legal o con el consentimiento del participante. En concreto, si un participante resulta ganador de un certamen, el IBJOVE puede publicar su nombre y apellidos en los medios de comunicación y en perfiles del IBJOVE de diferentes redes sociales, como Facebook, TikTok, Instagram o X. La publicación del nombre de las personas premiadas se basa en el cumplimiento de una disposición legal, concretamente, del artículo 6.2 del Decreto legislativo 2/2005, que regula, entre los principios en los que debe basarse esta actuación administrativa, el de transparencia.

12.7. En caso de tener que gestionar desplazamientos o alojamientos para participar en las semifinales o finales de los diferentes certámenes o eventos programados por Art Jove, los datos identificativos de los participantes, de contacto y de características personales obtenidos del formulario (en concreto: nombre y apellidos, DNI, NIE o pasaporte, dirección postal, dirección electrónica y fecha de nacimiento) serán comunicados a la agencia de viajes minorista encargada de tramitar los billetes o las reservas, así como a las empresas cuyos servicios se incluyan en estos viajes y reservas, como empresas de transporte u hoteles.

12.8. Se conservarán los datos personales que proporcionen los participantes durante la vigencia de la relación que mantienen con el IBJOVE y durante el tiempo necesario para atender posibles responsabilidades nacidas del tratamiento de estos datos. Los datos tratados con finalidades informativas se conservarán mientras no se solicite su baja. El material audiovisual se utilizará durante el tiempo que el IBJOVE considere necesario para la consecución de las finalidades antes descritas. Los documentos de cualquier época o tipología, reunidos o no en archivos, y producidos, recibidos o conservados por el IBJOVE, en el ejercicio de su función, forman parte del patrimonio documental de las Illes Balears. Una vez que los datos tratados hayan dejado de ser útiles para las finalidades para las que fueron recogidos, pasarán al estado histórico y serán conservados y, si procede, destruidos, conforme a la normativa de evaluación y a los criterios previstos por las leyes 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears, y 15/2006, de 17 de octubre, de archivos y patrimonio documental de las Illes Balears.

12.9. Los participantes tienen derecho a obtener confirmación de si se tratan o no sus datos personales y, en su caso, a acceder a ellos. Igualmente, pueden pedir que sus datos sean rectificados, cuando sean inexactos, o que se completen cuando sean incompletos, así como solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para las finalidades para las que fueron recogidos.

En determinadas circunstancias, pueden solicitar la limitación del tratamiento de sus datos. En este caso, solo se tratarán los datos afectados con el fin de formular, ejercer o defender reclamaciones o con la intención de proteger los derechos de otras personas. En determinadas condiciones y por motivos relacionados con su situación particular, pueden igualmente oponerse al tratamiento de sus datos. En este caso, se dejarán de tratar los datos, salvo por motivos legítimos imperiosos que prevalezcan sobre sus intereses o derechos y libertades, o para formular, ejercer o defender reclamaciones.

Asimismo, bajo ciertas condiciones, pueden solicitar la portabilidad de sus datos, para que sean transmitidos a otro responsable de tratarlos. 

12.10. Los participantes pueden revocar el consentimiento que hayan prestado para determinadas finalidades, sin que este hecho afecte a la licitud del tratamiento basado en el consentimiento previo a la retirada del consentimiento. Igualmente, tienen derecho a presentar una reclamación ante la autoridad de protección de datos.

12.11. Para solicitar la baja de los tratamientos con finalidades informativas, pueden enviar un correo electrónico a protecciodedades@ibjove.caib.es.

12.12. Para ejercer sus derechos, los participantes deben remitir, por correo postal o electrónico, una solicitud, acompañada de una copia del DNI o de otro documento válido que los identifique, al delegado de protección de datos, a las direcciones indicadas en el apartado 12.2. Para más información sobre sus derechos y sobre cómo ejercerlos, los participantes pueden consultar la web de la Agencia Española de Protección de Datos: http://www.aepd.es

13. Revocación

13.1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, procede revocar la subvención cuando, con posterioridad a la resolución de concesión, la persona beneficiaria incumpla total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los que está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención.

13.2. Como consecuencia de la revocación, queda sin efecto el acto de concesión del premio y deben reintegrarse las cantidades percibidas indebidamente.

14. Reintegro de las ayudas concedidas

14.1. Procede reintegrar total o parcialmente las cantidades recibidas y exigir el interés de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha de la resolución por la que se aprueba el reintegro en los casos previstos en el artículo 44 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones.

14.2. Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por la vía de apremio.

14.3. Si todavía no se ha abonado el importe del premio, el incumplimiento de las obligaciones supone perder el derecho a cobrarlo, con la audiencia previa de la persona interesada.

14.4. El ganador pierde el derecho a reclamar el pago del premio si no entrega toda la documentación requerida o si, por cualquier otra circunstancia que le pueda ser imputada, no es posible tramitar este pago dentro del plazo notificado por el IBJOVE.

15. Régimen de infracciones y sanciones

Si se incumplen los requisitos que establece esta convocatoria, debe aplicarse el régimen de infracciones y sanciones regulado en el título V del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones. 

16. Normativa aplicable

Esta convocatoria se rige por lo dispuesto en estas bases; la Orden de la consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 5 de marzo de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de servicios sociales y de juventud (BOIB núm. 34, de 11 de marzo); el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones, y el resto de la normativa aplicable.

 

ANEXO 2 Bases específicas del Programa Cultural Art Jove 2026

CERTAMEN DE ARTES VISUALES

1. Convocatoria y participantes

Se convoca el Certamen de Artes Visuales para jóvenes creadores de cualquier disciplina artística a la que se pueda aplicar la denominación de artes visuales (fotografía, escultura, pintura, instalación, videoinstalación, etc.). Pueden participar artistas jóvenes nacidos o residentes en las Illes Balears que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2026. No se admite la inscripción de grupos. 

2. Premios

La dotación del premio es de 13.000,00 € (trece mil euros), que se repartirá de la siguiente manera: 

  • Un primer premio en metálico de 1.500,00 € (mil quinientos euros), y 3.000,00 € (tres mil euros) más que se deben destinar a sufragar todos los gastos del artista ganador para participar en el programa de intercambios Art Pertot 2026 (punto 6). Se incluyen los gastos de alojamiento, manutención y honorarios del artista ganador, y de producción, montaje y desmontaje y transporte de la obra. 
  • Se establece una dotación de 1.500,00 € (mil quinientos euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado. 
  • Los 7.000,00 € (siete mil euros) restantes se destinarán a sufragar los gastos de producción y montaje de los finalistas, hasta un máximo de siete (1.000,00 € por artista). 

Todos los premios pueden declararse desiertos y el primero no puede ser compartido. La decisión del jurado es inapelable. 

3. Condiciones técnicas y plazo de presentación de solicitudes y documentación

Para este certamen, se establece un único plazo de presentación de solicitudes y documentación: hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2026.  En este plazo debe cumplimentarse el formulario de inscripción disponible en la web del IBJOVE: http://ibjove.caib.es 

En el formulario debe constar un enlace de Wetransfer, Drive o un servicio similar en el que haya un PDF que se pueda descargar y que contenga un archivo con un peso máximo de 300 MB. El enlace debe estar activo como mínimo un mes. El archivo, que debe ser anónimo, debe contener un dossier que muestre una visión general de la obra del artista. 

Asimismo, en el supuesto de no haber nacido en las Illes Balears y no ser residente en Palma, debe enviarse original o copia acreditativa del certificado de empadronamiento en una población de las Illes Balears a la dirección programaculturalartjove@gmail.com. 

