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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SELVA

Núm. 259989
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Selva de aprobación de la convocatoria y las bases para la concesión de una licencia temporal municipal de autotaxi (2026-2029)

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Texto

El Pleno del Ayuntamiento de Selva, en sesión celebrada el día 24 de marzo de 2026, adoptó los siguientes acuerdos:

Primero. Aprobar la convocatoria para el otorgamiento de una licencia temporal de autotaxi en el municipio de Selva. Temporadas 2026-2029.

Segundo. Aprobar las Bases de la convocatoria para el otorgamiento de la mencionada licencia temporal de autotaxi,que constan al expediente.

Tercero. Publicar las bases aprobadas en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y al tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento, a efectos de abrir el plazo de presentación de solicitudes.

BASES POR LAS QUE SE REGIRÁ LA CONCESIÓN DE UNA LICENCIA TEMPORAL MUNICIPAL DE AUTOTAXI (2026-2029)

1.- Características de la licencia temporal

La licencia temporal de ámbito municipal de transporte público de viajeros en vehículos turismo objeto de esta norma reunirá las siguientes características:

  • Temporales: la licencia temporal tendrá una vigencia de cuatro años, a contar desde la fecha de otorgamiento. Durante este período, la prestación del servicio se autorizará únicamente durante la temporada establecida entre el 1 de abril y el 30 de noviembre de cada año.
  • Personal: la autorización tendrá carácter personal y, por tanto, irá vinculada al otorgamiento de ésta a una persona que reúna los requisitos correspondientes y a un único vehículo, que igualmente reúna las características que se determinan para la adscripción de vehículos autotaxi. Sólo se puede obtener una licencia temporal por persona.
  • Intransmisibles: estas autorizaciones no pueden transmitirse en ningún caso. No está permitido el arrendamiento de las licencias temporales. El incumplimiento implica la retirada de la licencia temporal.
  • Revocables: independientemente de la extinción de la autorización por caducidad, el Ayuntamiento de Selva podrá revocar la licencia temporal por incurrir en la pérdida de cualquiera de los requisitos exigidos que han motivado su otorgamiento, así como por el reiterado incumplimiento de las condiciones de prestación del servicio.
  • Ámbito territorial: estas autorizaciones sólo habilitarán la prestación del servicio con origen en el ámbito territorial de los municipios de Selva, sin perjuicio de la posible autorización del Gobierno para prestar el servicio fuera del mismo o los acuerdos con otros municipios.
  • Determinación del número total de autorizaciones: 1 licencia temporal correspondiente a la convocatoria. Se constituirá un cupo de reservas para los casos de renuncia o incumplimiento de alguno de los adjudicatarios.
  • Numeración de la licencia temporal: la numeración de la licencia temporal correspondiente a la presente convocatoria será la número 2.

2.- Procedimiento de autorización

2.1.- Inicio

Aprobada la convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) así como en la página web del Ayuntamiento de Selva. Al día siguiente de la publicación determinará el inicio del plazo de diez (10) días hábiles por la presentación de las solicitudes y la documentación anexa.

2.2.- Requisitos de los solicitantes

Los requisitos exigidos a los solicitantes para optar a la concesión de las autorizaciones, serán los que se detallan a continuación:

2.2.1.- Quien opte como titular de licencia ordinaria deberá:

- Disponer de una licencia municipal de transporte público de viajeros en vehículos turismo en Selva.

- Estar en activo en el momento del inicio de la convocatoria. Por eso, deberá presentar acreditación del cumplimiento de la declaración de estar de alta ante la Administración Tributaria y en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social.

- Compromiso de destinar al servicio un vehículo que esté homologado para el servicio municipal del taxi de Selva, para la temporada 2026:

  • Pueden adscribirse vehículos que estén convenientemente homologados para el servicio y que tengan una antigüedad máxima de 10 años a contar desde la fecha de primera matriculación para el año en curso..
  • Deberá cumplir las estipulaciones descritas en la base 6.

