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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 256174
Modificación de las bases de la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a financiar la creación, la gestión o el desarrollo de productos turísticos estratégicos, la realización de actuaciones consideradas estratégicas en el marco de productos turísticos consolidados, así como aquellas actuaciones que contribuyan a la formación y profesionalización del sector turístico ibicenco

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Texto

En la reunión ordinaria del Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Ibiza de fecha XXX se adoptaron los Acuerdos siguientes:

«PRIMERO. MODIFICAR las bases de la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a financiar la creación, la gestión o el desarrollo de productos turísticos estratégicos, la realización de actuaciones consideradas estratégicas en el marco de productos turísticos consolidados, así como aquellas actuaciones que contribuyan a la formación y profesionalización del sector turístico ibicenco, y en concreto la redacción de la base 6.3 b), en el siguiente sentido:

Donde dice:

«b) Los ayuntamientos de la isla de Ibiza así como el sector público empresarial de la isla de Ibiza».

Tiene que decir:

«b) Los ayuntamientos de la isla de Ibiza así como el sector público empresarial de la isla de Ibiza, salvo de las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las administraciones municipales de la isla de Ibiza».

SEGUNDO. ACLARAR Y HACER CONSTAR que toda alusión hecha en las Bases de la convocatoria para la concesión de ayudas destinadas a financiar la creación, la gestión o el desarrollo de productos turísticos estratégicos, la realización de actuaciones consideradas estratégicas en el marco de productos turísticos consolidados, así como aquellas actuaciones que contribuyan a la formación y profesionalización del sector turístico ibicenco en empresas privadas, se tiene que entender realizada por empresas privadas, así como por entidades municipales de derecho privado de la isla de Ibiza, especialmente en lo que respecta al acceso a la Modalidad B de ayudas prevista en la convocatoria.

TERCERO. ABRIR un nuevo plazo de presentación de solicitudes de diez días hábiles, contadores desde el día siguiente al de la publicación de la modificación de las bases de la convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

CUARTO. CONSERVAR todos aquellos actos y trámites el contenido de los cuales se hubiera mantenido igual de no haberse producido la incongruencia detectada en las bases publicadas en el BOIB núm. 36 de 21-03-2026, de conformidad con el artículo 51 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

QUINTO. PUBLICAR el acuerdo del Consejo Ejecutivo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en la Sede Electrónica del Consejo Insular de Ibiza».

 

Ibiza, 1 de abril de 2026

La jefa de servicio de Industria Marta Díaz Pascual