4. Jurado

El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado deben designarse de entre los miembros de la Associació de Galeristes de Palma, los miembros de la Associació d'Artistes Audiovisuals de les Illes Balears, los comisarios o programadores de arte de centros o fundaciones culturales de prestigio reconocido, los críticos de arte de medios de comunicación con difusión suficiente en las Illes Balears o en otras comunidades autónomas del Estado y artistas de prestigio reconocido. El comisario del certamen presidirá el jurado. Asimismo, se invitará a participar como miembro del jurado al ganador de la última edición del Certamen de Artes Visuales del Programa Cultural Art Jove. 

5. Selección y desarrollo

Vistos los dosieres presentados, el jurado debe seleccionar, a partir de los criterios de calidad y creatividad, un máximo de siete artistas, que pasarán a la final. 

Los siete artistas finalistas disponen de dos meses, contados desde que el Área de Art Jove comunique la decisión del jurado, para preparar un proyecto de intervención urbana, con un tema obligatorio, que debe presentarse en la final. Durante estos dos meses, pueden asistir a una residencia artística que se desarrollará en el municipio donde se expondrán estas siete propuestas de arte urbano. Dispondrán de un servicio de mentoría a cargo de la persona que comisaría el certamen, que los acompañará y los asesorará durante el proceso de creación y que les propondrá el tema del proyecto. 

Las personas finalistas deben enviar su proyecto, en formato digital, en la fecha y a la dirección que les comunique el Área de Art Jove en el momento oportuno. Tanto el formato como la técnica de cada proyecto deben consensuarse entre el artista, el comisario de la exposición y la coordinadora del Programa Cultural Art Jove. 

Cuando se haya aprobado el proyecto de cada finalista, los finalistas recibirán una transferencia de 500,00 €, en concepto de ayuda a la producción y montaje de la propuesta. Los 500,00 € restantes se pagarán cuando haya tenido lugar la final del certamen. 

En cualquier caso, las obras son propiedad de los participantes, que pueden disponer de ellas cuando termine la exposición de la final. 

La final del certamen tendrá lugar en el municipio y fecha elegidos por la persona comisaria del certamen. Una vez vistas las siete propuestas presentadas, el jurado elegirá las  ganadoras y hará pública la decisión la misma noche, cuando se haya inaugurado la exposición. 

6. Programa de intercambios Art Pertot

El programa de intercambios Art Pertot es una iniciativa del Consejo Departamental de los Pirineos Orientales, del Festival Inund'Art de Girona y del IBJOVE, a través del Programa Cultural Art Jove. De acuerdo con este programa, cada entidad colaboradora selecciona a un joven artista de su territorio para que desarrolle un proyecto artístico, que se presenta en el marco de los programas culturales que impulsan las otras entidades colaboradoras y que se adapta a las necesidades y los contextos propios de cada espacio receptor. Por tanto, participan tres artistas: uno, en representación del Festival Inund'Art; otro, en representación del Programa Cultural Art Jove de las Illes Balears, y el tercero, en representación del Consejo Departamental de los Pirineos Orientales. 

La persona ganadora del primer premio de este certamen debe exponer su proyecto artístico en el marco del Festival Inund'Art de Girona en el mes de marzo de 2027 y en una exposición colectiva, junto con los otros dos artistas seleccionados en el Art Pertot, en la Casa de la Catalanitat de Perpiñán, en el mes de enero de 2028. 

En cuanto al pago de los 3.000,00 € al artista ganador en concepto de los gastos derivados de la producción y el montaje de una obra dentro del programa de intercambios Art Pertot, se hará efectivo en dos partes. Los primeros 1.500,00 € se pagarán cuando el ganador exponga su propuesta en el festival Inund'Art de Girona en marzo de 2027 y los 1.500,00 € restantes se pagarán cuando se haya inaugurado la exposición en la Casa de la Catalanitat de Perpiñán en enero de 2028.

En el supuesto de que el artista ganador de este certamen no pueda asistir a alguno de los eventos programados dentro del Art Pertot, debe comunicarlo con la antelación suficiente para que el Área de Art Jove pueda ofrecer al ganador del segundo premio de este certamen la inclusión dentro del Art Pertot. En este supuesto, el artista ganador del segundo premio cobraría los 3.000,00 € previstos en el punto 2 de estas bases («Premios»). 

En cualquier caso, si el artista ganador no tiene preparada la obra en la fecha prevista sin justificación, perderá el derecho a cobrar esta parte del premio. 

CERTAMEN DE CÓMIC

1. Convocatoria y participantes

El IBJOVE convoca este certamen dirigido a jóvenes dibujantes y guionistas. Pueden presentarse un participante en solitario o un equipo formado por el guionista y el dibujante del trabajo. Los participantes deben ser nacidos o residentes en las Illes Balears y tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2026.

2. Premios

La dotación del premio es de 8.000,00 € (ocho mil euros), que se repartirá de la siguiente manera: 

  • Un primer premio en metálico de 3.000,00 € (tres mil euros), y 2.000,00 € (dos mil euros) más en concepto de adelanto de derechos de autor para desarrollar un cómic monográfico.
  • Se establece una dotación de 3.000,00 € (tres mil euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado. 

Todos los premios pueden declararse desiertos y el primero no se puede compartir. La decisión del jurado es inapelable. 

3. Condiciones técnicas y plazos de presentación de solicitudes y documentación

Para esta modalidad, se establecen dos plazos de presentación de solicitudes y documentación: 

a) Hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2026. 

En este plazo debe cumplimentarse el formulario de inscripción disponible en la web del IBJOVE: http://ibjove.caib.es 

Asimismo, en el supuesto de no haber nacido en las Illes Balears y no ser residente en Palma, debe enviarse original o copia acreditativa del certificado de empadronamiento en una población de las Illes Balears a la dirección electrónica programaculturalartjove@gmail.com. 

b) Hasta las 23.59 h del 20 de septiembre de 2026, debe presentarse en la dirección programaculturalartjove@gmail.com la siguiente documentación: 

  • Un archivo en formato PDF o un enlace de Dropbox, Drive o un servicio similar en el que haya un PDF que se pueda descargar y que contenga el cómic, con un peso máximo de 300 MB. El enlace debe estar activo como mínimo un mes. 

Los trabajos, de temática libre, pueden presentarse en blanco y negro o en color y deben tener un mínimo de cuatro páginas y un máximo de diez. Pueden ser en catalán o en castellano.

Cada persona o equipo solo puede presentar un trabajo. Una misma persona no puede participar en más de un equipo. 

4. Jurado

El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales de esta convocatoria. En la letra b) del apartado 7.3 se indica que los vocales deben designarse de entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En lo que respecta al Certamen de Cómic, los vocales deben elegirse de entre representantes del Clúster de Cómic, dibujantes y guionistas de prestigio reconocido en las Illes Balears, directores de editoriales de cómic y comisarios de exposiciones, críticos o libreros vinculados al mundo del cómic. Se invitará a formar parte del jurado al ganador de la última edición convocada de este certamen.

 

​​​​​​​5. Selección y desarrollo

El certamen prevé la organización de una fase de preselección y una fase final.

Fase de preselección. Una vez vistos los trabajos presentados, el jurado debe seleccionar, a partir de los criterios de calidad y creatividad artística, un máximo de siete cómics para pasar a la fase final. El Área de Art Jove notificará el resultado de la selección. Los participantes o equipos de participantes finalistas deben presentar un documento en formato PDF de su trabajo diseñado para ser producido en paneles de 100 × 70 cm, en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación. En este panel debe constar el nombre del autor o autores y el título del cómic. 

Fase final. La fase final se llevará a cabo durante el mes de octubre de 2026 en el marco del Còmic Nostrum Festival Internacional de Mallorca. Se expondrán todas las obras seleccionadas y el jurado seleccionará la ganadora o ganadoras. La decisión del jurado se dará a conocer el mismo día de la inauguración de la exposición.