- Cumplir las obligaciones fiscales, sociales y laborales establecidas por la legislación vigente que le sean de aplicación.

- Disponer del permiso de conducir clase B con una antigüedad mínima de un (1) año.

2.2.2.- Quien opte como asalariado deberá:

- Acreditar el hecho de haber sido contratado por el titular de una licencia municipal de transporte público de viajeros en vehículos turismo, como mínimo durante 12 meses ininterrumpidos, o 24 meses en diferentes períodos, durante este período de 5 años antes del inicio del plazo de presentación de instancias.

- Compromiso de destinar al servicio un vehículo que esté homologado para el servicio municipal del taxi de Selva, para la temporada 2026:

  • Pueden adscribirse vehículos que estén convenientemente homologados para el servicio y que tengan una antigüedad máxima de 10 años a contar desde la fecha de primera matriculación para el año en curso.
  • Deberá cumplir las estipulaciones descritas en la base 6.

- Cumplir las obligaciones fiscales, sociales y laborales establecidas por la legislación vigente que le sean de aplicación.

- Disponer del permiso de conducir clase B con una antigüedad mínima de un (1) año.

2.3.- Solicitudes y documentación a presentar

2.3.1.- La solicitud se presentará mediante instancia firmada por el solicitante en el registro general, en cualquiera de las formas previstas por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo tendrá una duración de diez (10) días hábiles, a contar a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el BOIB.

En caso de que el último día del cómputo del plazo sea sábado o festivo, el plazo se prorrogará automáticamente hasta el siguiente día hábil. Cuando se publiquen anuncios de corrección de errores, rectificaciones o aclaraciones, el plazo de presentación de proposiciones se computará a partir de la fecha del nuevo anuncio.

La presentación de las proposiciones presupone la aceptación, por parte del interesado, de las condiciones de prestación del servicio, derechos y obligaciones, supuestos de revocación, plazos de duración, así como las demás condiciones contenidas en el acto administrativo que determine la adjudicación, junto con el resto de las condiciones establecidas en la presente norma.

2.3.2.- Cada solicitante presentará la instancia utilizando los modelos recogidos en los anexos, que acompañará de los siguientes documentos:

- Instancia de solicitud cumplimentada (Anexo I) donde figura:

a) Datos personales del solicitante donde debe figurar nombre completo, DNI/CIF, dirección postal, teléfono, dirección electrónica.

b) Número de licencia en caso de titulares de una licencia de taxi en el municipio de Selva que opten a la licencia de carácter temporal.

c) Número de licencia en la que ha sido contratado en caso de asalariados que opten a la licencia de carácter temporal.

d) Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos establecidos.

- Declaración responsable (Anexo II) donde el solicitante se responsabiliza de:

a) Compromiso de adscribir a la licencia temporal un vehículo de acuerdo con lo que establece la autorización.

b) Compromiso de aportar una póliza de seguro de forma ilimitada (o al menos por importe de 50 millones de euros) por su responsabilidad civil por los daños causados ​​con ocasión del transporte, en el supuesto de conseguir una licencia temporal.

c) No estar sometido a las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

d) Disponer del permiso de conducción vigente con una antigüedad mínima de un (1) año y no haber agotado los puntos.

e) Disponer de una determinada puntuación, según sea titular o asalariado, atendiendo a los baremos especificados en el apartado 2.6.

Con el fin de evitar irregularidades y contradicciones, se determina que el solicitante que falsee la documentación, una vez acreditado tal extremo, quedará automáticamente excluido del procedimiento de otorgamiento de licencias temporales.

2.4.- Lista provisional de admitidos

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Corporación elaborará la lista provisional de admitidos, que será publicada en la página web municipal, abriéndose un plazo de tres (3) días hábiles para que los interesados puedan subsanar sus solicitudes o, en su caso, alegar lo que convenga a su derecho.

