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Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE FELANITX

Núm. 237497
Extracto de la convocatoria de subvenciones destinadas al transporte escolar, 2026 (código: sub14)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Código BDNS 895047.

1.- Objeto

El objeto de las presentes bases es regular y fijar los criterios y el procedimiento de solicitud, tramitación, concesión, cobro y justificación de las subvenciones que otorgue el Ayuntamiento de Felanitx en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a financiar los proyectos que tengan como objetivo la realización de actividades en materia de educación.

Las subvenciones reguladas por estas bases son un procedimiento de colaboración del Ayuntamiento dirigido a los jóvenes de Felanitx que cumplan con los requisitos establecidos en la base 4ª, para fomentar la continuidad de su formación en el período post obligatorio.

2.- Finalidad de las subvenciones

De acuerdo con las previsiones del Plan Estratégico de Subvenciones para el presente año, estas subvenciones tendrán que fomentar proyectos/actividades de interés público o social que tengan por finalidad:

Colaborar en los gastos de transporte de los/as alumnos/as empadronados/as en Felanitx que cursen estudios oficiales en centros docentes de bachillerato, formación profesional o universitarios.

3.- Periodo de ejecución

Las subvenciones concedidas al amparo de estas bases, tendrán que destinarse a financiar el transporte escolar correspondiente al curso 2025/2026.

 4.- Requisitos de los beneficiarios/arias y forma de acreditarlos

1. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas que tengan que realizar la actividad que fundamenta su otorgamiento, siempre que no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones contenidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (en adelante LGS), y que cumplan alguno de los requisitos que a continuación se detallan:

a) Cursar estudios de bachillerato o ciclos formativos de grado medio o superior en un centro docente fuera del término municipal de Felanitx, siempre que estos estudios no se puedan cursar en los centros de Felanitx.

b) Cursar estudios de ciclos formativos en el IES Felanitx o en el Colegio Es Lledoner, cuando el lugar de residencia del alumno sea Portocolom, Cas Concos o s'Horta, o a diseminados, cuando la distancia entre el lugar de residencia y el centro docente sea igual o superior a 5 Km.

c) Cursar estudios universitarios.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas que no se encuentren al corriente de sus obligaciones de justificación de subvenciones de ejercicios anteriores con el Ayuntamiento de Felanitx.

La concurrencia de esta circunstancia se comprobará directamente por el Ayuntamiento de Felanitx en la fase de instrucción del procedimiento de concesión.

5.- Documentación a aportar

Para poder participar en la convocatoria abierta deberá presentarse la siguiente documentación, según modelos normalizados anexos:

  • ANEXO 1: instancia haciendo constar la demanda de acogerse a la convocatoria abierta y declaración responsable en la que se ponga de manifiesto:

- Certificado de titularidad de la cuenta bancaria a nombre del alumno/a solicitante.

6.- Plazo y forma de presentación de las solicitudes

La presentación de la solicitud de subvención presupone el conocimiento y aceptación de las normas que la regulan, pero no presupone la concesión automática de la subvención, que se resolverá una vez estudiada la propuesta de actividad y valorada en función de los criterios generales de estas normas.

Términos:

Las personas solicitantes podrán presentar las peticiones en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación del anuncio del extracto de la correspondiente convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Forma:

1. Electrónicamente en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Felanitx: https://ajfelanitx.eadministracio.cat/

SUB14 - Subvenciones TRANSPORTE ESCOLAR

Apartado TRÁMITES, seleccionando el trámite:

2. Presencialmente en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Felanitx, aportando los documentos justificativos y especificando que se quiere realizar el trámite:

SUB14 - Subvenciones TRANSPORTE ESCOLAR

 

(Firmado electrónicamente: 26 de marzo de 2026

La alcaldesa Catalina Soler Torres)