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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN

Núm. 249070
Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 30 de marzo de 2026 por la que se modifica el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril de 2024

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Texto

Hechos

1. Mediante un acuerdo del Consejo de Gobierno de 19 de abril (BOIB n.º 52, de 20 de abril), se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026.

2. La Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad (Consejería de Familias, Bienestar Social y Atención a la Dependencia) ha instado la modificación del anexo del mencionado Plan Estratégico de Subvenciones, concretamente dentro del punto 4 («Protección de colectivos vulnerables») del objetivo III («Mejora de la calidad de vida de los ciudadanos»), en el sentido de modificar la línea III.4.24, relativa a las ayudas destinadas a entidades privadas que gestionan servicios residenciales para personas mayores, con la finalidad de financiar inversiones dirigidas a la reforma y rehabilitación de espacios residenciales de los que sean titulares con el objetivo de reconvertir las plazas destinadas a personas autónomas en plazas para personas mayores en situación de dependencia en el ámbito de las Illes Balears.

Esta modificación responde a la necesidad de establecer el carácter bienal de la línea, la cual se convoca cada dos años durante la vigencia del Plan; modificar la fuente de financiación, dado que, de acuerdo con la naturaleza del gasto, debe ser capítulo 7 en vez de capítulo 4, y, finalmente, adaptar la denominación que aparece en el epígrafe relativo al órgano gestor de la línea a la actual estructura de las consejerías que establece el Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears.

3. El apartado tercero del mencionado acuerdo del Consejo de Gobierno establece que las eventuales modificaciones del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones se delegan en la persona titular de la consejería competente en materia de hacienda, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Corresponde, por lo tanto, al consejero de Economía, Hacienda e Innovación modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones.

4. De acuerdo con el apartado 9 de la Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación de 27 de julio de 2023 de delegación de competencias y de delegación de firma en determinados órganos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación, se delega en la secretaria general de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación la firma de las resoluciones de modificación del anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 25 y 31 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears, en el que se nombra al señor Antoni Costa Costa consejero de Economía, Hacienda e Innovación.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Modificar el anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para los ejercicios 2024-2026, aprobado por un acuerdo del Consejo de Gobierno el 19 de abril de 2024, en el sentido de modificar la línea III.4.24, en los siguientes términos:

III.4.24

Dirección general: Dirección General de Atención a la Dependencia y Personas con Discapacidad

Fuente de financiación capítulo 7

Descripción: ayudas destinadas a entidades privadas que gestionan servicios residenciales para personas mayores, para financiar inversiones dirigidas a la reforma y rehabilitación de espacios residenciales de los que sean titulares con la finalidad de reconvertir las plazas destinadas a personas autónomas en plazas para personas mayores en situación de dependencia en el ámbito de las Illes Balears

Finalidades y efectos: incrementar el número de plazas para personas mayores en situación de dependencia al mismo tiempo que se reducen las plazas para personas mayores autónomas.

Convocatoria: bienal (2024 i 2026)

Coste: 3.500.000 €

Indicadores: número de plazas reformades y autorizadas, número de residencias beneficiarias

Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado

2. Disponer que esta Resolución produzca efectos desde la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, en la fecha de la firma electrónica (30 de marzo de 2026)

La secretaria general Catalina Mir Ferrer Por delegación de firma del consejero de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB n.º 106, de 29/07/2023)