6. Otras determinaciones

El ganador elegirá la editorial con la que quiere publicar su cómic, siempre teniendo en cuenta y la opinión del Área de Art Jove del IBJOVE. Cuando se haya elegido la editorial se formalizará un contrato con el autor y se fijará un calendario de publicación. 

Cuando las personas ganadoras hayan entregado el borrador del cómic monográfico a la editorial elegida, se les abonarán los 2.000,00 € en concepto de adelanto de derechos de autor. En el caso de que los artistas no tengan preparada la obra en la fecha prevista sin justificación, perderán el derecho a reclamar la edición del cómic y, por tanto, a cobrar esta parte del premio.

El IBJOVE se hará cargo de los gastos de edición y maquetación del cómic monográfico de la editorial elegida hasta un máximo de 2.500,00 €. La editorial elegida debe producir un mínimo de 300 álbumes y debe entregar al IBJOVE un 5 % del total de la tirada. 

Este cómic, que debe contener obligatoriamente la historieta ganadora de este certamen, así como todo el material de promoción, debe incluir, al principio, una referencia expresa al apoyo de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia (con la imagen corporativa correspondiente) y una referencia a la participación en el Certamen de Cómic del Programa Cultural Art Jove 2026, organizado por el IBJOVE.

La editorial que publique el cómic se compromete a realizar dos presentaciones: la primera, en el marco del Salón Internacional del Cómic de Barcelona de 2027, y la segunda, en el Festival Internacional de Cómic de Angulema, durante el mes de enero de 2027.

En el caso de que el álbum no esté todavía terminado cuando tenga lugar el Salón Internacional del Cómic de Barcelona, se aplazará su presentación hasta octubre de 2027, en el marco del Còmic Nostrum Festival Internacional de Mallorca.

CERTAMEN DE DANZA CONTEMPORÁNEA

1. Convocatoria y participantes

El IBJOVE, con la colaboración del Área de Turismo, Innovación, Cultura, Deportes, Restauración y Coordinación Municipal del Ayuntamiento de Palma y el Institut d'Estudis Baleàrics (IEB), convoca este certamen dirigido a jóvenes bailarines, residentes o nacidos en las Illes Balears, que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2026. Pueden presentarse en solitario o formando compañía.

2. Premios

Se establece una dotación de 9.000,00 € (nueve mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:

  • Un primer premio en metálico de 3.000,00 € (tres mil euros), y 3.000,00 € (tres mil euros) más en concepto de pago por actuar en la Fira B! y en el Festival Palma amb la Dansa del año 2026 o del 2027. La compañía o intérprete ganador recibirá 1.500,00 € (mil quinientos euros) por actuación.
  • Se establece una dotación de 3.000,00 € (tres mil euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado.

Todos los premios pueden declararse desiertos y el primer premio no se puede dividir. 

3. Condiciones técnicas y plazo de presentación de solicitudes y documentación

Para esta modalidad, se establece un único plazo de presentación de solicitudes y documentación: hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2026. En este plazo debe cumplimentarse el formulario de inscripción disponible en la web del IBJOVE: http://ibjove.caib.es 

Asimismo, en el supuesto de no haber nacido en las Illes Balears y no ser residente en Palma, debe enviarse original o copia acreditativa del certificado de empadronamiento en una población de las Illes Balears a la dirección programaculturalartjove@gmail.com.

Cada compañía o participante debe interpretar una pieza de creación propia o de otro coreógrafo, aunque se valorará positivamente que la coreografía presentada sea de creación propia.

El montaje no puede haber sido estrenado en ningún otro espacio escénico profesional de las Illes Balears, ni puede ser un fragmento de un espectáculo de mayor duración que haya sido estrenado con anterioridad a la inscripción en este certamen.

Los participantes, tanto en la fase final como en la selección previa, deben aportar su vestuario y el montaje coreográfico, en su caso, y el CD, DVD, USB, etc., con la música elegida o acompañamiento musical (intérpretes e instrumentos), si deciden que sea en directo.

Cada inscrito solo puede participar en una propuesta. Por tanto, no puede presentarse en solitario y al mismo tiempo formar parte de una compañía que también se presente.

4. Jurado

El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado deben designarse de entre los colectivos siguientes: directores de compañías de danza de prestigio reconocido en el ámbito de las Illes Balears o del resto del Estado; críticos de danza de diferentes medios de comunicación con difusión suficiente en las Illes Balears o en el resto del Estado; directores, programadores o coordinadores de centros, salas y espacios escénicos, la persona coordinadora del Festival Palma amb la Dansa y un representante del IEB. La coordinadora del Programa Cultural Art Jove, será la secretaria que debe actuar, con voz y voto. 

5. Selección y desarrollo

En el supuesto de que el número total de inscritos sea igual o superior a cinco, deben programarse una o más fases semifinales.

La fase semifinal o las fases semifinales deben tener lugar durante el mes de julio de 2026, en el marco del festival Eima. Todos los inscritos pueden participar en todas las actividades programadas por el festival La semifinal o semifinales se celebrarán durante una de las jornadas del festival, en un espacio abierto al público. Los participantes deben presentar en ella un fragmento de su propuesta que dure entre 5 y 10 minutos. A partir de esta representación, el jurado debe elegir las tres compañías o bailarines finalistas, a partir de los criterios de creatividad y calidad artística, originalidad e innovación de la propuesta, y dimensión interpretativa (puesta en escena, transmisión y personalidad).

A partir de este momento, los tres finalistas (o los cuatro en el caso de que no se haya llevado a cabo ninguna semifinal) disponen de tres meses para montar un mínimo de 15 minutos y un máximo de 25 minutos de la coreografía que presentan a concurso. Durante este proceso, asistirán a una residencia de cuatro semanas en La Imposible, donde dispondrán del asesoramiento artístico de un coreógrafo o coreógrafa de prestigio reconocido. Los participantes finalistas cobrarán 1.000 € brutos para sufragar los gastos derivados de la asistencia a la residencia en La Imposible. Esta cantidad se cobrará por transferencia bancaria una vez que haya concluido la residencia. En caso de que el participante finalista fuera residente en una isla distinta de Mallorca, cobrará 500,00 € más en concepto de alojamiento, manutención y desplazamientos.

La fase final debe tener lugar en Maó, el 10 de octubre de 2026. Los finalistas deben representar un fragmento de la propuesta final durante un mínimo de 15 minutos y un máximo de 25. La misma noche de la final debe darse a conocer el nombre del grupo ganador.

Si la coreografía presentada a concurso incluye música en directo, el IBJOVE se hará cargo, si procede, del desplazamiento y el alojamiento de los músicos y del técnico de sonido, si lo hubiera. En ningún caso se pagarán dietas u honorarios a los músicos ni a los técnicos de sonido acompañantes. 

6. Actuaciones

Se prevé que se lleven a cabo las actuaciones de las fases semifinal (si la hay) y final del certamen, las dos correspondientes al pago del primer premio y las que organice el Programa Cultural Art Jove en el marco del programa itinerante.

El IEB y el Área de Turismo, Innovación, Cultura, Deportes, Restauración y Coordinación Municipal del Ayuntamiento de Palma se reservan la posibilidad de programar algunas o todas las compañías finalistas conjuntamente con la ganadora durante la Fira B! y el Festival Palma amb la dansa 2027. En este caso, las compañías finalistas programadas recibirán 300,00 € brutos por intérprete, hasta un máximo de 1.500,00 € brutos por compañía.

En lo que respecta a las actuaciones derivadas del pago del primer premio, corresponde al Ayuntamiento de Palma y al IEB decidir cuál será el espacio escénico o cultural en que se representará y consensuar la fecha con el intérprete o la compañía ganadora. Estas actuaciones se llevarán a cabo en el marco de la Fira B! y del Festival Palma amb la Dansa de 2027.