2.5.- Lista definitiva de admitidos

Transcurrido el plazo para la presentación de alegaciones sin que se hubiesen presentado o, en su caso, resueltas éstas, se aprobará la lista definitiva de admitidos, que será publicada en la página web municipal, donde quedarán clasificados según lo dispuesto en el apartado siguiente.

2. 6.- Criterios de adjudicación de las licencias temporales

El procedimiento de adjudicación se regirá por la preferencia de los titulares, de conformidad con lo que prevé el artículo 52.4 de la Ley 4/2014, de 20 de junio, de transportes terrestres y movilidad sostenible de las Illes Balears.

Se reservará la autorización para el titular de la única licencia de taxi del municipio de Selva. En caso de que el titular no la solicite, la autorización podrá otorgarse a un asalariado del término municipal que cumpla los requisitos establecidos. En este supuesto, se aplicarán los siguientes criterios de valoración, para determinar el orden de adjudicación:

  • Vehículo 0 emisiones / ECO con antigüedad hasta 3 años: 5 puntos
  • Vehículo 0 emisiones/ECO con antigüedad de 3 a 7 años: 4 puntos.
  • Vehículo 0 emisiones/ECO con antigüedad de 7 a 10 años: 3 puntos.
  • Vehículo distintivo C con antigüedad hasta 5 años: 2,5 puntos.
  • Vehículo distintivo C con antigüedad hasta 10 años: 1,5 puntos.

En caso de que se presenten más solicitudes que número de licencias a otorgar, se constituirá un cupo de reserva para cubrir eventuales renuncias o vacantes sobrevenidas, formado por las solicitudes no adjudicadas, ordenadas de acuerdo con la puntuación obtenida.

La licencia temporal se otorgará a aquella persona solicitante que obtenga la mayor puntuación. En caso de empate, si hay más solicitantes que licencias temporales a otorgar, se efectuará un sorteo público entre los solicitantes que obtengan la misma puntuación.

2.7.- Aprobación de la lista ordenada

La Corporación aprobará mediante Decreto de Alcaldía, la lista ordenada de solicitantes, integrada exclusivamente por la persona titular de la única licencia de taxi del municipio o, si ésta no presenta solicitud, por los asalariados que hayan concurrido, ordenados de acuerdo con la puntuación obtenida según los criterios establecidos.

Esta lista se expondrá en el tablón de anuncios y en la web municipal, a efectos de notificación individual a la persona que resulte adjudicataria, a la que se otorgará un plazo para aportar la documentación necesaria para completar el expediente de autorización.

La publicación de esta lista ordenada equivale a la concesión provisional de la autorización temporal, cuya eficacia quedará condicionada a la presentación de la documentación que sigue y en los plazos que se señalan a continuación.

2.8.- Documentación a presentar para la adjudicación definitiva y comienzo de la prestación del servicio

La eficacia del otorgamiento de la licencia temporal estará condicionada a la presentación por parte del interesado de la siguiente documentación en el plazo de diez (10) días hábiles desde la publicación a que se refiere el apartado anterior:

  • Certificados acreditativos de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social establecidas en la legislación vigente con una antigüedad máxima de 6 meses.
  • Permiso de conducción vigente y certificado acreditativo de los puntos del carné expedido por la DGT.
  •  
    Acreditación de disponibilidad de un vehículo turismo, que cuente con una inspección técnica de vehículos (ITV) en vigor, en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento financiero o leasing, que reúna las características técnicas que haya hecho constar en el anexo II.
  • Copia del contrato para cubrir de forma ilimitada la responsabilidad civil por los daños que se causen con ocasión del servicio, y durante el tiempo de vigencia de la autorización con ocasión de daños ocasionados por razón del servicio.
  • Copia del contrato con entidad bancaria que acredite que se dispone de un sistema de cobro mediante tarjetas de crédito.
  • En su caso, acreditación de disponer de un conductor asalariado con los permisos de conducir B o superior con una antigüedad mínima de un (1) año.
  • Para los conductores asalariados, y únicamente a efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos dentro del plazo de presentación de solicitudes, deberá aportarse el siguiente documento: Certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social, o cualquier otro documento que acredite de forma fehaciente el cumplimiento de los requisitos establecidos para optar a la autorización.
  • Justificante del Registro Central de Penados del Ministerio de Justicia actualizado a fecha de la presente convocatoria, de ausencia de antecedentes penales.
  • Pago de la tasa por licencias de autotaxi.
  • Certificado expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico, en el que se acredite que la persona interesada no ha sido sancionada por resolución firme en los dos últimos años por las infracciones calificadas como muy graves de las previstas en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para el vehículos a motor y seguridad vial aprobado por Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (ahora el vigente Real decreto legislativo 6/2015, de 30 de octubre).

