Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA E INNOVACIÓN
Núm. 246826
Resolución de la directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio por la que se ordena la anotación del alta de una concesión de ocupación de espacio de dominio público marítimo-terrestre a favor de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma y su adscripción a favor de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural
Versión PDF
Hechos
1. El 1 de julio de 2023 se hizo efectivo el traspaso de funciones y servicios objeto del Real decreto 994/2022, de 29 de noviembre, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a favor de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en materia de ordenación y gestión del litoral (BOIB 157, de 3 de diciembre de 2022). Así, se traspasó a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la gestión de las concesiones demaniales a que se refiere el artículo 64 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de costas, incluida la gestión de solicitudes de concesiones como la presente.
2. El 2 de febrero de 2026, el consejero del Mar y del Ciclo del Agua dictó una resolución, a propuesta de la directora general de Costas y Litoral, por la que se otorga a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, mediante la Dirección General de Pesca de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural, la concesión de ocupación de unos 100,72 m² de dominio público marítimo-terrestre, con destino a rampa de varada desmontable para la vigilancia de reservas marinas, entre los hitos M1150 y M1153, en un tramo de costa del Racó des Pujols, en el término municipal de Formentera (Formentera, Illes Balears).
3. El 5 de marzo de 2026 tuvo entrada en la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio un oficio de la Dirección General de Costas y Litoral por el que se comunica el otorgamiento de la citada concesión con número de expediente CNC02/22/07/0013.
4. La concesión se otorga por un plazo de diez años (condición 2.ª PCG), prorrogable hasta un máximo total de quince años, si persisten las condiciones de interés público que motivaron su otorgamiento. El plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de la notificación al concesionario de la resolución de otorgamiento y estará sometida a las condiciones establecidas en el pliego de condiciones generales (PCG) y de condiciones particulares y prescripciones (PCPP).
5. La Dirección General de Pesca comunicó al Servicio de Patrimonio que recibió la notificación de la resolución de concesión el 6 de febrero de 2026 (núm. VALIB 459572), por lo que el cómputo inicial de la concesión comenzó el 7 de febrero de 2026 y finalizará el 7 de febrero de 2036.
6. De conformidad con lo previsto en el artículo 84.8 de la Ley 22/1988, de Costas, las comunidades autónomas, las entidades locales y las entidades de derecho público dependientes de ellas están exentas del pago del canon de ocupación en las concesiones que se les otorguen para el ejercicio de sus competencias, siempre que estas no sean objeto de explotación lucrativa.
7. La consejería competente en materia de patrimonio, a través de la dirección general competente, tiene entre sus competencias la gestión y actualización del Inventario General de Bienes y Derechos de la comunidad autónoma.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 24 y 88 c) de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 49, de 24 de abril).
2. La Ley 22/1988, de Costas (BOE núm. 181, de 29/07/1988).
3. Los artículos 28, 29, 154 y 156 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 192, de 24 de diciembre).
4. El Decreto 9/2023, de 10 de julio, modificado parcialmente por el Decreto 8/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears.
5. El Decreto 56/2023, de 21 de julio, por el que se dispone el nombramiento de altos cargos de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación (BOIB núm. 103, de 22 de julio).
6. El Decreto 7/2025, de 11 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, de modificación del Decreto 8/2023, de 10 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 89, de 12 de julio).
7. El Decreto 10/2025, de 14 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 91, de 14 de julio).
Por todo ello, dicto la siguiente
Resolución
1. Ordenar la anotación en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears del alta, con número de AF 100000021601-0, de la concesión de ocupación de una superficie de 100,72 m² de dominio público marítimo-terrestre a favor de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con destino a rampa de varada desmontable para la vigilancia de reservas marinas, entre los hitos M1150 y M1153, en un tramo de costa del Racó des Pujols, en el término municipal de Formentera, así como su adscripción a favor de la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural.
2. El alta se establece con efecto retroactivo al 2 de febrero de 2026, fecha de la resolución de concesión emitida por el consejero del Mar y del Ciclo del Agua.
3. La concesión, que está sometida a las condiciones establecidas en el pliego de condiciones generales (PCG) y en el pliego de condiciones particulares y prescripciones (PCPP), se otorga por un plazo de diez años (condición 2.ª PCG y 1.ª del PCPP) a contar desde el 7 de febrero de 2026 y finalizará, por tanto, el 7 de febrero de 2036. Podrá ser prorrogada hasta un máximo de cinco años más si persisten las condiciones de interés público que motivaron su otorgamiento.
4. Notificar esta resolución a las partes interesadas.
5. Publicar la resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el consejero de Economía, Hacienda e Innovación en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 58 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Palma, en la fecha de la firma electrónica (26 de marzo de 2026)
La directora general del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio Susana Fátima Pérez Sánchez