Las compañías o los intérpretes en solitario cobrarán la parte que les corresponda cuando hayan llevado a cabo las actuaciones programadas. En caso de ausencia que no esté justificada por causa de fuerza mayor, el bailarín perderá el derecho a cobrarla.

7. Otras determinaciones

Si cuando termine el plazo de inscripción alguno de los componentes del grupo no puede asistir a la semifinal (si la hay), se admitirá la sustitución de un máximo del 50 % de los componentes del grupo. Estas sustituciones deben estar sujetas obligatoriamente a las siguientes restricciones:

  • Los sustitutos deben cumplir los requisitos de edad y de nacimiento o residencia.
  • Los sustitutos deben presentar, previamente, la documentación indicada en el punto 5 del anexo 1. 

En ningún caso se admitirá la sustitución de algún miembro del grupo cuando ya se haya realizado la semifinal. 

CERTAMEN DE DISCJOCKEY

1. Convocatoria y participantes

El IBJOVE convoca este certamen, dirigido a discjockeys en solitario, que hayan nacido o residan en las Illes Balears. Además, todos los participantes deben tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2026.

Las sesiones presentadas deben incluirse en cualquiera de los siguientes géneros o estilos musicales: boogaloo, dance, house, future house, progressive house, comercial, afro house, latin house, brazil, afrobeat, electronic, o cualquier otro estilo.

En cualquier caso, los sets presentados deben ser de creación propia, sesiones o remezclas propias de otros autores.

Pueden concursar en este certamen jóvenes discjockeys en solitario que hayan nacido o residan en cualquier municipio de las Illes Balears.

2. Premios

Se establece una dotación total de 4.000.00 € (cuatro cinco mil euros), que se deben repartir de la siguiente manera:

  • Debe otorgarse un primer premio de 1.500,00 € (mil quinientos euros) en metálico, y 1.000,00 € (mil euros) más para pagar el caché de dos sesiones, en dos muestras o festivales. Cada actuación estará remunerada con 500,00 euros brutos.
  • Se establece una dotación de 1.500,00 € (mil quinientos euros), destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado.

El jurado puede proponer que los premios sean declarados desiertos. El primer premio no puede ser compartido.

3. Condiciones técnicas y plazo de presentación de solicitudes y documentación

Para esta modalidad se establece un único plazo de presentación de solicitudes y documentación: hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2026. En este plazo debe cumplimentarse el formulario de inscripción disponible en la web del IBJOVE: http://ibjove.caib.es 

En el formulario debe constar un enlace con un mínimo de dos sets o 10 minutos de sesión, a través de un servicio de reproducción en tiempo real (SoundCloud, Mixcloud, Spotify, etc.) o mediante descarga. Los sets presentados deben ser, obligatoriamente, realizados por el discjockey inscrito.

Asimismo, en el supuesto de no haber nacido en las Illes Balears y no ser residente en Palma, debe enviarse original o copia acreditativa del certificado de empadronamiento en una población de las Illes Balears a la dirección programaculturalartjove@gmail.com. 

Cada persona inscrita solo puede participar en una propuesta.

Los participantes deben aportar su equipo técnico básico (USB, controlador u otras herramientas propias), mientras que la organización proporcionará el equipo estándar de cabina. 

4. Jurado

El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. Todos ellos deben ser elegidos por el IBJOVE de entre los siguientes colectivos: discjockeys de prestigio reconocido, productores musicales, críticos de música, programadores de festivales o eventos musicales, así como un representante del Ayuntamiento de Palma y uno del IEB. Debe actuar como secretaria, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Art Jove.

5. Selección y desarrollo

El IBJOVE prevé organizar una fase de preselección, una fase semifinal y una fase final.

Fase de preselección. Los miembros del jurado se reunirán a puerta cerrada y deberán puntuar del 1 al 10 cada sesión presentada y elegir un máximo de siete participantes.

Fase semifinal. La fase semifinal tendrá lugar en Mallorca durante el mes de junio o julio de 2026. Los seleccionados deben realizar en ella una sesión en directo de entre 10 y 15 minutos, que debe incluir parte del material presentado. El jurado seleccionará tres finalistas según la creatividad, la calidad artística, la selección musical y coherencia del set, la técnica y mezcla y la puesta en escena y conexión con el público.

Fase final. La fase final tendrá lugar el mes de septiembre durante el verano de 2026. Los finalistas deben realizar una sesión en directo de entre 20 y 30 minutos. La misma noche el jurado dará a conocer el nombre del discjockey ganador.

6. Actuaciones

Se prevé que se lleven a cabo las actuaciones de las fases semifinal y final del certamen, las dos correspondientes al pago del primer premio y las que organice el Programa Cultural Art Jove, en el marco del programa itinerante.

En lo que respecta a las actuaciones derivadas del pago del primer premio, corresponde al Area del programa cultural Art Jove decidir cuál será el espacio escénico o cultural en que se representará y consensuar la fecha con la persona ganadora.

La persona ganadora cobrará la parte que le corresponda cuando haya llevado a cabo las actuaciones programadas. 

En caso de ausencia no justificada a alguna actuación, se perderá el derecho a cobrarla.

CERTAMEN DE CORTOMETRAJES

1. Convocatoria y participantes

Se convoca el Certamen de Cortometrajes, al que se pueden presentar trabajos incluidos en las categorías de videoarte, animación por ordenador, reportaje documental y cortometraje de ficción.

Los participantes pueden presentarse en este certamen de manera conjunta (formando equipo el guionista y el director del cortometraje), o bien individualmente. En cualquier caso, todos los participantes deben tener entre 16 y 35 años el día 31 de diciembre de 2026 y deben haber nacido en Illes Balears o residir en ellas.

2. Premios

La dotación es de 13.000,00 € (trece mil euros), que debe repartirse de la manera siguiente: 

  • Un primer premio en metálico de 3.000,00 € (tres mil euros), y 7.000,00 € (siete mil euros) más para financiar un nuevo cortometraje que debe elaborar la persona o el equipo ganador del primer premio, a lo largo de 2027. 
  • Se establece una dotación de 3.000,00 € (tres mil euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado. 

Todos los premios pueden declararse desiertos y el primer premio no se puede dividir.

3. Condiciones técnicas y plazo de presentación de solicitudes y documentación

Para esta modalidad, se establece como un único plazo de presentación de solicitudes y documentación: hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2026. En este plazo debe cumplimentarse el formulario de inscripción disponible en la web del IBJOVE: http://ibjove.caib.es 

En el formulario debe constar un enlace a través de un servicio de reproducción en tiempo real (SoundCloud, Mixcloud, Spotify, etc.) o mediante descarga, para visualizar el cortometraje. 

Asimismo, en el supuesto de no haber nacido en las Illes Balears y no ser residente en Palma, debe enviarse original o copia acreditativa del certificado de empadronamiento en una población de las Illes Balears a la dirección programaculturalartjove@gmail.com. 

Los cortometrajes deben ser posteriores al 31 de diciembre de 2024 y no pueden durar más de 20 minutos ni menos de 3 minutos (con los títulos de crédito incluidos). El corto debe estar acabado y preparado para ser exhibido; en caso contrario, la organización puede excluirlo del certamen. 

En el caso de que el cortometraje sea seleccionado para pasar a la final, el participante debe entregar al Área de Art Jove, en las fechas indicadas oportunamente, el trabajo en formato códec H.264, con extensión MOV o MP4 y en alta definición. 

Cada participante solo puede presentar una obra; por tanto, no puede presentarse individualmente y en grupo ni formar parte de dos grupos al mismo tiempo. 

No se puede presentar ningún trabajo que se haya presentado en ediciones anteriores del Programa Cultural Art Jove. 