En caso de no tener emitido este certificado en tiempo para la presentación de solicitudes, los interesados tendrán que aportar los dos documentos siguientes:

  • Solicitud de la cita (acreditando que se han solicitado antes de la finalización del plazo de presentación de documentación).
  • El anexo III cumplimentado con la declaración jurada de que no ha sido sancionado por resolución firme en los dos últimos años por las infracciones calificadas como muy graves de las previstas en el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento general de circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico 339/1990, de 2 de marzo. Sin embargo, el solicitante deberá aportar el certificado cuando lo obtenga o podrá ser consultado por el Ayuntamiento de Selva cuando conste el consentimiento expreso del interesado (Anexo I).

3.- Procedimiento para cubrir renuncias del adjudicatario

Si, una vez dictada la resolución de la lista ordenada, el adjudicatario renunciase a la licencia temporal o, en su caso, ésta no llegara a adquirir eficacia por falta de presentación de la documentación requerida, la plaza correspondiente a esta licencia quedará vacante, acudiendo la Corporación, para que sea cubierta, al solicitante que corresponda según el orden de puntuación resultante y el grupo al que pertenece.

La renuncia o falta de presentación de la documentación comportará la declaración de vacante de la licencia temporal.

4.- Emisión de la tarjeta de transportes

El solicitante que finalmente cumpla todos los requisitos y logre el otorgamiento de una licencia temporal recibirá, por parte de la corporación, una tarjeta de transportes acreditativa del título habilitante obtenido, con indicación de la persona titular, número de taxi temporal, plazo de vigencia y matrícula del vehículo.

5.- Prestación del servicio. Derechos y obligaciones

5.1.- Ejercicio de la actividad

a) La prestación de este servicio se efectuará exclusivamente mediante la utilización del vehículo ofrecido para la autorización temporal.

Excepcionalmente, podrá accederse a una sustitución temporal en caso de avería o accidente. En estos casos, el interesado deberá solicitarlo a la Corporación mediante instancia que acompañará con acreditación de disponer de otro vehículo para la prestación del servicio y certificación de taller mecánico, acreditativa de la incidencia y duración estimada de su resolución.

La Corporación, una vez comprobado que se cumplen todos los requisitos, dictará resolución autorizando la sustitución temporal y emitirá a tal fin una nueva tarjeta de transporte de carácter temporal.

Sin embargo, este supuesto, por la excepcionalidad de su régimen y dada la duración de la vigencia de la autorización temporal, no podrá exceder de quince (15) días.

Transcurrido el plazo de duración máxima de quince (15) días de esta sustitución temporal, el titular de la autorización deberá acreditar ante la Corporación la retirada de los distintivos externos del vehículo autorizado temporalmente.

