Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 244801
Modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Alaró
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El pleno del ayuntamiento, en sesión de 26 de marzo de 2026, ha adoptado el acuerdo siguiente:
Antecedentes
1. Informe-propuesta de alcaldía, de 17 de marzo de 2026, relativo a la modificación de la relación de puestos de trabajo para reconvertir la plaza de ordenanza de administración general (grupo AP) en una plaza de administrativo de administración general (grupo C1).
2. Negociación entre los representantes del ayuntamiento y los representantes del personal, de fecha 18 de marzo de 2026.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 4.1.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LBRL), sobre la potestad de autoorganización de las entidades locales.
2. El artículo 90.2 de la LBRL y el artículo 126.4 del real decreto legislativo 781/1986, de 18 de abril, por cual se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, respecto a las relaciones de puestos de trabajo de las corporaciones locales.
3. El artículo 74 del texto refundido de la Ley del estatuto básico del empleado público (TREBEP), aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, respecto a las relaciones de puestos de trabajo u otros instrumentos organizativos similares.
4. Los artículos 31 y siguientes del TREBEP, sobre la negociación colectiva, la representación y la participación institucional de los empleados públicos.
5. El Real decreto 861/1986, de 25 de abril, por el cual se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de la administración local.
6. El artículo 19.siete de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2023 (prorrogados para los años 2024, 2025 y 2026), sobre las adecuaciones retributivas que, con carácter singular y excepcional, resulten imprescindibles para el contenido de los puestos de trabajo.
Propuesta de acuerdo
El pleno, en ejercicio de la atribución que le confiere el artículo 22.1.i) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, acuerda:
1. Aprobar una modificación de la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Alaró en los siguientes términos:
A) Amortizar la plaza con Código núm.: 11
Denominación: Ordenanza -notificador- conserje
Núm. de plazas: 1
Escala: Administración general
Subescala: AP
Vinculación jurídica: personal funcionario
Características: Art. 1691.e) RDL 781/1986.
Grado de conocimiento de lengua catalana: B1
Nivel complemento de destino: 14
Complemento específico: 6.712,02 €
Forma de acceso: Concurso-oposición
Forma de provisión: concurso
B) Crear una plaza de la categoría de administrativo de administración general, con un puesto de trabajo adscrito, con las siguientes características:
Código núm.: 63
Denominación: Administrativo /va.
Núm. de plazas: 1
Vinculación jurídica: personal funcionario.
Escala: Administración general.
Subescala: Administrativa
Grupo de clasificación: C
Subgrupo: C1
Retribuciones complementarias:
Nivel de complemento de destino: 22
Complemento específico de 11.197,90 €
Jornada ordinaria, a tiempo completo.
Titulación requerida: Título de bachillerato o equivalente.
Nivel de conocimiento de lengua catalana: C1
Forma de acceso: Concurso-oposición
Forma de provisión: concurso
Funciones: las propias de la profesión de administrativo/va de administración general, especialmente las previstas en el artículo 169.1.c), aprobado por Real decreto 781/1986, de 18 de abril, por el cual se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local, y en general, todas aquellas tareas que no requieran conocimientos técnicos específicos.
2. Ordenar la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
El cual hacemos público para general conocimiento.
Recursos
Contra este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los siguientes recursos:
a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo.
b) El recurso de reposición potestativo ante el pleno, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente acuerdo. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma.
No obstante lo anterior, podrá ejercitarse, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Alaró, en la fecha de firma electrónica (30 de marzo de 2026)
El alcalde Llorenç Perelló Rosselló