Los participantes se responsabilizan de que no haya derechos de terceros por el uso de las piezas musicales utilizadas en las obras presentadas ni ninguna reclamación por derechos de imagen de las personas que aparecen en ellas, y eximen al IBJOVE de cualquier tipo de responsabilidad. 

4. Jurado

El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1). De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado deben designarse de entre los miembros de la Associació de Cineastes de les Illes Balears y productores, directores y críticos de cine de prestigio reconocido en las Illes Balears. Asimismo, se invitará a formar parte del jurado al ganador del Certamen de Cortometrajes de la edición de 2024. 

5. Selección y desarrollo del certamen

Una representación del jurado (el presidente, la secretaria y un vocal) debe visionar a puerta cerrada todos los trabajos presentados y elegir un máximo de diez, a partir de los criterios de calidad técnica y artística.

La fase final será abierta al público, debe asistir a ella todo el jurado y tendrá lugar preferentemente en las Pitiusas, durante el otoño de 2026. A partir de esta proyección, el jurado debe elegir el primer premio y el resto de los premiados y hará pública su decisión aquella misma noche. 

6. Otras determinaciones

El ganador del primer premio debe presentar el proyecto audiovisual del cortometraje antes del 31 de marzo de 2027, el cual debe incluir, como mínimo, lo siguiente:

  • La memoria detallada del proyecto: sinopsis, tratamiento argumental, presupuesto de producción, plan de rodaje (con indicación del tiempo de rodaje, las fechas y las localizaciones) y composición del equipo técnico y artístico. 
  • El guion definitivo.

Un equipo técnico, compuesto por el presidente del jurado del certamen, un miembro de la productora que seleccione el ganador y la coordinadora del Programa Cultural Art Jove, debe analizar el proyecto audiovisual y darle el visto bueno. 

Cuando el ganador haya aceptado el encargo, debe recibir el 50 % del premio (3.500,00 €) para empezar el rodaje. El ganador dispone de un plazo máximo de seis meses, es decir, hasta el 30 de septiembre de 2027, para presentar al IBJOVE el cortometraje acabado, además de los documentos pertinentes que autoricen a esta institución a utilizar la obra en sus actividades de promoción, comunicación y exhibición, sin ánimo de lucro y con posterioridad al estreno del cortometraje. 

El resto del premio, el 50 % restante, debe abonarse cuando el ganador haya estrenado el cortometraje. El cortometraje producido, así como todo el material de promoción del cortometraje, debe incluir, al principio, una referencia expresa al apoyo de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia (con la imagen corporativa correspondiente) y una referencia a la participación en el Certamen de Cortometrajes del Programa Cultural Art Jove de 2026, organizado por el IBJOVE. 

El cortometraje del ganador debe presentarse en un acto público el último trimestre de 2027.

Si el ganador incumple este calendario sin justificación, pierde el premio y el derecho a reclamar una nueva fecha de presentación.

CERTAMEN DE RELATO BREVE

1. Convocatoria y participantes

El IBJOVE convoca este certamen dirigido a jóvenes escritores en lengua catalana, que deben haber nacido en las Islas Baleares o residir en ellas y deben tener entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2026. No se admite la inscripción de grupos.

 

​​​​​​​2. Premios

La dotación total del premio es de 5.000,00 € (cinco mil euros), que debe repartirse de la siguiente manera:

  • Un primer premio en metálico de 1.500,00 € (mil quinientos euros), y 2.000,00 € (dos mil euros) más en concepto de adelanto de derechos de autor para desarrollar el relato y convertirlo en una novela o en un recopilatorio de cuentos.
  • Se establece una dotación de 1.500,00 € (mil quinientos euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado. 

Ambos premios pueden ser declarados desiertos y el primero no puede ser compartido. La decisión del jurado es inapelable. 

3. Condiciones técnicas y plazos de presentación de solicitudes y documentación

Para esta modalidad, se establecen dos plazos, uno de presentación de solicitudes y otro de de presentación de documentación. 

a) Hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2026.

En este plazo debe cumplimentarse el formulario de inscripción disponible en la web del IBJOVE: http://ibjove.caib.es 

Asimismo, en el supuesto de no haber nacido en las Illes Balears y no ser residente en Palma, debe enviarse original o copia acreditativa del certificado de empadronamiento en una población de Illes Balears a la dirección electrónica programaculturalartjove@gmail.com. 

b) Hasta las 23.59 h del 20 de septiembre de 2026, debe entregarse en el correo electrónico programaculturalartjove@gmail.com un PDF con el trabajo que se presenta a concurso. 

Los trabajos, de temática libre, deben ser originales, inéditos y escritos en lengua catalana. El trabajo debe ser anónimo y únicamente debe constar en él el título del relato. 

La extensión del texto debe ser de entre 5.000 y 15.000 caracteres con espacios incluidos. La letra empleada debe ser Times New Roman, de cuerpo 12. Los márgenes deben ser de un mínimo de 3 cm. El interlineado debe ser doble.

Cada persona solamente puede presentar un relato.

4. Jurado

El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1). En el punto 7.3 se indica que los vocales deben ser designados entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En lo que respecta al Certamen de Relato Breve, los vocales deben elegirse entre representantes del Gremio de Editores de les Illes Balears, escritores de prestigio reconocido en las Illes Balears, libreros y críticos literarios de medios de comunicación con difusión suficiente en las Illes Balears. Asimismo, se invitará a formar parte del jurado a la persona ganadora del primer premio de la última edición de Relato breve del Programa Cultural Art Jove. La coordinadora del Programa Cultural Art Jove debe actuar como secretaria, con voz y voto.

5. Selección y desarrollo

Uno de los objetivos de este certamen, además de espolear y fomentar la literatura en lengua catalana, es articular un espacio de formación horizontal que facilite dinámicas de conocimiento, de interrelación y de debate con otros escritores con diversos niveles de trayectoria profesional.

Cuando haya leído los relatos presentados, una selección del jurado compuesta por la coordinadora del certamen, la directora de la residencia artística y otro miembro del jurado debe reunirse a puerta cerrada para elegir un máximo de siete textos finalistas, a partir de los criterios de calidad y creatividad artística.

Los siete finalistas participarán en este espacio formativo, o residencia artística, que se llevará a cabo durante el otoño de 2026 en Mallorca.

Cuando hayan asistido a este taller literario, los siete finalistas dispondrán de una semana para entregar al correo electrónico programaculturalartjove@gmail.com el relato definitivo. El jurado al completo se reunirá para elegir los relatos ganadores.

La decisión del jurado se dará a conocer en un acto público que tendrá lugar en un centro cultural, un café teatro o un teatro, donde se hará la lectura dramatizada de un fragmento de los textos premiados.

6. Otras determinaciones

El ganador elegirá la editorial con la que quiere publicar su recopilatorio o novela, siempre teniendo en cuenta la opinión del Área de Art Jove. Cuando se haya elegido la editorial, se formalizará un contrato con el autor y se fijará un calendario. El ganador dispone de un máximo de seis meses a partir del día de la final del certamen para redactar más relatos, hasta un mínimo de 75.000 caracteres y un máximo de 150.000 con espacios, incluidos los del relato ganador.

El recopilatorio se presentará en el marco de la XLIV Feria del Libro de Palma, el mes de mayo de 2027.

Cuando la persona ganadora haya entregado el borrador del relato o recopilatorio a la editorial elegida, se le abonarán los 2.000,00 € en concepto de adelanto de derechos de autor. En el caso de que el artista no tenga preparada la obra en la fecha prevista sin justificación, perderá el derecho a reclamar la edición del libro y, por tanto, a cobrar esta parte del premio.

El IBJOVE se hará cargo de los gastos de edición y maquetación del recopilatorio o relato de la editorial elegida hasta un máximo de 2.000,00 €.