Esta acreditación deberá producirse en el plazo máximo de tres (3) días hábiles desde la finalización del período de quince (15) días, sin que, en ningún caso, ambos vehículos puedan simultanear la prestación.

b) Los titulares de las licencias temporales deberán hallarse de forma ininterrumpida dados de alta en el régimen especial de los trabajadores autónomos durante los períodos en que se preste efectivamente el servicio.

c) Los titulares tendrán que asegurar la prestación del servicio durante todos los días correspondientes al plazo de vigencia de la autorización.

d) Una vez concluido el período de vigencia de la licencia temporal, las personas adjudicatarias quedarán obligadas a eliminar del vehículo todos los signos externos identificativos de la actividad y acreditarlo en el plazo máximo de un mes (1) desde su finalización.

5.2.- Régimen tarifario

En cualquier caso, las tarifas que resultaran de aplicación serán las mismas que sean de aplicación para las licencias de carácter ordinario.

6.- Disponibilidad y características del vehículo

Los aspirantes tendrán que acreditar la disponibilidad de un vehículo turismo apto para la prestación del servicio público, con un máximo de cinco plazas y con la inspección técnica de vehículos en vigor. El vehículo podrá estar en régimen de propiedad, usufructo, arrendamiento financiero o leasing, y deberá reunir las siguientes características técnicas:

  • Antigüedad máxima de diez años, contados desde la fecha de matriculación hasta la fecha límite de presentación de la documentación.
  • Instalación de un aparato taxímetro. Dado el volumen previsto de solicitudes de instalación, se aceptará la presentación de una cita con la empresa instaladora autorizada en el mes de junio. Asimismo, será obligatorio el uso de la aplicación taxímetro con las tarifas oficiales establecidas para el municipio de Selva.
  • Sistema GPS.
  • Color blanco, luz verde identificativa e indicación de tarifa en el panel superior.

En cuanto a la identificación externa e imagen del vehículo, éste deberá presentar una imagen exterior plenamente homogénea con la del vehículo adscrito a la licencia municipal de taxi existente en el municipio de Selva, y deberá ser visualmente idéntico en cuanto a colores, distintivos, rotulación, ubicación de los elementos identificativos y cualquier otro elemento externo que permita su identificación como taxi municipal.

A estos efectos, el vehículo deberá incorporar los mismos elementos de identificación externa, con igual disposición, dimensiones y características, que el taxi autorizado en el municipio, sin que pueda presentar diferencias que dificulten su identificación o que puedan generar confusión entre los usuarios del servicio.

Asimismo, el vehículo deberá incorporar de forma visible e inequívoca la indicación de su condición de autorización estacional, mediante la inclusión del número de autorización estacional asignado por el Ayuntamiento de Selva y de la leyenda “Estacional”, en los mismos puntos del vehículo y con el mismo formato en el que figuran los números de licencia de los taxis de carácter fijo, o en aquellos que determine.

El cumplimiento de todas estas condiciones deberá acreditarse mediante informe o certificado de conformidad emitido por los servicios municipales competentes o, en su caso, por la estación de Inspección Técnica de Vehículos correspondiente.

Se permite la utilización de placas imantadas, siempre que respeten íntegramente las especificaciones de identificación establecidas.

7.- Régimen sancionador

El incumplimiento, por parte de la persona titular de una autorización temporal, de las condiciones de prestación del servicio o la pérdida de alguna de las condiciones exigidas para su obtención determinaría la apertura del correspondiente expediente, de modo que podrá ser sancionada, después de la oportuna tramitación, de acuerdo con lo previsto en la normativa general de transportes y, en su caso, de la normativa local que resulte.

8.- Revocación

El Ayuntamiento podrá revocar la autorización, que no tendrá carácter de sanción, por incurrir en la pérdida de cualquiera de los requisitos exigidos, así como por el reiterado incumplimiento de las condiciones de prestación del servicio, lo que supondrá la pérdida de todos los derechos vinculados a la autorización y la imposibilidad de prestar el servicio que ésta amparaba. Antes de resolver la revocación de cualquier autorización, será preceptivo el trámite de audiencia a la persona interesada. La revocación, como cualquier otro acto administrativo, podrá recurrirse en vía administrativa.