Este libro, que debe contener obligatoriamente el relato breve ganador de este certamen, así como todo el material de promoción, debe incluir, al principio, una referencia expresa al apoyo de la Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia (con la imagen corporativa correspondiente) y una referencia a la participación en el Certamen de Relato Breve del Programa Cultural Art Jove de 2026, organizado por el IBJOVE.

CERTAMEN DE MÚSICA PARA JÓVENES INTÉRPRETES, EN LA MODALIDAD DE GRUPOS DE CÁMARA

1. Convocatoria y participantes

El IBJOVE, convoca este certamen dirigido a grupos de cámara formados por jóvenes intérpretes residentes o nacidos en Illes Balears que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2026. No se admite la inscripción en solitario. 

2. Premios

Se establece una dotación de 9.000,00 € (nueve mil euros), que se repartirá de la siguiente manera:

  • Un primer premio en metálico de 3.000,00 € (tres mil euros), y 3.000,00 € (tres mil euros) más en concepto de pago de dos actuaciones: el grupo de cámara ganador recibirá 1.500,00 € (mil quinientos euros) por actuación.
  • Se establece una dotación de 3.000,00 € (tres mil euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado.

Todos los premios pueden declararse desiertos y el primer premio no se puede dividir. 

3. Condiciones técnicas y plazo de presentación de solicitudes y documentación

Para esta modalidad, se establece un único plazo de presentación de solicitudes y de documentación: hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2026, debe cumplimentarse el formulario de inscripción disponible en la web del IBJOVE: http://ibjove.caib.es

Asimismo, en el supuesto de no haber nacido en las Illes Balears y no ser residente en Palma, debe enviarse original o copia acreditativa del certificado de empadronamiento en una población de Illes Balears a la dirección electrónica programaculturalartjove@gmail.com.  

Las interpretaciones deben pertenecer obligatoriamente al repertorio de música clásica para grupos de cámara. Quedan excluidas formalmente las transcripciones no consolidadas y las reducciones orquestales para piano. 

Una misma persona no puede participar en dos grupos de cámara diferentes. 

4. Jurado

El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, los miembros del jurado deben designarse de entre los siguientes colectivos: directores de los conservatorios profesionales de las Illes Balears y director del Conservatori Superior de Música de les Illes Balears, o las personas en quienes deleguen; coordinadores de festivales de música clásica de prestigio reconocido en las Illes Balears, y músicos o compositores de Illes Balears. Asimismo, debe invitarse a formar parte del jurado a un componente del grupo de cámara ganador del primer premio de la última edición del Certamen de Música para Jóvenes Intérpretes, en la modalidad de Grupos de Cámara, del Programa Cultural Art Jove. La coordinadora del Programa Cultural Art Jove debe actuar como secretaria, con voz y voto.

5. Selección y desarrollo

En el supuesto de que el número total de inscritos sea igual o superior a cinco, deben programarse una o más fases semifinales. 

El Área de Art Jove debe informar oportunamente a los inscritos en el Certamen de las fechas y de los espacios en que los que van a tener lugar las semifinales, si procede. 

La fase semifinal, si la hay, debe tener lugar en Mallorca el 26 de junio de 2026. Los participantes deben actuar en directo durante un mínimo de 5 minutos y un máximo de 10, aproximadamente. El jurado debe decidir cuáles son los tres grupos intérpretes seleccionados para pasar a la final.

La fase final será en Maó el 10 de octubre de 2026, oportunamente, el Área de Art Jove del IBJOVE informará a los finalistas. Los tres grupos seleccionados (o cuatro si no hay semifinal) para la fase final deben actuar en directo durante un mínimo de 15 minutos y un máximo de 25 minutos, con el repertorio que consideren más adecuado. A partir de esta audición, el jurado debe seleccionar el grupo de cámara ganador, teniendo en cuenta criterios como la dificultad del repertorio seleccionado y la calidad de la interpretación.

En el supuesto de que el número total de intérpretes inscritos sea igual o inferior a cinco, no debe haber semifinales y debe hacerse la final en Maó en la fecha prevista de octubre de 2026. En cualquier caso, los participantes deberán preparar un repertorio de entre 15 y 25 minutos.

6. Actuaciones

Se prevé que se lleven a cabo las actuaciones de las fases semifinal (si procede) y final del certamen, las dos correspondientes al pago del primer premio y las que organice el Programa Cultural Art Jove en el marco del programa itinerante. 

En lo que respecta a las actuaciones derivadas del pago del primer premio, corresponde al área del programa cultural Art Jove y al festival Inclàssic decidir cuál será el espacio escénico o cultural en que se representarán y consensuar la fecha con el grupo de cámara ganador.

Los grupos de cámara cobrarán la parte que les corresponda cuando hayan llevado a cabo las actuaciones programada. En caso de ausencia que no esté justificada por causa de fuerza mayor, el intérprete perderá el derecho a cobrarla.

7. Otras determinaciones

Si cuando termine el plazo de inscripción alguno de los componentes del grupo no puede asistir a la semifinal, se admitirá la sustitución de un máximo del 50 % de los componentes del grupo. Estas sustituciones deben estar sujetas obligatoriamente a las restricciones siguientes:

  • Los sustitutos deben cumplir los requisitos de edad y de nacimiento o residencia.
  • Los sustitutos deben presentar, previamente, la documentación indicada en el apartado 4 de este anexo. 

En ningún caso se admitirá la sustitución de algún miembro del grupo cuando ya se haya tenido lugar la semifinal.

CERTAMEN DE DISEÑO DE MODA

1. Convocatoria y participantes

El IBJOVE convoca este certamen dirigido a jóvenes diseñadores, residentes o nacidos en Illes Balears, que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2026. No se admite la inscripción de grupos.

2. Tema

Aunque el tema de este certamen es libre, se pretende que las personas concursantes diseñen colecciones que reflejen la diversidad física que existe en la sociedad y que no solo se dirijan a estereotipos ideales. Por tanto, el jurado valorará positivamente las colecciones que incorporen variedad en las tallas y que presenten conjuntos cuya talla mínima sea una 38 en el caso de las prendas para mujeres y una 42 en el caso de las de hombres. 

3. Premios

Se establece una dotación total de 12.000,00 € (doce mil euros), que se repartirá de la siguiente manera: 

  • Un primer premio en metálico de 1.500,00 € (mil quinientos euros), y 2.000,00 € (dos mil euros) más para sufragar a la persona ganadora los gastos derivados de diseño y producción de una nueva colección, que desfilará como colección invitada en el Mallorca Design Day de 2027 o en la pasarela de la final del Certamen de Moda del Programa Cultural Art Jove 2028.
  • Se establece una dotación de 1.500,00 € (mil quinientos euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado. 
  • Los 7.000,00 € (siete mil euros) restantes se destinarán a sufragar los gastos de producción y montaje de la colección que los finalistas presenten a concurso. Cada finalista recibirá un máximo de 1.000,00 € (mil euros). 

Ambos premios pueden declararse desiertos y el primero no se puede dividir. 

4. Condiciones técnicas y plazos de presentación de solicitudes y documentación

Para esta modalidad, se establecen dos plazos, uno de presentación de solicitudes y otro de presentación de documentación:

a) Hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2026.

En este plazo debe cumplimentarse el formulario de inscripción disponible en la web del IBJOVE: http://ibjove.caib.es. 

Asimismo, en el supuesto de no haber nacido en Illes Balears y no ser residente en Palma, debe enviarse original o copia acreditativa del certificado de empadronamiento en una población de las Illes Balears a la dirección  programaculturalartjove@gmail.com. 

b) Hasta las 23.59 h del 20 de septiembre de 2026, debe presentarse en la dirección programaculturalartjove@gmail.com la siguiente documentación:

  • Un dossier de presentación en formato PDF, o un enlace de Dropbox, Drive o similar, con la colección que presenta a concurso, con acceso a un documento en formato PDF que contenga su trabajo y que se pueda descargar, con una capacidad máxima de 300 MB. El enlace debe permanecer activo como mínimo un mes. El documento en formato PDF debe ser anónimo y debe llevar como nombre el título de la colección. 

Este dossier de presentación, obligatoriamente, debe incluir: 

  • Una breve memoria explicativa de la colección, en la que se hable del concepto del proyecto, la inspiración, las líneas, los volúmenes y las formas y los tejidos, y que aporte una carta de colores. También debe especificarse si se trata de una colección prêt-à-porter o de moda artesana. Debe indicarse si la colección es masculina, femenina, infantil o mixta, y el porcentaje de cada tipología, si procede.
  • Un mínimo de seis y un máximo de siete figurines ilustrados con técnica libre, de manera que se aprecien claramente el concepto y la idea de la colección, aunque en la final solo se muestren los seis conjuntos que el diseñador elija. La talla mínima de los conjuntos presentados debe ser la 38 para los femeninos y la 42 para los masculinos.
  • Una propuesta escénica de presentación de colección: ambientación, coreografía, casting (tipo de modelo) y estilismo.
  • Foto en maniquí: estilo hasta un 80 % acabado con fondo blanco en que se vean claramente las prendas y los acabados.

Cada participante solo puede presentar una colección o propuesta (un dossier de presentación).

5. Jurado

El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria. En el punto 7.3 se indica que los miembros del jurado deben designarse de entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En lo que respecta al Certamen de Diseño de Moda, el jurado debe designarse de entre todos o algunos de los siguientes colectivos: directores de escuelas de diseño o personas en quienes deleguen la representación; diseñadores de moda de prestigio reconocido y de profesionalidad acreditada en el ámbito de Illes Balears, y empresarios o profesionales representativos en los sectores de la comunicación y la industria del diseño de moda. También se invitará a formar parte de este al ganador del primer premio de la última edición convocada del Certamen de Diseño de Moda.

6. Selección y desarrollo

Una vez vistos los dosieres presentados, el jurado debe seleccionar un máximo de siete colecciones, que son las que pasarán a la fase final, a partir de criterios como la originalidad, la calidad, la creatividad, el concepto, la confección, el patronaje, los acabados, la propuesta de diseño y el carácter ético y/o sostenible. Los accesorios y la propuesta de estilismo se valorarán como un plus.

Cuando se haya notificado la decisión del jurado a los participantes, los finalistas recibirán un primer pago de 500,00 €, en concepto de ayuda a la producción de la colección. Los 500,00 € restantes se harán efectivos cuando haya tenido lugar la pasarela de la final del certamen.

Los diseñadores finalistas deben presentar las colecciones seleccionadas en las fechas y los lugares que oportunamente indique el Área de Art Jove del IBJOVE. Se convocará al jurado para que examine de cerca las colecciones presentadas y los participantes dispondrán de un máximo de cinco minutos para defender y explicar su propuesta al jurado.

Un coreógrafo de reconocido prestigio será el encargado de diseñar la propuesta escénica de la pasarela y elegirá a las personas que desfilarán en ella, siempre teniendo en cuenta los criterios de cada finalista. La música del desfile será interpretada en directo por un discjockey.

En la fase final tendrá lugar la Pasarela Art Jove. A partir de aquí, el jurado debe seleccionar la colección ganadora. Su decisión se dará a conocer la misma noche de la pasarela. 

La organización de Art Jove facilitará a los finalistas los modelos que desfilarán en la final, siempre teniendo en cuenta los criterios de los diseñadores, y asumirá los gastos de honorarios, maquillaje y peluquería.

7. Otras determinaciones

La persona ganadora dispondrá de un máximo de seis meses a partir del día de la final para presentar al Área de Art Jove un PDF que contenga un mínimo de cuatro y un máximo de seis figurines ilustrados con técnica libre, de manera que se aprecien claramente el concepto y la idea de la colección. Debe incluir también una propuesta escénica de presentación de colección: ambientación, coreografía, casting (tipo de modelo) y estilismo.

Cuando la persona ganadora haya entregado este PDF, se le abonarán los primeros 1.000,00 € en concepto de ayuda a la producción de la colección. Los 1.000,00 € restantes se le abonarán cuando la nueva colección haya desfilado en el Mallorca Design Day 2027 o en la pasarela de la final del certamen de Moda del Art Jove 2028. En el caso de que el artista no tenga preparada la nueva colección en la fecha prevista sin justificación, perderá el derecho a cobrar esta parte del premio.

CERTAMEN DE DISEÑO DE PRODUCTO

1. Convocatoria y participantes

El IBJOVE convoca este certamen, dirigido a jóvenes diseñadores, residentes o nacidos en las Illes Balears, que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2026. Se admite la inscripción de grupos.

2. Premios

Se establece una dotación de 8.000,00 € (ocho mil euros) distribuidos de la siguiente manera:

  • Un primer premio de 3.000,00 € (tres mil euros) en metálico, y 2.000,00 € más destinados a sufragar los gastos de diseño y producción del galardón que se entregará a los ganadores de la edición 2027.
  • Se establece una dotación de 3.,00 € (tres mil euros) destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado.

El jurado puede declarar desiertos todos los premios. El primer premio no puede ser compartido.

3. Condiciones técnicas y plazos de presentación de solicitudes y documentación

Para esta modalidad, se establecen dos plazos de presentación de solicitudes y documentación:

a) Hasta las 23.59 h del 31 de mayo de 2026.

En este plazo debe cumplimentarse el formulario de inscripción disponible en la web del IBJOVE: http://ibjove.caib.es 

Asimismo, en el supuesto de no haber nacido en las Illes Balears y no ser residente en Palma, debe enviarse original o copia acreditativa del certificado de empadronamiento en una población de las Illes Balears a la dirección programaculturalartjove@gmail.com. 

b) Hasta las 23.59 h del 20 de septiembre de 2026, debe presentarse en la dirección programaculturalartjove@gmail.com la siguiente documentación: 

  • Un documento en formato PDF o un enlace de Dropbox, Drive o similar, con acceso a un documento en formato PDF que contenga el trabajo y que se pueda descargar, con una capacidad máxima de 300 MB. El enlace debe permanecer activo como mínimo un mes.

El PDF debe contener un único panel de 100 × 70 cm con la siguiente información:

  • Toda la información gráfica y textual necesaria para facilitar su comprensión.
  • Una memoria técnica y descriptiva del proyecto (características técnicas, materiales, sistema de producción, etc.). 

El trabajo debe ser anónimo y únicamente debe constar en él el título del proyecto. 

Cada persona participante o grupo de participantes solo puede presentar una propuesta y, por tanto, una persona no puede presentarse al mismo tiempo individualmente y en grupo en la misma categoría. 

4. Jurado

El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. De conformidad con el apartado 7.3, deben designarse los miembros del jurado de entre los siguientes colectivos: directores de escuelas superiores de diseño o personas en quienes deleguen la representación; diseñadores de prestigio reconocido y profesionalidad acreditada en el ámbito de las Illes Balears, y empresarios o profesionales representativos del sector del diseño de producto. Asimismo, se invitará a participar como miembro del jurado al ganador de la modalidad de Diseño de Producto de la edición anterior.

5. Selección y desarrollo

Una vez vistos los trabajos presentados, el jurado debe seleccionar un máximo de siete, que pasarán a la fase final, a partir de criterios como la innovación y la búsqueda de nuevas soluciones, el diseño respetuoso con el medio ambiente, la consideración de los costes de producción y la posibilidad de producción de manera sencilla y viable desde todos los puntos de vista. Además, se valorarán los objetivos, los valores, la estética y la originalidad del proyecto. 