 

Selva, en la fecha de la firma electrónica (27 de marzo de 2026

El alcalde Joan Rotger Seguí)

 

ANEXO I MODELO DE SOLICITUD

Nombre y apellidos:                                                                                                                               DNI:

Dirección:                                                                                                                         Teléfono:

Población:                                                                              CP:                                     Correo electrónico:

En su caso (marcar con una X la opción correspondiente):

( ) Titular de licencia municipal de autotaxi nº …… en el municipio de Selva.

( ) Asalariado adscrito a la licencia nº ……

EXPONE

1.Que ha tenido conocimiento de la convocatoria para la concesión de una licencia temporal municipal de autotaxi (temporadas 2026-2029) en el Ayuntamiento de Selva.

2. Que declara reunir todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria.

3. Que se compromete a aportar la documentación acreditativa en el plazo establecido en las bases, en caso de resultar adjudicatario/a.

4. Que acepta íntegramente las condiciones establecidas en las bases de la convocatoria.

5. Que autoriza al Ayuntamiento de Selva a comprobar de oficio los datos necesarios para la tramitación del procedimiento, salvo oposición expresa (marcar con una X la opción correspondiente):

( ) Me opongo a la consulta de datos por parte de la Administración.

Por todo ello,

SOLICITO:

Ser admitido/a en el procedimiento para la concesión de una licencia temporal municipal de autotaxi.

 

Selva, ____________ de ___________________________________ de 2026

(Firma)

 

ANEXO II DECLARACIÓN RESPONSABLE

D./Dña. ..........................................................................., con DNI/NIE ..............................,

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

1. Que cumple todos los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

2. Que se compromete a adscribir a la licencia temporal un vehículo que cumpla con las condiciones técnicas exigidas en la base 6.

3. Que se compromete a disponer, en caso de resultar adjudicatario/a, de una póliza de seguro de responsabilidad civil ilimitada o, como mínimo, por importe de 50 millones de euros.

4. Que no se encuentra incurso/a en ninguna de las prohibiciones para contratar previstas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de contratos del sector público.

5. Que dispone de permiso de conducción en vigor, con una antigüedad mínima de un (1) año, y que no ha agotado la totalidad de los puntos.

6. Que cumple con las obligaciones fiscales, laborales y con la Seguridad Social establecidas en la normativa vigente.

7. Que la información y documentación aportada es veraz, comprometiéndose a su acreditación cuando sea requerido/a por la Administración.

8. Que, en el supuesto de participar en calidad de asalariado, declara que el vehículo que se compromete a adscribir a la licencia temporal cumple con las siguientes características a efectos de valoración (marcar con una X la opción correspondiente):

( ) Vehículo 0 emisiones / ECO con antigüedad hasta 3 años.

( ) Vehículo 0 emisiones / ECO con antigüedad de 3 a 7 años.

( ) Vehículo 0 emisiones / ECO con antigüedad de 7 a 10 años.

( ) Vehículo con distintivo ambiental C con antigüedad hasta 5 años.

( ) Vehículo con distintivo ambiental C con antigüedad hasta 10 años.

Asimismo, se compromete a acreditar documentalmente estas características en caso de resultar propuesto como adjudicatario

Y para que así conste, firma la presente declaración.

 

Selva, ____________ de ___________________________________ de 2026

(Firma)

 

ANEXO III DECLARACIÓN RESPONSABLE SOBRE SANCIONES DE TRÁFICO

D./Dña. ..........................................................................., con DNI/NIE ..............................,

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

Que no ha sido sancionado/a por resolución firme en los dos (2) últimos años por infracciones calificadas como muy graves, de conformidad con lo previsto en:

  • El Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación.
  • La normativa vigente en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Asimismo, se compromete a aportar el certificado expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico en cuanto disponga del mismo, o autorizar su consulta por parte del Ayuntamiento de Selva.

Y para que así conste, firma la presente declaración.

 

Selva, ____________ de ___________________________________ de 2026

(Firma)