Para la fase final, los finalistas deben enviar al Programa Cultural Art Jove un archivo con el mismo panel presentado anteriormente, en el que conste el título del proyecto y el nombre de todas las personas autoras. Además, deben aportar una maqueta o prototipo de su propuesta con los materiales definitivos.

El Programa Cultural Art Jove producirá todos los paneles finalistas para exponerlos, junto con las maquetas o prototipos, en la final del certamen, que tendrá lugar en un espacio público de Palma. Antes de inaugurar la exposición, los participantes dispondrán de un máximo de cinco minutos para defender y explicar su propuesta al jurado. Después, el jurado seleccionará los proyectos ganadores y se inaugurará la exposición.

6. Otras determinaciones

Quien gane el primer premio recibirá el encargo de diseñar y producir el galardón para los ganadores del Programa Cultural Art Jove 2027. Por este trabajo cobrará un total de 2.000,00 € en concepto de honorarios, y debe encargarse del diseño y de coordinar la producción de los galardones. Los gastos de producción correrán a cargo de los presupuestos del IBJOVE para el año 2027.

El galardón debe representar el espíritu del Certamen Art Jove y debe permitir variaciones cromáticas en una parte o en la totalidad para adaptarla a las próximas ediciones según el color corporativo de la línea gráfica. 

Debe realizarse en un material ambientalmente inocuo, ligero e irrompible. La fabricación debe ajustarse al concepto de kilómetro cero. Asimismo, deben considerarse los aspectos económicos (coste y viabilidad) para una producción anual aproximada de 25 ejemplares.

El galardón debe incluir el nombre del certamen, el nombre de los ganadores y el logotipo del Art Jove y el del IBJOVE.

Si los ganadores no quieren aceptar el encargo, el Área de Art Jove puede ofrecer este trabajo a quien gane segundo premio.

El Programa Cultural Art Jove se reserva la posibilidad de utilizar la propuesta ganadora como galardón para los ganadores de próximas ediciones de Art Jove.

CERTAMEN DE COCINA CHEF JOVEN

1. Convocatoria y participantes

El IBJOVE convoca este certamen, dirigido a jóvenes cocineros estudiantes, o con titulaciones académicas relacionadas, o con experiencia laboral dentro del sector de la cocina. Pueden presentarse a esta convocatoria jóvenes nacidos o residentes en Illes Balears que tengan entre 16 y 35 años el 31 de diciembre de 2026. No se admite la inscripción de grupos.

2. Premios

Se establece una dotación total de 7.000,00 € (siete mil euros) distribuidos de la siguiente manera:

  • Un primer premio de 1.500,00 € (mil quinientos euros) en metálico, y 2.100 € (dos mil cien euros) más para sufragar los gastos de asistir a un curso monográfico en el Basque Culinary Center en 2027. 
  • Se establece una dotación de 2.000,00 € (dos mil euros), destinada a pagar el segundo premio, o dos segundos ex aequo, o un segundo y un tercer premio, según lo que determine el jurado. 
  • Los 1.400,00 € (mil cuatrocientos euros) restantes, se destinarán a sufragar los gastos de material de los 7 finalistas. Cada finalista recibirá 200,00 € (doscientos euros) cuando que recibirá una vez se le haya notificado que es finalista.

Todos los premios pueden declararse desiertos y el primero no se puede dividir.

3. Condiciones técnicas y plazo de presentación de solicitudes y documentación

Para esta modalidad, se establece un plazo especial y único de presentación de solicitudes y documentación: hasta las 23.59 h del 18 de octubre de 2026. En este plazo, debe cumplimentarse el formulario de inscripción en la web del IBJOVE (http://ibjove.caib.es). 

En el supuesto de no haber nacido en las Illes Balears y no ser residente en Palma, debe enviarse a programaculturalartjove@gmail.com una original o copia acreditativa  del certificado de empadronamiento en alguna población de las Illes Balears.

Asimismo, el participante debe presentar al correo indicado en el párrafo anterior un archivo en formato PDF o un enlace de Dropbox, Google Drive o un servicio similar en el que haya un PDF que se pueda descargar y que contenga el trabajo, con un peso máximo de 300 MB. El enlace debe estar activo como mínimo un mes.

El archivo debe contener una receta para cuatro personas y tres fotografías del plato. 

La receta, de temática libre, debe ser detallada para cuatro personas, y debe incluir los ingredientes y la elaboración de la receta y de las subrecetas. El jurado valorará positivamente el uso de producto local. Esta receta redactada se acompañará de tres fotografías del emplatado.

4. Jurado

El jurado debe formarse teniendo en cuenta los criterios del punto 7 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1). En el apartado 7.3 se indica que los vocales deben ser designados entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. En lo que respecta al Certamen de Cocina Chef Joven, los vocales deben ser elegidos entre cocineros de prestigio reconocido, críticos gastronómicos de medios de comunicación, restauradores, profesores de cocina y un representante experto en el ingrediente principal del plato de la final. Actuará como secretaria del jurado, con voz y voto, la coordinadora del Programa Cultural Art Jove.

5. Selección y desarrollo

Los miembros del jurado —que previamente deben haber recibido todas las recetas presentadas— deben reunirse a puerta cerrada para deliberar, una vez que haya terminado el plazo de presentación de trabajos.

Las propuestas presentadas se evaluarán de acuerdo con criterios como la técnica, el manejo del producto, la innovación, la coherencia gastronómica, la creatividad, la presentación del plato y la adecuación de la propuesta a los productos de mercado y de temporada. El jurado elegirá un máximo de catorce cocineros que estarán preseleccionados para pasar a la final. 

El Área de Art Jove informará a los semifinalistas de cuáles serán los tres ingredientes obligatorios propuestos para la prueba final. Los catorce preseleccionados dispondrán de 15 días, a partir de la notificación del Área de Art Jove, para enviar la receta del plato que presentarán en la final. La receta, de temática libre, debe ser detallada para seis personas, y debe incluir los tres ingredientes obligatorios y la elaboración de la receta y de las subrecetas. Además, los preseleccionados deben enviar un vídeo de un máximo de dos minutos en el que se presenten y expliquen sus motivaciones.

El jurado volverá a reunirse y elegirá a los siete finalistas.

La final tendrá lugar en Palma, durante el mes de diciembre de 2026, en un espacio abierto al público. Los finalistas dispondrán de una hora para elaborar su propuesta. La entrada de cada concursante a la cocina será cada 15 minutos y por riguroso orden de sorteo. La presentación del menú será por el mismo orden de entrada y con un decalaje de 15 minutos.   Cada participante debe elaborar seis platos completos y puede llevar la vajilla que quiera.

La organización aportará una cesta con ingredientes y productos básicos, cuya composición también será notificada a los participantes con la misma antelación. Además, los participantes pueden llevar todos los ingredientes y elaboraciones previas necesarios para su receta.

El jurado evaluará los platos presentados según criterios como la técnica, el manejo del producto, la innovación, la coherencia gastronómica, la creatividad, la presentación del plato y la adecuación de la propuesta a los productos de mercado y de temporada, y elegirá a los ganadores.

El jurado dará a conocer aquel mismo día el nombre de la persona ganadora.

 

​​​​​​​6. Otras determinaciones

La persona ganadora del primer premio dispondrá de 15 días para elegir el curso del Basque Culinary Center al que quiere asistir. El IBJOVE asumirá los gastos del curso, de alojamiento, manutención y desplazamiento, hasta un máximo de 2.100 €. La persona ganadora recibirá 1.050,00 € cuando haya presentado el justificante de pago de la matrícula del curso. Los 1.050,00 € restantes se abonarán cuando el ganador haya asistido al curso. 

Si el ganador no quiere asistir al curso, el Área de Art Jove se reserva la posibilidad de ofrecérselo a otro ganador del certamen. ​​​​​​​